Buscador

DECRETO Nº 1694/25 - Licitación Pública Nº 10/25 - Acceso Norte Bv. Brown

DECRETO Nº 1694/25

VISTO:
• La necesidad de adquirir materiales para la obra “Pavimentación segunda mano del acceso norte de la ciudad por Bv. Brown -Conexión Av. Ermete Constanzi (Ruta Nacional 11) con Bv. Obligado- y rotonda entre ambos bulevares y calle 8 de Octubre”, aprobada por Ordenanza Nº 1762/25; y,

CONSIDERANDO:
• Que la ejecución de esta obra de infraestructura urbana es de especial relevancia, debido a que ordenará y mejorará notablemente la circulación vehicular en ese sector de la ciudad y equipará el acceso norte con las mismas características que el acceso sur (Bv. Urquiza), inaugurado recientemente.
• Que para su concreción se gestionó un aporte no reintegrable del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe (Ley Provincial Nº 12.385).
• Que para iniciar la obra es necesaria la adquisición de:
- 400 m3 de hormigón elaborado H-25
- 80 m3 de hormigón elaborado H-17
- 400 lt. de sika antisol normalizado o similar
- 50 barras de hierro Acindar 8Ø x 12 mts.
- 50 barras de hierro Acindar 6Ø x 12 mts.
- 20 kg. de alambre de fardo
- 600 m2 de malla sima de 4,2 mm de 25 x 25 ó 30 x 30 cm.
- 12 tn. de cal vial a granel
- 40 caños negros bicelados de 3” x 3.6 mm (6.40 m)
• Que el presupuesto oficial para la adquisición del material mencionado es de $91.350.000 (Pesos Noventa y Un Millones Trescientos Cincuenta Mil)
• Que según la Ordenanza Nº 1722/24 la forma de proceder para la adquisición del mismo es mediante el llamado a Licitación Pública.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Llámese a Licitación Pública N° 10/2025 para la adquisición en lotes de:
LOTE Nº 1:
- 400 m3 de hormigón elaborado H-25
- 80 m3 de hormigón elaborado H-17
LOTE Nº 2:
- 400 lt. de sika antisol normalizado o similar
LOTE Nº 3:
- 50 barras de hierro Acindar 8Ø x 12 mts.
- 50 barras de hierro Acindar 6Ø x 12 mts.
- 20 kg. de alambre de fardo
- 600 m2 de malla sima de 4,2 mm de 25 x 25 ó 30 x 30 cm.
LOTE Nº 4:
- 12 tn. de cal vial a granel
LOTE Nº 5:
- 40 caños negros bicelados de 3” x 3.6 mm (6.40 m)
Conforme a los detalles obrantes en el Pliego de Bases y Condiciones que forma parte del presente Decreto.
• Artículo 2º. La presentación deberá realizarse hasta el día 24 de octubre de 2025 a las 10:30 Hs. en Mesa de Entrada del Palacio Municipal; y la apertura de ofertas se llevará a cabo el día 24 de octubre de 2025 a las 11.00 Hs. en acto público con los oferentes en la sede de la Municipalidad de Villa Ocampo.
• Artículo 3º. Los recursos destinados a la compra del material detallado precedentemente son provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe, aprobados por Ordenanza Nº 1762/25.
• Artículo 4º. Los interesados podrán requerir el Pliego de Bases y Condiciones a un costo de $50.000 (Pesos Cincuenta Mil) hasta el día 22 de octubre de 2025 en Mesa de Entrada del Palacio Municipal, sito en calle Padre Ángel Tibaldo N° 1578, o solicitándolo por correo electrónico a gobierno@villaocampo.gob.ar , en horario de 08:00 a 12:00.
• Artículo 5º. El depósito de garantía es de $913.500(Pesos Novecientos Trece Mil Quinientos) según lo establecido en la Ordenanza N° 1722/24 correspondiente al 1% del presupuesto oficial. El mismo se podrá realizar de la siguiente manera:
- 1) En efectivo/vale mediante depósito realizado en Tesorería Municipal de Villa Ocampo, sito en calle Padre Ángel Tibaldo N° 1578, planta baja.
- 2) A través de la cuenta corriente de la Municipalidad de Villa Ocampo en el Banco Santa Fe cuenta N° 556 002 63/03 (Alias: PRINCIPAL.MUNI). Si se elige esta opción se deberá enviar por correo electrónico a la dirección antes mencionada el comprobante de depósito consignando el número de decreto y licitación, como así también los datos de la empresa.
- 3) A través de un cheque certificado, giro o transferencia bancaria a la orden de la Municipalidad de Villa Ocampo. El cheque será depositado indefectiblemente en la cuenta de la Municipalidad.
- 4) A través de Seguro de Caución.
• Artículo 6º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 14 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2025.

  • Creado el

DECRETO Nº 1693/25 - Actualización de la UTM

DECRETO Nº 1693/25

VISTO:
• La necesidad de actualizar el valor de la UTM (Unidad Tributaria Municipal) bajo el procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 1749/24; y,

CONSIDERANDO:
• Que la misma faculta al Ejecutivo a calcular y fijar el valor nominal de la UTM en períodos cuatrimestrales, contados a partir del mes de enero.
• Que el valor nominal de la UTM resulta de aplicar la suma algebraica de los siguientes ítems:
a) Variación porcentual de la asignación Categoría 10 de la escala salarial municipal sobre el 58% de la UTM vigente
b) Variación porcentual del valor de adquisición por consumidor minorista de un litro de gasoil común marca YPF sobre el 23% de la UTM vigente.
c) Variación porcentual del valor de adquisición minorista de una bolsa de cemento de 50 Kg. marca Loma Negra sobre el 19% de la UTM vigente; tomando como referencia el promedio de tres proveedores locales.
• Que la UTM vigente establecida por Ordenanza Nº 1749/24 tiene un valor nominal de $80,66 (Pesos Ochenta con 66/100), tomando como referencia los valores de Abril 2025 correspondiente a los ítems descriptos precedentemente: a) $590.655,55; b) $1.296; y c) $14.383.
• Que los valores de Agosto 2025 de los mismos ítems son los siguientes: a) $657.045,23; b) $1.479; y c) $14.406,67, siendo éste un promedio del valor de venta minorista de tres proveedores locales: Materiales Cerámicos ($16.000); Corralón 9 de Julio ($14.820) y Maderas Misioneras ($12.400).
• Que, teniendo como referencia los valores de Agosto 2025, en comparación con los de Abril 2025; y aplicada la fórmula establecida en el Art. 2º de la Ordenanza Nº 1749/24, el nuevo valor nominal de la UTM correspondiente al tercer cuatrimestre del presente año es de $88,56 (Pesos Ochenta y Ocho con 56/100).

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Establézcase como nuevo valor nominal de la Unidad Tributaria Municipal (UTM) para el cuatrimestre Septiembre a Diciembre 2025 el importe de $88,56 (Pesos Ochenta y Ocho con 56/100).
• Artículo 2º. Notifíquese al Concejo Municipal para su conocimiento y efecto.
• Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 2 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2025.

  • Creado el

DECRETO Nº 1691/25 - Extensión Contrato de Locación Sitios Argentina S.A.

DECRETO Nº 1691/25

VISTO:
• El vencimiento del Contrato de Locación que este municipio tenía con la empresa AMX Argentina S.A. para la instalación de un soporte de antena, torre auto soportada de 60 metros de altura, sus equipos y elementos complementarios, aprobado por Ordenanza Nº 1323/15; y,

CONSIDERANDO:
• Que hubo un cambio de razón social de la empresa AMX Argentina S.A., hoy SITIOS ARGENTINA S.A.
• Que dicha empresa hizo saber su voluntad de extender por otros diez años el Contrato de Locación; cuyo vencimiento se cumplirá el 31 de julio de 2035.
• Que al extenderse el Contrato de Locación, son de aplicación los mismos términos y condiciones establecidos originalmente, con excepción del canon que se determina por acuerdo de partes.
• Que en el acuerdo referido al canon, el Locatario se obliga a pagar al Locador la suma de $500.000 (Pesos Quinientos Mil) mensuales; es decir la suma de $6.000.000 (Pesos Seis Millones) anuales, más IVA si correspondiere.
• Que, además, se acordó que los primeros 12 (doce) meses de vigencia del Contrato serán abonados dentro de los siguientes 30 (treinta) días de suscripto el mismo.
• Que, a partir del segundo año de vigencia del Contrato, el canon locativo será abonado mensualmente, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 5.1 del mismo.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Apruébese en todos sus términos la extensión por diez (10) años del Contrato de Locación que este municipio tenía con la empresa AMX Argentina S.A., hoy SITIOS ARGENTINA S.A., aprobado por Ordenanza Nº 1323/15; con vencimiento el día 31 de julio de 2035.
• Artículo 2º. Establézcase en la Cláusula 4 del Contrato de Locación un canon de $500.000 (Pesos Quinientos Mil) mensuales; es decir la suma de $6.000.000 (Pesos Seis Millones) anuales, más IVA si correspondiere.
• Artículo 3º. Establézcase en la Cláusula 5.1 que los primeros 12 (doce) meses de vigencia del Contrato serán abonados dentro de los siguientes 30 (treinta) días de suscripto el mismo; y que partir del segundo año de vigencia del Contrato, el canon locativo será abonado mensualmente.
• Artículo 4º. Dispónganse que el monto acordado originalmente y el actualizado anualmente a través del Índice del Costo de la Construcción (ICC) del INDEC, sea depositado por el Locatario en la Cuenta Corriente Nº 556000006303 del Banco Santa Fe; CBU Nº 3300556815560000063037; Alias: PRINCIPAL.MUNI; a nombre de la Municipalidad de Villa Ocampo, CUIT Nº 30-67434561-1.
• Artículo 5º. Formalícese lo aquí resuelto a través del instrumento jurídico pertinente; con la rúbrica, en representación de la Municipalidad de Villa Ocampo, por parte del intendente municipal, Cristian Fabricio Marega, DNI Nº 34.585.617; y del secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Jesús Miguel Merino, DNI Nº 29.351.916.
• Artículo 6º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 31 DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2025.

  • Creado el

DECRETO NRO 1692/25 - Licitación Pública Nº 09/2025

DECRETO NRO 1692/25

VISTO:

El Expediente 09/2025 de Licitación Pública para compra de materiales para Pavimentación de cuatro calles dentro del marco de Programa Brigadier del Gobierno Provincial;

CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto N° 1690/25 se convoca a LICITACIÓN PÚBLICA N° 09/2025 para la adquisición de: 700 m3 de hormigón elaborado H-25, 40 m3 de hormigón elaborado H-17, 22 bolsas de 1100 kg cada una de cal hidratada, acorde a las especificaciones técnicas y pliego respectivo;
Que, se cumplieron los recaudos legales para la difusión, tanto a través de la publicación en el Boletín Oficial como en el sitio web de este Municipio;
Que, la apertura de los sobres se realizó el día 30 de Julio de 2025, y concurrieron tres (3) oferentes, a saber: i) Corralón 9 de Julio S.R.L., quien presentó una única propuesta de $99.302.142,50, especificando que $89.972.295 correspondían a los 700 m3 de Hormigón H25, $5.101.200 a los 40 m3 de Hormigón H-17 y $4.228.647,50 a las 22 bolsas de 1100 kgs. (c/u) de cal; ii) Elías Yapur S.A., quien presentó una única propuesta de $112.681.222,14, especificando que $103.139.400 correspondían a los 700 m3 de Hormigón H25, $5.301.200 a los 40 m3 de Hormigón H-17 y $4.240.622,14 a las 22 bolsas de 1100 kgs. (c/u) de cal; iii) Unión Agrícola de Avellaneda Coop. Lim., quien presentó una única propuesta de $120.888.281,32, especificando que $111.774.894,20 correspondían a los 700 m3 de Hormigón H25, $5.727.495,23 a los 40 m3 de Hormigón H-17 y $3.385.891,88 a las 22 bolsas de 1100 kgs. (c/u) de cal.
Que, en el acta de apertura, la firma Elías Yapur S.A., dejó asentado que “la cotización por el oferente ´Corralón 9 de Julio´ es por debajo del costo y desconfiamos de fraude hacia la licitación y el Municipio. Solicitamos control externo de cantidad y calidad”, presentando, acto seguido, formal impugnación a la oferta presentada por Corralón 9 de Julio SRL.
Que, esta Administración requirió a la empresa impugnada que ejerciera su derecho de defensa, contestando la misma el 19/08/2025.
Que, desde esta Administración se requirió la intervención de un experto, Ing. Eduardo Gentile, Mat N° 109495, quien efectuó, ante la situación aludida y en virtud de las constancias del expediente, una evaluación técnica de la documentación recibida, con motivo de impugnación presentada por Elías Yapur S.A. respecto de la oferta de la firma Corralón 9 de Julio S.R.L. El mismo, tras señalar los requerimientos efectuados por el Pliego aplicable y por las normas vigentes, trazó un estudio comparativo de las diferentes propuestas efectuadas en el marco del procedimiento licitatorio, a cuyos extremos cabe remitirse. Lo relevante es que, tras concertar un comparativo de los precios unitarios de mercado, señaló que -a su entender- la oferta del Corralón 9 de Julio S.R.L. cumple con los requerimientos normativos estipulados.
Que, tomando en cuenta las conclusiones elaboradas en el mencionado informe de evaluación técnica del Ing. Gentile, el cotejo técnico de las áreas municipales y el dictamen de la Asesoría Jurídica (a cuyos extremos cabe remitirse, atento a su extensión), este Departamento Ejecutivo comparte las mismas, aprobando la Licitación Pública N° 09/2025, rechazando la impugnación de la firma Elías Yapur SRL por improcedente, y adjudicando a: i) la empresa Corralón 9 de Julio SRL la provisión de Hormigón Elaborado H-25 y H-17, ii) Unión Agrícola de Avellaneda Coop. Lim. la provisión de Cal Hidratada, por resultar las ofertas más convenientes a los intereses de esta Administración, correspondiendo el acto administrativo que así lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor;
Que, en base a ello, se entiende que las propuestas de la empresa Corralón 9 de Julio SRL (con relación a la provisión de Hormigón Elaborado H-25 y H-17) y de la Unión Agrícola de Avellaneda Coop. Lim. (respecto a la provisión de Cal Hidratada) se ajustan correctamente a la totalidad de la documentación que requiere el pliego y las especificaciones que rigen la licitación.
Que, atento aquellos informes, este Departamento Ejecutivo estima corresponde el dictado del acto administrativo que lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE VILLA OCAMPO
DECRETA:

Art. 1°: Apruébese la LICITACIÓN PÚBLICA N° 09/2025, para contratar la ADQUISICIÓN DE 700 m3 de Hormigón H25, 40 m3 de Hormigón H-17 y 22 bolsas de 1100 kgs. (c/u) de cal hidratada, según especificaciones técnicas y demás documentos que se adjuntan al Pliego respectivo.-
Art 2°: Rechácese la impugnación presentada por la firma Elías Yapur S.A. por improcedente.-
Art 3°: Adjudíquese la contratación a favor de Corralón 9 de Julio S.R.L. por la suma de $95.073.495 para la adquisición de Hormigón elaborado H25 (700 m3) y H17 (40m3).-
Art 4°: Adjudíquese la contratación a favor de la Unión Agrícola de Avellaneda Coop. Lim. por la suma de $3.385.891,88 para la adquisición de bolsas de cal (22 bolsas de 1100 kgs de cal hidráulica hidratada vial).-
Art. 5°: El presente gasto será imputado a la partida presupuestaria ‘Pavimento Urbano’ del presupuesto de erogaciones 2025.-
Art. 6°: Dispónese que por Asesoría Legal de la Secretaría de Gobierno se confeccione el proyecto de contrato respectivo a suscribir con cada una de las adjudicatarias.-
Art. 7°: Notifíquese en legal forma a todos los oferentes y a las firmas adjudicatarias, quienes deberán cumplimentar lo dispuesto en el Art. 6° del presente.-
Art. 8°: Regístrese, Publíquese y archívese.-

DAD EN SEDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO, DPTO GRAL OBLIGADO, PCIA. DE SANTA FE, A LOS 26 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2025.

  • Creado el

DECRETO Nº 1690/25 - Licitación Nº 09/2025 - Plan de Pavimento

DECRETO Nº 1690/25

VISTO:
• La necesidad de adquirir materiales para un plan de pavimentación de cuatro cuadras; y,

CONSIDERANDO:
• Que el mismo se ejecuta con fondos gestionados a través del Programa “Brigadier” del Gobierno Provincial y aprobados mediante el Decreto Nº 1124/25; Acta Nº 07/2025; Expediente Nº 00103-0067478-4.
• Que la obra comprende la pavimentación con hormigón elaborado de tres cuadras en el barrio Norte: Garay, entre Garro y Bv. Brown y Garro; Tibaldo, entre Mejías y Garro; y Mejías, entre Tibaldo y Belgrano; y una cuadra en el barrio Ocampo Samanés: Moreno, entre Chacabuco y San Lorenzo.
• Que para concretar la obra es necesaria la adquisición de 700 m3 de hormigón elaborado H-25; 40 m3 de hormigón elaborado H-17 y 22 bolsas de 1100 Kg. cada una de cal hidratada; cuyos datos técnicos son especificados en el pliego licitatorio.
• Que el presupuesto oficial para la adquisición del material mencionado es de $115.262.000 (Pesos Ciento Quince Millones Doscientos Sesenta y Dos Mil).
• Que según la Ordenanza Nº 1722/24 la forma de proceder para la adquisición del mismo es mediante el llamado a Licitación Pública.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Llámese a Licitación Pública N° 09/2025 para la adquisición de:
- 700 m3 de hormigón elaborado H-25
- 40 m3 de hormigón elaborado H-17
- 22 bolsas de 1100 Kg. cada una de cal hidratada
Conforme a los detalles técnicos obrantes en el Pliego de Bases y Condiciones que forma parte del presente Decreto; con un presupuesto oficial de $115.262.000 (Pesos Ciento Quince Millones Doscientos Sesenta y Dos Mil).
• Artículo 2º. La presentación deberá realizarse hasta el día 30 de julio de 2025 a las 10:30 Hs. en Mesa de Entrada del Palacio Municipal; y la apertura de ofertas se llevará a cabo el día 30 de julio de 2025 a las 11.00 Hs. en acto público con los oferentes en la sede de la Municipalidad de Villa Ocampo.
• Artículo 3º. Los fondos destinados a la compra del material detallado precedentemente son provenientes de un aporte no reintegrable del Programa “Brigadier”, Decreto Provincial Nº 1124/25; Acta Nº 07/2025; Expediente Nº 00103-0067478-4.
• Artículo 4º. Los interesados podrán requerir el Pliego de Bases y Condiciones a un costo de $50.000 (Pesos Cincuenta Mil) hasta el día 28 de julio de 2025 en Mesa de Entrada del Palacio Municipal, sito en calle Padre Ángel Tibaldo N° 1578, o solicitándolo por correo electrónico a obrapublica@villaocampo.gob.ar ó compras.mvo17@gmail.com , en horario de 08:00 a 12:00.
• Artículo 5º. El depósito de garantía es de $1.152.620 (Pesos Un Millón Ciento Cincuenta y Dos Mil Seiscientos Veinte) según lo establecido en la Ordenanza N° 1722/24 correspondiente al 1% del presupuesto oficial. El mismo se podrá realizar de la siguiente manera:
- 1) En efectivo mediante depósito realizado en Tesorería Municipal de Villa Ocampo, sito en calle Padre Ángel Tibaldo N° 1578, planta baja.
- 2) A través de la cuenta corriente de la Municipalidad de Villa Ocampo en el Banco Santa Fe cuenta N° 556 002 63/03 (Alias: PRINCIPAL.MUNI). Si se elige esta opción se deberá enviar por correo electrónico a la dirección antes mencionada el comprobante de depósito consignando el número de decreto y licitación, como así también los datos de la empresa.
- 3) A través de un cheque certificado, giro o transferencia bancaria a la orden de la Municipalidad de Villa Ocampo. El cheque será depositado indefectiblemente en la cuenta de la Municipalidad.
- 4) A través de Seguro de Caución.
• Artículo 6º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 21 DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2025.

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar