ORDENANZA N°1719-24- Solicita FOM para la 2º etapa de la obra de pavimentación acceso sur de la ciudad por Bv. Urquiza
ORDENANZA Nº 1719/24
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza Nº 879/24 del Departamento Ejecutivo Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo refiere a la vigencia de la Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y decretos reglamentarios del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe.
Que la Municipalidad de Villa Ocampo se encuentra comprendida dentro de los alcances de este Fondo y, por lo tanto, tiene asignado un presupuesto para ser destinado a obras menores y adquisición de equipamiento y rodados.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal está ejecutando con recursos propios provenientes de Gastos Generales la primera etapa de la obra: “Pavimentación acceso sur de la ciudad por Bv. Urquiza -Conexión Av. Ermete Constanzi (Ruta Nacional 11) con Bv. Obligado- y desagües pluviales”.
Que por sus características técnicas de doble mano es necesaria llevarla a cabo por etapas.
Que la primera etapa comprende una reformulación del colector del Bv. Urquiza en su intersección con Bv. Obligado (Rotonda de los Inmigrantes), con la construcción de una nueva alcantarilla atravesando la mano sur del Bv. Urquiza; y completar la pavimentación de la mano sur del mismo bulevar en todo el tramo del acceso sur de la ciudad.
Que lo proyectado para la segunda etapa comprende la pavimentación de la mano norte en el mismo tramo del acceso sur de la ciudad; las conexiones entre ambas manos; la construcción de las sendas peatonales en torno al cantero central; y, la iluminación especial en ambas manos.
Que la ejecución de esta obra de infraestructura urbana es de especial relevancia, debido a que es el único acceso desde la Ruta Nacional 11 hacia el casco urbano que aún no se encuentra pavimentado.
Que su concreción mejorará notablemente la circulación vehicular en ese sector de la ciudad, estando comprendido también el tránsito de ambulancias y colectivos debido a la cercanía de la Posta del Servicio de Emergencias Médicas (SIES 107) y la Terminal de Ómnibus “Ciudad de Villa Ocampo”.
Que sobre esa misma arteria se encuentra la Playa de Estacionamiento de Camiones, próxima a inaugurarse, que requerirá un acceso seguro desde la Ruta Nacional 11.
Que dicha obra ordenará el tránsito en general y brindará mayor seguridad al ingresar desde la ruta o egresar hacia ella.
Que, de acuerdo con las normas vigentes, la segunda etapa de esta obra puede realizarse con recursos provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe, el cual tiene el carácter de no reintegrable.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1º): Solicítase al Gobierno de la provincia de Santa Fe que, en el marco de la Ley Nº 12.385, sus modificatorias y decreto reglamentario, autorice y otorgue el aporte de fondos no reintegrables para concretar la Segunda Etapa de la Obra: “Pavimentación acceso sur de la ciudad por Bv. Urquiza -Conexión Av. Ermete Constanzi (Ruta Nacional 11) con Bv. Obligado- y desagües pluviales”, por un monto de hasta $76.629.677,46 (pesos setenta y seis millones, seiscientos veintinueve mil, seiscientos setenta y siete con 46/100), que representa, aproximadamente, el 55% del total presupuestado.
Artículo 2º): Facúltase al intendente municipal Cristian Marega (DNI 34.585.617) para gestionar los fondos destinados al financiamiento de la Segunda Etapa de la obra que se aprueba en este acto.
Artículo 3º): Autorízase al intendente municipal a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.
Artículo 4º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES, 22 DE MAYO DE 2024.
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