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LICITACIÓN PÚBLICA N° 003/2026

MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO

LICITACIÓN PÚBLICA N° 003/2026

 

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES

 

ENTIDAD LICITANTE: Municipalidad de Villa Ocampo (Provincia de Santa Fe).

OBJETO: Adquisición de vehículos y maquinarias agrupados en tres (3) lotes independientes (Lote 1: Camión Chasis con Equipo Hidroelevador; Lote 2: Pala Retroexcavadora 4WD; Lote 3: Vehículo Utilitario Tipo Minibus / Trafic para Pasajeros)

NORMATIVA APLICABLE: Ley Orgánica de Municipalidades Nº 14436, Ordenanza Municipal Nº 1722/24 (Sistema de Compras y Contrataciones de la Municipalidad de Villa Ocampo) y sus modificatorias.

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: Presbítero Ángel Tibaldo Nº 1578 – C.P. 3580 – Villa Ocampo – Santa Fe.

   PRESUPUESTO OFICIAL:

   LOTE N° 1: $139.500.000 (Pesos, ciento treinta y nueve millones quinientos mil c/00)

   LOTE N° 2: $151.425.000 (Pesos, ciento cincuenta y un mil millones cuatrocientos veinticinco mil c/00)

   LOTE N° 3: $92.075.000 (Pesos, noventa y dos millones setenta y cinco mil c/00)

   LUGAR DE APERTURA Y RECEPCIÓN: Municipalidad de Villa Ocampo, Santa Fe

    

     RECEPCIÓN DE OFERTAS: Hasta el 06/11/2026 a las 10:00 horas

    

     APERTURA DE SOBRES: 06/11/2026 a las 11:00 horas

 

 CAPÍTULO I – DISPOSICIONES GENERALES Y MARCO LEGAL

 

Artículo 1º – Objeto y Marco Normativo: El presente Pliego regula el procedimiento de Licitación Pública para la adquisición de tres (3) unidades de vehículos y maquinarias 0 km destinadas al fortalecimiento del parque automotor y servicios de la Municipalidad de Villa Ocampo. El llamado se rige estrictamente por lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1722/24 y modificatorias, la Ley Orgánica de Municipios Nº 14436 y las estipulaciones de este pliego.

Artículo 2º – Principio de Equivalencia Técnica: Las especificaciones técnicas detalladas en el Anexo I describen capacidades, rendimientos y parámetros funcionales mínimos. Se prohíbe taxativamente la exigencia de marcas, patentes o procedencias comerciales específicas, rigiendo en todos los casos la cláusula de "o equivalente funcional de igual o superior calidad y prestación".

CAPÍTULO II – REQUISITOS GENERALES DE LOS OFERENTES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

 

Artículo 3º – Requisitos de los Oferentes: Podrán presentar propuestas las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, con capacidad para contratar con el Estado, que no se encuentren incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad legal.

Artículo 4º – Documentación Obligatoria Integrante de la Oferta: Los proponentes deberán presentar la oferta redactada en idioma español, firmada en todas sus fojas por el oferente o representante legal debidamente acreditado,  y acompañada obligatoriamente de la siguiente documentación:

  1. Formulario de Oferta y Lista de Precios debidamente completado y firmado (Anexo II).
  2. Garantía de Mantenimiento de Oferta constituida conforme al Artículo 11º del presente pliego.
  3. Antecedentes comerciales: Breve detalle de antecedentes de ventas análogas o similares realizadas a entidades públicas o privadas en los últimos años.
  4. Documentación Legal del Oferente:

d1) Personas Físicas: DNI, constancia de CUIT y domicilio real.

d2) Personas Jurídicas: Contrato social o estatuto inscripto, última modificación, acta de designación de autoridades vigentes con mandato vigente y constancia de inscripción de CUIT.

  1. Documentación Fiscal y Tributaria (ARCA y API):

       e1) Constancia de Cumplimiento Fiscal emitida por la Administración Provincial de Impuestos (API), obtenida vía web, con antigüedad no mayor a 30 días corridos. Los oferentes de otras jurisdicciones que no posean sustento en Santa Fe deberán presentar Declaración Jurada comprometiéndose a tributar en la jurisdicción en caso de adjudicación.

e2) Declaración Jurada – Ley 17.250 (Formulario 522/A) expedida por ARCA, con acuse de presentación web y antigüedad no mayor a 30 días corridos.

  1. Declaración Jurada de Habilidad para Contratar: Manifestando no encontrarse en concurso preventivo, quiebra, inhibición judicial ni deudas exigibles con la Municipalidad de Villa Ocampo.
  2. Folletos y Fichas Técnicas: Catálogos, folletos ilustrativos o especificaciones técnicas de los bienes cotizados que avalen el cumplimiento de los parámetros del Anexo I.

CAPÍTULO III – DIVISIÓN EN LOTES Y MODALIDAD DE COTIZACIÓN

 

Artículo 5º – Lotes Licitados:

  • Lote N.º 1: 1 (un) Camión Chasis con Equipo Hidroelevador / Cesta Aérea (13 metros - 0 km).
  • Lote N.º 2: 1 (una) Pala Retroexcavadora sobre Neumáticos 4x4 (0 km).
  • Lote N.º 3: 1 (un) Vehículo Utilitario Tipo Minibus / Furgón vidriado para Transporte de Pasajeros (0 km).

   Artículo 6º – Modalidad de Cotización y Paquete Integral:

  1. Los oferentes podrán cotizar uno, varios o la totalidad de los lotes licitados, en forma independiente y discriminada por lote. Cada lote será evaluado y podrá ser adjudicado en forma independiente.
  2. Los oferentes que coticen la totalidad de los lotes (Lotes 1, 2 y 3) podrán ofrecer, además, un porcentaje único de descuento global, condicionado a la adjudicación integral (“paquete completo”), aplicable sobre la suma de los precios cotizados por lote. La propuesta con descuento no reemplaza a las cotizaciones individuales, que mantendrán su validez en caso de que la adjudicación integral no resulte la alternativa más conveniente.
  3. La propuesta integral solo será considerada cuando las ofertas del mismo oferente para cada uno de los tres lotes hayan sido declaradas admisibles y técnicamente aceptables conforme al Anexo I.
  4. Para decidir entre la adjudicación por lotes separados y la adjudicación integral, la Comisión Evaluadora comparará la combinación de las ofertas más convenientes para cada lote con la propuesta integral con descuento. Para ello aplicará el criterio de conveniencia establecido en el artículo 4º de la Ordenanza Nº 1722/24 y en el artículo 15º del presente pliego. El precio constituye un elemento de ponderación, pero no el único determinante. La alternativa seleccionada será la que, en su conjunto, resulte más conveniente a los intereses municipales, valorando el cumplimiento de las especificaciones técnicas, la calidad de los componentes, la funcionalidad del objeto, el plazo de entrega, la garantía técnica ofrecida y la relación costo-prestación.
  5. Cuando la Comisión Evaluadora recomiende una alternativa que no sea la de menor precio, deberá fundar expresamente en su dictamen los motivos técnicos y/o económicos que justifican su mayor conveniencia.

En todos los casos el precio cotizado debe incluir impuestos, fletes, acarreos, seguros, inscripción registral y todos los gastos hasta la entrega definitiva en el obrador municipal.

CAPÍTULO IV – CONSULTAS, RETIRO DE PLIEGOS Y COMUNICACIONES

Artículo 7° - Retiro presencial y online: Los pliegos podrán retirarse en Mesa de Entradas de la Municipalidad de Villa Ocampo (Presbítero Ángel Tibaldo Nº 1578) o descargarse desde el sitio web oficial www.villaocampo.gob.ar/licitaciones.

Consultas: Se recibirán por escrito en la Mesa de Entradas o mediante correo electrónico institucional (compras.mvo17@gmail.com) hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha fijada para la apertura de sobres. Las respuestas se emitirán por medio de circulares aclaratorias.

CAPÍTULO V – PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS

Artículo 8 -Lugar de Presentación: Mesa de Entradas de la Municipalidad de Villa  Ocampo (Presbítero Ángel Tibaldo Nº 1578 – C.P. 3580 – Villa Ocampo – Santa Fe).

Artículo 9 - Forma de Presentación: Las ofertas se presentarán en sobre cerrado, debidamente identificado con la leyenda: MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO – LICITACIÓN PÚBLICA Nº 003/2026 – OBJETO: ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS – NO ABRIR ANTES DE LA HORA Y FECHA DE APERTURA. Se exigirá la presentación de un (1) original.

Artículo 10- Acto de Apertura: Se llevará a cabo en el Salón municipal o sala de conferencias designada, en el día y hora establecidos en el llamado, en presencia de los funcionarios actuantes y oferentes que deseen asistir.

CAPÍTULO VI – RÉGIMEN DE GARANTÍAS

Artículo 11- Garantía de Mantenimiento de Oferta (Artículo 23 de la Ordenanza Nº 1722/24):

Equivalente al 1% (uno por ciento) del monto del presupuesto oficial, que podrá constituirse de la siguiente manera:

Lote N° 1 (Garantía de Oferta: $1.395.000)

Lote N° 2 (Garantía de Oferta: $1.514.250)

Lote N° 3 (Garantía de Oferta: $920.750)

 

  • 1) En efectivo/vale mediante depósito realizado en Tesorería Municipal de Villa Ocampo, sito en calle Padre Ángel Tibaldo N° 1578, planta baja.
  • 2) A través de transferencia a la cuenta corriente de la Municipalidad de Villa Ocampo. Si se elige esta opción se deberá enviar por correo electrónico a la dirección antes mencionada el comprobante de depósito consignando el número de decreto y licitación, como así también los datos de la empresa.
  • 3) A través de un cheque certificado, giro o transferencia bancaria a la orden de la Municipalidad de Villa Ocampo. El cheque será depositado indefectiblemente en la cuenta de la Municipalidad.
  • 4) A través de Seguro de Caución.

Artículo 12 - Cuando la forma de pago sea por transferencia se realizará a la siguiente cuenta:
  Denominación: MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO

  Cuenta Corriente: $ 556000006303

  Nuevo Banco de Santa Fe S.A.
  CBU: 3300556815560000063037
  CUIT: 30-67434561-1 (exento).

        Alias: PRINCIPAL.MUNI

 

Artículo 13: La oferta no acompañada por la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con las cláusulas anteriores, será rechazada por el Comprador por no ajustarse a los Documentos de Licitación.

CAPÍTULO VII – MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

Artículo 14: Los proponentes estarán obligados a mantener y garantizar la validez de sus ofertas por el plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha del Acto de Apertura, prorrogables automáticamente conforme a la normativa vigente.

CAPÍTULO VIII – CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN

Artículo 15 - Comisión Evaluadora:

  1. Un cuerpo colegiado designado por el Departamento Ejecutivo Municipal analizará y ponderará las propuestas presentadas.
  2. Criterio de Conveniencia (Artículo 4º de la Ordenanza Nº 1722/24): La adjudicación recaerá en el oferente que en su conjunto haga la proposición más conveniente a los intereses municipales, sin atender exclusivamente al valor económico, ponderando de manera integral las especificaciones técnicas, la calidad de los componentes, la funcionalidad del objeto, el cumplimiento de los requerimientos mínimos y la relación costo-prestación.
  3. El Municipio se reserva el derecho de adjudicar en forma parcial por lote, por la totalidad de los lotes de manera conjunta, o bien de declarar desierta o fracasada la licitación sin dar lugar a indemnización alguna

CAPÍTULO IX – CONDICIONES DE PAGO Y TRIBUTARIAS

Artículo 16 – Forma de Pago

  1. El pago se efectivizará dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la adjudicación del bien, previa presentación de la factura legal correspondiente.
  2. Impuestos y Sellados: El proveedor adjudicatario asumirá la responsabilidad por el pago de tributos, tasas e impuesto de sellos que correspondan según la legislación fiscal de la Provincia de Santa Fe. La Municipalidad se encuentra exenta de tributos fiscales.

CAPÍTULO X – PLAZO, LUGAR DE ENTREGA Y GARANTÍA TÉCNICA

Artículo 17:

  1. Plazo de Entrega: Las unidades deberán ser entregadas en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días corridos contados a partir de la notificación fehaciente de la Orden de Compra o firma del contrato.
  2. Lugar de Entrega: Obrador / Depósito Municipal de la Ciudad de Villa Ocampo (Santa Fe), libre de fletes, impuestos, acarreos y gastos de inscripción o patentamiento.
  3. Garantía Técnica: Mínimo de 12 meses a partir de la recepción definitiva contra todo defecto de fabricación y/o vicios ocultos, incluyendo repuestos y mano de obra sin cargo.

CAPÍTULO XI – JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Artículo 18: Toda cuestión judicial o extrajudicial que se suscite con motivo de la presente licitación y contrato subsiguiente se someterá a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción, incluido el Federal.

ANEXO I – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS (SIN MARCAS ESPECÍFICAS)

Bienes a Licitar

LOTE N.º 1: Camión Chasis con Equipo Hidroelevador Aéreo (13 Metros)

  1. Vehículo Chasis (0 km): Motorización nafta o diésel turbo intercooler, potencia mínima de 120 CV, norma de emisiones vigente, transmisión manual de no menos de 5 velocidades adelante y 1 de retroceso, cabina cerrada con aire acondicionado y calefacción, dirección asistida.
  2. Equipo Hidroelevador (0 km): Altura máxima de trabajo desde el suelo mínimo 13,00 metros, alcance horizontal mínimo entre 4,5 a 5,50 metros, sistema de giro continuo de 360º, cesta / barquilla en fibra de vidrio aislada para trabajos eléctricos con capacidad de carga útil mínima de 150 kg. Cuatro (4) estabilizadores hidráulicos independientes, comandos dobles (base y cesta) y sistema de descenso manual de emergencia.

LOTE N.º 2: Pala Retroexcavadora sobre Neumáticos 4x4 (0 km)

  1. Estado y Dimensiones: Unidad 0 km, peso operativo entre 7.500 kg y 8.200 kg.
  2. Motorización y Tracción: Motor diésel turboalimentado con intercooler, 4 cilindros, potencia neta no menor a 95 HP. Tracción en las cuatro ruedas (4WD).
  3. Capacidades Operativas: Balde frontal de carga general con capacidad geométrica mínima de 1,00 m³, balde retro con capacidad operativa no menor a 1100kg Profundidad de excavación del brazo trasero no menor a 3,8 metros.
  4. Cabina y Confort: Cerrada con certificación ROPS/FOPS, climatización integral (aire acondicionado y calefacción), asiento con suspensión.

LOTE N.º 3: Vehículo Utilitario Tipo Minibus / Furgón  vidriado para transporte de Pasajeros (0 km)

  1. Configuración y Capacidad: Vehículo carrozado tipo furgón vidriado / minibús de pasajeros 0 km con capacidad no menor a 13+1 plazas, equipadas con asientos ergonómicos y cinturones de seguridad inerciales en todas las posiciones.
  2. Motorización y Seguridad: Motor diésel de alta eficiencia, potencia no menor a 150 CV, caja de 6ta más 1 retroceso (manual o automática), norma de emisiones Euro V o superior. Sistema de frenos ABS, control de estabilidad (ESP), airbags frontales, dirección asistida y equipo de aire acondicionado con distribución para salón de pasajeros.

ANEXO II – FORMULARIOS MODELO

1) Formulario de Planilla de Cotización

MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº  003/2026

 

  • Datos del Oferente:
    Razón Social: __________________________________________________
    CUIT Nº: _______________________________________________________
    Domicilio Legal: _______________________________________________
    / Mail: _____________________________________________________

Lote / Ítem

Descripción del Bien

Cantidad

Precio Unitario (Sin IVA)

IVA y Tributos (%)

Precio Total Final

Lote 1

Camión Chasis con Hidroelevador (13 m)

1

     

Lote 2

Pala Retroexcavadora sobre Neumáticos 4x4

1

     

Lote 3

Vehículo Utilitario / Minibus Pasajeros

1

     

TOTAL GENERAL

       

$ ________________

OPCIÓN DE DESCUENTO POR ADJUDICACIÓN INTEGRAL (PAQUETE COMPLETO):
En caso de adjudicarse la totalidad de los lotes 1, 2 y 3, se ofrece un descuento global del: ______ %
MONTO FINAL OFERTADO CON DESCUENTO INTEGRAL: $ ________________

El precio cotizado incluye impuestos, fletes, acarreos, seguros, inscripción registral y todos los gastos hasta la entrega definitiva en el obrador municipal.

Firma: _______________________________

Aclaración: ___________________________

Cargo / DNI: __________________________

2) Formulario de Declaración Jurada y Antecedentes

MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº __003_/2026

El/La abajo firmante, en su carácter de representante legal de _______________________________ (CUIT Nº ________________), DECLARA BAJO JURAMENTO:

 

  • No encontrarse inhibido ni inhabilitado para contratar con la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.
  • No estar comprendido en procesos de concurso preventivo, quiebra o liquidación.
  • Poseer al día la Constancia de Cumplimiento Fiscal de API y el Formulario 522/A de ARCA (Ley 17.250).
  • Conocer y aceptar en todos sus términos la Ordenanza Nº 1722/24 y el presente Pliego de Bases y Condiciones.
  • Constituir domicilio legal en la Provincia de Santa Fe y someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Villa Ocampo, de la Provincia de Santa Fe.

 

Firma: _______________________________

Aclaración: ___________________________

Cargo / DNI: __________________________

  • Creado el

LICITACIÓN PÚBLICA N° 002/2026 - PLAN DE BACHEO INTEGRAL DE CALLES PAVIMENTADAS

MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO
LICITACIÓN PÚBLICA N° 002/2026
PLAN DE BACHEO INTEGRAL DE CALLES PAVIMENTADAS
LEY N° 12.385
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES
Objeto: Adquisición de 500,00 m³ DE HORMIGÓN ELABORADO CLASE H-25
Presupuesto Oficial: $101.632.545,07 (Pesos Ciento Un Millones Seiscientos Treinta y Dos Mil
Quinientos Cuarenta y Cinco con 07/100)
Lugar de Apertura y Recepción: Municipalidad de Villa Ocampo, Santa Fe
Recepción de Ofertas: Hasta el 25/09/2026 a las 10:00 horas
Apertura de Sobres: 25/09/2026 a las 11:00 horas
SECCIÓN I.- INSTRUCCIONES A LOS CONCURSANTES
1º.- SOLICITUD DE COTIZACIÓN
La Municipalidad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe,
en adelante "la Municipalidad", llama a Licitación Pública para la adquisición de 500 metros
cúbicos de hormigón elaborado clase H-25, exposición A2, asentamiento 12 cm, tamaño
máximo nominal 30 mm y descarga directa, destinado a pavimentación urbana y obras de
infraestructura pública. El suministro deberá cumplir los requisitos del Reglamento CIRSOC
201-2005, la norma IRAM 1666:2020, las demás normas IRAM específicas aplicables y las
Especificaciones Técnicas Particulares de la Sección IV del presente Pliego.
La entrega se efectuará en los lugares de la ciudad de Villa Ocampo que indique la
Municipalidad, mediante entregas parciales a requerimiento de la Supervisión, hasta completar
los 500 m³ contratados dentro del plazo máximo de cuatro (4) meses corridos. La cantidad, fecha
y secuencia de cada entrega se establecerán conforme a la programación municipal. El proveedor
deberá organizar la producción y el despacho para asegurar la continuidad de las jornadas de
hormigonado confirmadas.
La Municipalidad confirmará el día y la cantidad a entregar con dos (2) días de anticipación. Las
reprogramaciones se comunicarán con veinticuatro (24) horas de anticipación, salvo los
supuestos de condiciones climáticas y preparación de la base regulados en el párrafo siguiente.
La Municipalidad podrá postergar la entrega por condiciones climáticas y/o por el avance
efectivo de la preparación de la base. La postergación por clima se comunicará antes de que la
planta comience la elaboración de la mezcla; la motivada por la preparación de la base se
comunicará con ocho (8) horas de anticipación y, en todos los casos, antes del inicio de la
elaboración. La Supervisión comunicará la nueva programación. La reprogramación informada
en esas condiciones no generará compensaciones ni mayores costos para la Municipalidad.
El proveedor realizará a pie de obra un control mínimo diario de los parámetros del hormigón
fresco. La Supervisión establecerá los lotes y la frecuencia de control conforme al CIRSOC 201-
2005 y las normas IRAM aplicables. Como mínimo se realizará un muestreo por jornada de
hormigonado y por cada lote de volumen definido por la Supervisión, adoptándose la frecuencia
más exigente. La Supervisión podrá incrementar la frecuencia ante cambios de materiales,
dosificación, planta, condiciones de producción o resultados dudosos. Para cada muestra se
moldearán probetas suficientes para verificar la resistencia característica a veintiocho (28) días
y, cuando la Supervisión lo disponga, probetas adicionales para edades tempranas o ensayos de
contraste. La toma de muestras se realizará en presencia de la Supervisión o de quien ésta designe.
El proveedor deberá individualizar al responsable técnico de planta y al responsable operativo
de despacho, indicando nombre, función, teléfono y correo electrónico de ambos. Deberá
asegurar una comunicación telefónica fluida durante toda la provisión para subsanar de inmediato
cualquier inconveniente. Todo cambio de responsables o datos de contacto deberá notificarse
formalmente a la Municipalidad.
Ante cualquier duda remitirse a la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Villa
Ocampo.
La entrega se efectuará bajo la modalidad "a pie de obra" en la ciudad de Villa Ocampo, en las
locaciones y coordenadas de la traza urbana que determine formalmente la Supervisión. A los
efectos del presente Pliego, se denominará Supervisión al personal técnico designado por la
Municipalidad para el control de la provisión, recepción, ensayos y cumplimiento de las
especificaciones. El proveedor adjudicatario deberá garantizar el suministro del volumen total
requerido dentro de un plazo máximo de cuatro (4) meses corridos, sujeto a la demanda y
programación interna del Municipio.
2º.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas en la Mesa de Entradas General de la Sede Municipal de
Villa Ocampo, hasta el día y hora límite fijados en el cronograma oficial de la convocatoria. Las
propuestas recibidas con posterioridad no serán admitidas.
Las ofertas se entregarán en un único sobre cerrado, perfectamente inviolable, que no presentará
raspaduras, tachaduras ni enmiendas en su cubierta. El frente del empaque exhibirá únicamente
la leyenda: "Licitación Pública N° 002/2026 - Municipalidad de Villa Ocampo - Provisión
de Hormigón Elaborado H-25 –Plan de Bacheo Integral de Calles Pavimentadas". En la
primer hoja de la propuesta deberá acompañarse un ítem de contenido del sobre, en el que se
detalle cada documento incluido y la cantidad de fojas que abarca(un índice para facilitar la
revisión de la documentación, de acuerdo a los requerimientos del punto 4°). Todas las fojas de
la propuesta deberán estar correlativamente foliadas y debidamente inicialadas y firmadas por
el oferente o su representante legal debidamente facultado.
La cotización deberá realizarse en PESOS ARGENTINOS, no será admitida cotización en
moneda extranjera.
3º.- VALIDEZ DE LA OFERTA
La oferta tendrá validez por un término de treinta (30) días corridos, contados a partir de la fecha
de apertura de los sobres, fecha en que quedará congelado el monto de la oferta. Los valores
unitarios y totales ofertados y adjudicados serán fijos e invariables durante toda la vigencia del
contrato y no estarán sujetos a redeterminación, actualización ni reconocimiento de mayores
costos.
4º.- DOCUMENTOS DE LA OFERTA
Los documentos integrantes de la oferta se presentarán en el siguiente orden:
 Garantía de seriedad de la oferta y validez de la misma por el período establecido según el
punto 11 de la presente Sección.(Artículo 5 Decreto N° 1730/26)
 Pliego de la Licitación Pública 002/2026 firmado por el oferente en todas sus fojas.
 Comprobante de pago del pliego (comprobante de depósito o de caja).
 ANEXO II y III - Formulario de la oferta y Planilla de la oferta.
 ANEXO I - Declaraciones Juradas del Contratista.
 Descripción técnica del material ofrecido.
 Declaración de origen del material: el oferente deberá identificar expresamente la planta
productora desde la cual se elaborará y despachará el hormigón, consignando su ubicación exacta
y su modo de operación conforme IRAM 1666:2020. La omisión de esta documentación se regirá
por el punto 5 de la presente Sección. El despacho desde una planta distinta a la declarada, sin
autorización previa y escrita de la Supervisión, será causal de rescisión contractual con pérdida
de la garantía de cumplimiento, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. También
se debe individualizar a su titular o razón social, detalle del responsable técnico matriculado y
capacidad productiva diaria estimada.
 Documentación del sistema de gestión de calidad: el oferente deberá acompañar documentación
suscripta por el responsable técnico de la planta, inscripto en el Colegio profesional respectivo,
que acredite: ensayos de aptitud de materiales del último año, controles de recepción de
materiales, dosificaciones empleadas para hormigones clase H-25, resultados de ensayos de
compresión de probetas cilíndricas, certificados de calibración de balanzas y prensa de ensayos,
y análisis de agua y áridos. Toda la documentación deberá corresponder específicamente a la
planta declarada.
 Declaración jurada de inmutabilidad de origen: el oferente se obliga a suministrar la totalidad
del hormigón exclusivamente desde la planta declarada, salvo el cambio excepcional de planta
autorizado en las condiciones establecidas en este punto.
A la documentación técnica exigida se incorporarán: dosificación propuesta del H-25 suscripta
por el responsable técnico; identificación y antecedentes de los materiales constituyentes;
antecedentes recientes de resistencia del mismo código de mezcla o equivalente; capacidad
horaria de producción y despacho; disponibilidad de camiones; y procedimiento de trazabilidad
de cada carga.
5º.- EXAMEN PRELIMINAR
En el Acto de Apertura, el Contratante examinará las ofertas para determinar si se ajustan
esencialmente a los documentos de la Licitación y si toda la documentación se encuentra
debidamente firmada. Serán causales de rechazo en dicho acto la falta de los siguientes
documentos:
1. Garantía de seriedad de la oferta y validez de la misma por el período
establecido(garantía de mantenimiento de la oferta).
2. Pliego de la Licitación Pública 002/2026 firmado por el oferente en todas sus fojas.
3. Comprobante de pago del pliego.
4. ANEXO II y III - Formulario de la oferta y Planilla de la oferta.
La restante documentación exigida podrá ser requerida y cumplimentada por el oferente dentro
de un plazo máximo de treinta (30) días corridos desde su intimación, bajo apercibimiento de
tener por desistida la oferta.
6º.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Una vez determinadas las ofertas que se ajusten esencialmente a los documentos de la Licitación,
se procederá a su evaluación y comparación. Además del precio y cumplimiento de los
documentos exigidos, el contratante tendrá en cuenta los análisis técnicos, económicos y
financieros necesarios a fin de determinar la capacidad del licitante para el cumplimiento del
contrato. El hormigón elaborado deberá cumplir los requisitos del CIRSOC 201-2005, IRAM
1666:2020 y las normas IRAM específicas aplicables.
7º.- ADJUDICACIÓN Y PRESUPUESTO OFICIAL
Los oferentes deberán cotizar la totalidad de lo licitado. El Presupuesto Oficial para la presente
contratación de 500 m³ de Hormigón Elaborado H-25 asciende a la suma de PESOS CIENTO
UN MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y
CINCO CON 07/100 ($101.632.545,07). La Municipalidad de Villa Ocampo se reserva el
derecho de adjudicar a la oferta más conveniente o dejar sin efecto la licitación sin reclamos de
terceros.
8º.- PAGO Y LIQUIDACIONES
Las liquidaciones económicas se efectuarán un 50% contado anticipado y el 45 % restante contra
entrega total del hormigón, posteriores a la presentación formal de la factura comercial ante la
Contaduría Municipal, quedando un 5% restante supeditado a los resultados de las probetas
correspondientes. La procedencia del pago estará estrictamente condicionada a la presentación
de:
 Factura emitida en debida forma legal.
 Acta de Recepción Conforme del hormigón, emitida y refrendada por la Supervisión.
9º.- NOTIFICACIÓN Y 10º.- FIRMA DEL CONTRATO
La adjudicación se notificará formalmente y el adjudicatario deberá suscribir el Contrato
Administrativo dentro de los diez (10) días hábiles contados desde la notificación.
11º.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
La garantía de mantenimiento de la oferta tendrá validez por un plazo no menor de treinta (30)
días posteriores a la fecha de validez de la oferta y se establece en la suma de PESOS UN
MILLÓN DIECISEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO C/45/100 ($ 1.016.325,45).
12º.- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
En forma previa o simultánea a la firma del contrato, el adjudicatario deberá constituir una
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total
general adjudicado.
13º.- PENALIDADES Y SANCIONES
El incumplimiento imputable al proveedor facultará a la Municipalidad a aplicar
apercibimientos, rechazo de cargas, rescisión con pérdida de garantía e inhabilitación para
contratar. Respecto a la resistencia a compresión no conforme: la conformidad del H-25 respecto
de f'c = 25 MPa a 28 días se determinará por lotes conforme al CIRSOC 201-2005. Un resultado
individual inferior a 25 MPa no implicará por sí solo el rechazo automático de una carga,
debiendo aplicarse el procedimiento reglamentario de evaluación de conformidad.
ANEXO I.- DECLARACIONES JURADAS DEL CONTRATISTA
DENOMINACIÓN Y/O APELLIDO Y NOMBRE: ___________________________________
DOMICILIO: _______________________ LOCALIDAD: _________________ C.P.: ______
PROVINCIA: ___________________ TE / FAX: _________________________
CUIT N°: _____________________
Condición IVA: ( )Resp. Inscripto ( ) Exento ( ) Monotributo
Ingresos Brutos N°: __________________ Provincia: _________________
Lugar y Fecha: ____________________, ____ de ________________ de 2026.
ANEXO II.- FORMULARIO DE LA OFERTA
Señor Intendente Municipal de Villa Ocampo
Prof. Cristian Fabricio Marega
S. / D.
REF.: LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002/2026
Estimado Señor Intendente:
Luego de haber examinado los Documentos de la Licitación, los suscriptos ofrecemos proveer y
entregar 500,00 metros cúbicos de Hormigón Elaborado Clase H-25 | Exposición A2 |
Asentamiento 12 cm | TMN 30 mm | Descarga Directa | Pavimento Urbano por la suma de Pesos
_________________________________________________ ($ _______________) de acuerdo
al Presupuesto Oficial de referencia de $101.632.545,07.
Convenimos en mantener nuestra oferta por un período de treinta (30) días a partir de la fecha fijada
para la apertura de ofertas.
Lugar y Fecha: ____________________, ____ de ________________ de 2026.
Firma de Titular/ Responsable autorizado
ANEXO III.- PLANILLA DE LA OFERTA
Lote 1 – Hormigón Elaborado en Planta H-25 (IRAM 1666:2020) – Cantidad: 500,00 m³ – Precio Unitario s/IVA
– IVA y otros – Precio Final Total.
Plazo de entrega ofrecido: _____________________________________________
El precio unitario por m³ será puesto en obra e incluirá elaboración, materiales, transporte, descarga directa,
controles, ensayos exigidos, seguros, cargas y demás costos necesarios para la provisión.
SECCIÓN II.- FORMULARIO DE CONTRATO
En la localidad de Villa Ocampo, a los _____ días del mes de _______________ del año 2026,
se celebra el presente Contrato entre la MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO - DPTO.
GENERAL OBLIGADO de la Provincia de Santa Fe, representada en este acto por el Señor
Intendente Municipal Prof. Cristian Fabricio Marega, por una parte denominado "el Comprador",
y por la otra la empresa _________________________, representada por
_________________________, DNI N° _________________, denominado "el Proveedor".
Ambas partes acuerdan el suministro de 500,00 m³ de HORMIGÓN ELABORADO H-25 por
un monto de contratación tomando como referencia el presupuesto oficial de $101.632.545,07
bajo las cláusulas fijadas en el pliego licitatorio.
SECCIÓN III.- LISTA DE EQUIPOS Y SERVICIOS
LOTE 1: Hormigón Elaborado en Planta H-25 – Cantidad: 500,00 m³ – Lugar de Entrega: a pie
de obra en la traza urbana de la Ciudad de Villa Ocampo – Plazo: de acuerdo a la demanda
municipal dentro del plazo máximo de 4 meses.
SECCIÓN IV.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOLICITADAS (CLASE H-25)
La elaboración, materiales constituyentes, producción, transporte, control, recepción y
aceptación del hormigón deberán cumplir con los requisitos vigentes del Reglamento CIRSOC
201-2005, IRAM 1666:2020, las normas IRAM específicas aplicables y las presentes
1.Especificaciones Técnicas Particulares.
1.1. Especificación del Hormigón
Clase H-25 | Exposición A2 | Asentamiento 12 cm | TMN 30 mm | Descarga Directa |
Pavimento Urbano.
El asentamiento especificado será de 12 cm, con las tolerancias establecidas por IRAM
1666:2020 (tolerancia nominal ± 2 cm). La Supervisión podrá rechazar las cargas que no
satisfagan dichos límites.
1.2. Modalidad de especificación
El hormigón será solicitado bajo Alternativa B - Especificación por propiedades, conforme al
Art. 6 de IRAM 1666:2020. El proveedor será responsable del diseño de la dosificación necesaria
para satisfacer la totalidad de las propiedades y requisitos establecidos en el presente Pliego y en
el Reglamento CIRSOC 201-2005.
1.3. Resistencia especificada
Hormigón clase H-25, con una resistencia especificada a la compresión f'c = 25 MPa (250
kg/cm²) a los 28 días, medida en probetas cilíndricas estándar de 150 mm x 300 mm ensayadas
según norma IRAM 1534. La conformidad de la resistencia se evaluará según los criterios de
aceptación y control por lotes establecidos por el CIRSOC 201-2005 (Capítulo 4).
1.4. Exposición y relación agua/material cementicio: Clase de exposición A2. Relación a/mc
máxima: 0,50, debiendo cumplirse además los restantes requisitos de durabilidad establecidos
por CIRSOC 201-2005.
1.5. Control de Volumen y Precintos
Pesaje gravimétrico con ticket balanza y trazabilidad mediante precintos numerados e inalterados
en cada unidad motohormigonera. Cada carga deberá acompañarse con remito/ticket que
identifique como mínimo: planta, fecha y hora de carga, camión, código de mezcla o
dosificación, volumen (m³), clase de hormigón (H-25), asentamiento especificado (12 cm),
aditivos incorporados, hora de llegada y hora de inicio y fin de descarga. Toda adición de agua o
aditivo en obra requerirá autorización expresa de la Supervisión y deberá quedar registrada en el
remito.
1.6. Materiales constituyentes
 Cemento: Deberá responder a las normas IRAM 50000 e IRAM 50001 (CPN30, CPN40,
CPC30 o CPC40 según diseño de mezcla autorizada).
 Agregados: Los áridos finos y gruesos deberán cumplir con la norma IRAM 1505 y las
exigencias del CIRSOC 201-2005 relativas a granulometría, desgaste Los Ángeles y durabilidad.
TMN = 30 mm.
 Agua de mezclado: Deberá cumplir con los requisitos de la norma IRAM 1601 y CIRSOC
201.
 Aditivos químicos: Cumplimiento de la norma IRAM 1663 (Plastificantes, superplastificantes,
incorporadores de aire o aceleradores/retardadores).
1.7. Dosificación
Antes del primer suministro, el adjudicatario presentará la fórmula de dosificación del hormigón
H-25 suscripta por el responsable técnico de planta, incluyendo los contenidos unitarios de
cemento, agua, agregados y aditivos, la relación agua/material cementicio proyectada,
asentamiento objetivo y curvas de antecedentes de resistencia a 7 y 28 días.
1.8. Ensayos y Control de Calidad
La Supervisión realizará los controles de recepción en estado fresco y endurecido conforme al
CIRSOC 201-2005. Todos los gastos de extracción de muestras, moldeado, curado, traslado de
probetas y ensayos de compresión en laboratorio externo habilitado estarán a exclusivo cargo del
proveedor adjudicatario.
1.9. Control del hormigón fresco
La Supervisión podrá controlar asentamiento, temperatura, contenido de aire cuando
corresponda, aspecto, homogeneidad y demás parámetros exigidos por la normativa. Toda carga
fuera de tolerancia podrá ser rechazada. No se permitirá adicionar agua en obra sin autorización
expresa y registro documental.
1.10. Transporte y descarga
El transporte y la descarga deberán realizarse dentro de los tiempos y condiciones admitidos por
CIRSOC 201-2005 e IRAM 1666:2020. La Supervisión podrá rechazar cargas cuando se excedan
los tiempos admisibles, se pierda trazabilidad, se alteren precintos o existan evidencias de
segregación, pérdida de trabajabilidad o incorporación no autorizada de agua o aditivos.
1.11. Evaluación de resistencia y no conformidades
La resistencia se evaluará por lotes conforme al régimen de muestreo y criterios de conformidad
del CIRSOC 201-2005 y normas IRAM aplicables. Cuando un lote resulte no conforme, la
Supervisión podrá ordenar ensayos adicionales, extracción de testigos, verificaciones técnicas o
estudios complementarios y adoptar las medidas previstas en el régimen de penalidades y no
conformidades.
2. INTERPRETACIÓN Y PRELACIÓN NORMATIVA
Ante discrepancias se aplicará el siguiente orden de prelación: 1) Especificaciones Técnicas
Particulares del presente Pliego; 2) Reglamento CIRSOC 201-2005; 3) Norma IRAM 1666:2020
y normas IRAM específicas aplicables; 4) demás reglamentos y disposiciones normativas
vigentes.

  • Creado el

Licitación Pública Nº 01/2026 - Servicio de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria

LICITACION PUBLICA Nº 01/2026 - ORDENANZA Nº 1129/12 – DECRETO Nº 1721/26
CONCESION DEL SERVICIO DE REVISION TÉCNICA VEHICULAR OBLIGATORIA DE VILLA OCAMPO
(SISTEMA PROVINCIAL DE REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR OBLIGATORIA)

A N E X O
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES y ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL OBJETO DE LA LICITACIÓN Y CONDICIONES GENERALES

Artículo 1º
OBJETO:
1.1.- DEL SERVICIO LICITADO: La MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO realiza el presente llamado que tiene como objeto OTORGAR LA CONCESIÓN del servicio de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria (RTO) que integra el Sistema de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria regulado por la Ley Provincial Nº 13.133 y sus Decretos Reglamentarios y Modificatorios.
El Centro de RTO será de tipo “Fijo”; y el servicio de revisión técnica vehicular será del tipo denominado “mixto o universal”, conforme el dictamen emitido por el Instituto Nacional de tecnología Industrial (INTI) Rosario, mediante el cual se considera técnicamente adecuada la utilización de dichas líneas de inspección tanto de vehículos pesados como livianos.
La Ley Provincial N° 13.133, sus Decretos Reglamentarios y Modificatorios, y las Resoluciones y Disposiciones Generales y Complementarias que dicte la autoridad de aplicación provincial en la materia; la Ordenanza Nº 1722/24, Modificatorias y demás normativa municipal aplicable al proceso de contratación, fijan el marco regulatorio de la presente Licitación, por lo que ninguna disposición de éste podrá interpretarse contraria o modificatoria de dicha plexo normativo.
Se deja expresamente establecido que el servicio se concesionará sin otra imposición o cánon por parte de la Municipalidad de Villa Ocampo que el especificado en la Ordenanza Tributaria, correspondiente a su categorización dentro del Derecho de Registro e Inspección (DReI).
1.2.- ESQUEMA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO
1.2.1.- El Centro de RTO, será del tipo “Fijo” y deberá responder a un diseño específico, contando con líneas de atención divididas en etapas o puntos de control y con equipamiento en condiciones y personal adecuadamente capacitado, de tal modo que el período total de inspección no supere los veinte (20) minutos, desde el momento en que el vehículo ingresa al primer puesto de control hasta que sale del último.
El servicio será del tipo denominado “mixto o universal”, conforme el dictamen emitido por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) Rosario, mediante el cual se considera técnicamente adecuada la utilización de dichas líneas de inspección, tanto de vehículos pesados como livianos.
Además del sector operativo propiamente dicho, deberán contar con áreas de espera para las unidades, de información y confort para los conductores.
La verificación del vehículo debe acreditar imparcialidad, no debiendo dar lugar a suspicacias interpretativas con respecto a las exigencias de acondicionamiento a que se verá sometido, ni a influencias por parte de su conductor-propietario sobre su resultado. Así también debe retornar información útil para este último y como un servicio de diagnóstico y compilación estadística, para las fábricas.
1.2.2.- El Concesionario deberá realizar: a) Las revisiones periódicas obligatorias de los vehículos; b) Las revisiones previas a la matriculación de los vehículos; c) Las revisiones previas a los cambios de destino del vehículo; d) Las inspecciones realizadas con ocasión de la ejecución de reformas de importancia, definidas reglamentariamente; e) Las inspecciones que sean requeridas al titular del vehículo por cualquiera de los organismos a los que la normativa vigente atribuya competencia sobre la materia; f) Las revisiones voluntarias solicitadas por los titulares de los vehículos; g) Las revisiones periódicas y después de reparación o modificación de vehículos afectados al servicio público de pasajeros municipal; h) Las revisiones de los vehículos a instancia de los agentes encargados de la fiscalización del tránsito y del transporte; i) Las revisiones de vehículos accidentados con daños importantes en su estructura o elementos de seguridad; j) Las revisiones previas para la calificación de idoneidad de vehículos destinados al transporte escolar y de menores; k) Las revisiones periódicas o excepcionales establecidas por la legislación de aplicación a los vehículos de transporte de productos alimentarios y a los vehículos de transporte de mercancías peligrosas, de jurisdicción provincial o municipal, cuando estén autorizados por el órgano competente; l) Aquellas otras revisiones previstas en este Pliego.-
1.2.3.- Los oferentes no podrán ser adjudicatarios de más de cuatro (4) Centros de Revisión Técnica en toda la Provincia y de más de dos (2) Centros en cada Localidad o Municipio cabecera.
Ningún concesionario, por sí o a través de sus sociedades controladas y controlantes, directivos, socios, gerentes, operadores o empleados vinculados en cualquier forma jurídica, podrá tener participación directa o indirecta en otras empresas concesionarias en tanto excedan la cantidad establecida en el párrafo precedente.
1.3.- CONDICIONES DE LA LICITACIÓN:
1.3.1.- RÉGIMEN Y MODALIDAD DE LA CONCESIÓN: La Municipalidad de Villa Ocampo encomendará al concesionario la organización del servicio que se licita y la infraestructura necesaria (inmuebles, equipamiento técnico e informático, personal idóneo, etc.).
Las ofertas, en todos sus aspectos, deberán suministrar suficiente información de detalle para permitir al Municipio una correcta y exhaustiva evaluación.
Estarán a cargo del Concesionario todas las labores conducentes al correcto funcionamiento de los Centros de RTO que resultaren de su responsabilidad. De tal modo deberán concretar no sólo su infraestructura sino también su equipamiento técnico, dotarlas de personal idóneo, implementar los programas de control de los vehículos y el consecuente procesamiento de datos, los sistemas de comunicación que fuere menester, la recaudación sobre una base de cobro por servicios por unidad verificada, y demás aspectos operativos afines.
Se tendrá en cuenta el nivel de confort y agilidad del proceso que se le ofrezca al público concurrente en lo concerniente al servicio de información al público, atención de reclamos, gestión de servicios e información telefónica y “on-line”, y a las condiciones de la circunstancial espera; como a la propia prestación de los servicios técnicos de revisión y a las características otorgadas a los sectores habilitados para la circulación dentro de los Centros.
1.3.2.- PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS STANDARD (POES): Los oferentes deberán operar un sistema de gestión basados en un Manual de Gestión de la Calidad y Procedimientos Operativos Standard (POES).
En tal sentido deberá, entre otros, establecer:
1.- El sistema de control documental (POES y registros), estableciendo la mecánica para su revisión, registro y archivo.
2.- El procedimiento de la prestación del servicio en el Centro de Revisión Técnica Obligatoria, incluyendo el control de los procesos.
3.- Una descripción de los perfiles, capacidades y funciones del personal que opere el Centro de Revisión Técnica Obligatoria.
4.- El sistema que asegure la capacitación permanente del personal.
5.- El plan de calibración de los equipos de medición y control utilizado en el Sistema de Verificación, con una declaración explícita de la trazabilidad. Dichas calibraciones/verificaciones deberán ser realizadas por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (I.N.T.I), o por un laboratorio reconocido por el I.N.T.I.
6.- El sistema de validación y mantenimiento del software utilizado.
7.- El plan de mantenimiento del equipamiento utilizado para la verificación de los vehículos. Tanto el Manual de la Calidad como los POES deberán ser presentados como parte de la Propuesta Técnica Sobre Nº 2 (Dos).
1.3.3.- ORIENTACIÓN AL USUARIO: El POES debe definir también la manera en que se orientará al usuario desde el momento en que ingresa al Centro de RTO hasta que egresa. Se determinará la manera en que se le comunicarán los resultados de las verificaciones y los pasos a seguir en caso de que su vehículo resulte condicional o rechazado. EL INTI elaborará la propuesta de los Manuales de Calidad y POES, los que deberán respetar y utilizar el Centro de Revisión Técnica Obligatoria.
1.3.4.- SITIO DE INTERNET: El Concesionario deberá desarrollar y mantener actualizado un sitio web sobre la Revisión Técnica Obligatoria según la normativa vigente. Los usuarios podrán consultar las veinticuatro horas (24 hs) dicho sitio, que deberá contemplar: la localización del Centro de Revisión Técnica Obligatoria; el Municipio y la Sección Administrativa; los accesos, teléfonos, organigramas de personal, servicios en el Centro de Revisión Técnica Obligatoria, horarios, precios, listado y descripción de las verificaciones, y toda otra información relacionada con el trámite, dirigida en términos claros al usuario. La información de este sitio debe poder ser accesible desde el sitio web oficial de la Provincia o de la Agencia Provincial de Seguridad Vial y desde el sitio oficial del Municipio.
1.3.5.- FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA: La Agencia Provincial de Seguridad Vial será la encargada de auditar y supervisar la concesión en cumplimiento de lo establecido en las disposiciones que ésta dicte. La Agencia Provincial de Seguridad Vial podrá realizar las tareas de supervisión y auditoría por sí o por intermedio de terceros. El Municipio, asimismo, fiscalizará el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego de licitación y de las ordenanzas locales. El costo de dichas auditorias y/o fiscalizaciones será a cargo del Concesionario.
El organismo de competencia ambiental del Gobierno de la Provincia de Santa Fe podrá implementar auditorias para fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos de inspección de emisiones reglamentados por la Ley de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe.
1.3.6.- PERFIL DEL PERSONAL: El Centro deberá tener en plantilla un número suficiente de inspectores u operarios permanentes con conocimientos técnicos de vehículos que les permitan emitir informes sobre la conformidad de éstos con las prescripciones reglamentarias y experiencia suficiente para realizar las revisiones de forma adecuada. Los oferentes deberán detallar el perfil y las funciones de cada miembro del personal que contratará destinado al Centro de Revisión Técnica. La formación mínima exigida para los operarios encargados de las verificaciones de los vehículos en las líneas de revisión es la de Técnico Mecánico, electromecánico y/o técnico en general con curso de especialización específica con competencias y formación equiparable a las que otorga el título de Técnico en Automotores del Instituto Nacional de Educación Técnica (INET). Habrá supervisores de los operarios y un Director Técnico de la Planta. Éste debe ser obligatoriamente un Ingeniero matriculado con incumbencias específicas en la materia.
1.3.7.- CAPACITACIÓN CONTINUA DEL PERSONAL: El Concesionario debe establecer un programa de capacitación continua para el personal técnico como para los operarios del sistema, supervisores y Director Técnico. En las propuestas se debe especificar quién será el órgano certificante de los cursos internos o externos a los que acudirá el personal, el tipo de formación, el número de horas anuales, etc.
1.4.- FUENTES DE INGRESO DE CADA CONCESIONARIO:
1.4.1.- El Concesionario recibirá como únicos ingresos los provenientes del precio establecido para la Revisión Técnica de los vehículos y de las actividades de índole gastronómica o de esparcimiento que eventualmente puedan desarrollarse en las áreas de confort dirigidas exclusivamente a los usuarios del sistema. Estas últimas podrán ser tercerizadas. El Municipio no aceptará proyectos que involucren la instalación de locales comerciales que no respondan a cabales, claros, netos e indubitables servicios vinculados con el objeto de la concesión, quedando expresamente excluidas todas las actividades que impliquen la comercialización de artículos o servicios afines con el automotor.
1.4.2.- La retribución por el servicio para cada categoría de vehículos será la establecida por la autoridad de aplicación correspondiente, y en cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia.
Artículo 2º): ÁMBITO DE APLICACIÓN: Se deja expresamente establecido que la obligatoriedad de la realización de la Revisión Técnica Vehicular surge de normativa Nacional y Provincial que la establece y regula y, por ende que, cualquier variación normativa que disponga lo contrario o altere los plazos fijados, o el ámbito de aplicación correspondiente a la Sección Administrativa Villa Ocampo, o demás parámetros a tener en cuenta y por ende signifique variaciones en la ecuación económica de la concesión, no significará el surgimiento de responsabilidad alguna por parte del Municipio concedente.
El Municipio no asegura el número de revisiones ni, en consecuencia, asume compromiso alguno de garantizar la rentabilidad del servicio a cargo del Concesionario.
Artículo 3º): PLAZO DE CONTRATACIÓN: El plazo de contratación se establece en VEINTE (20) AÑOS a partir del día 8 de julio de 2026, con fecha de vencimiento el 8 de julio de 2046. Vencido este plazo, se podrá optar por prorrogar el mismo por un período de DOS (2) AÑOS más y siempre que el Municipio y la Agencia Provincial de Seguridad Vial consideren conveniente su renovación total o parcial, en base a la eficiencia del servicio prestado en cada caso.
Artículo 4º): JURISDICCION - RECLAMACION PREVIA – DOMICILIO: Todas las cuestiones que se susciten en la aplicación e interpretación de la presente Licitación, contrato que se suscriba con motivo de la misma y demás documentación que la integre, deberán debatirse ante la jurisdicción contencioso administrativa de la ciudad de Santa Fe, salvo en los casos que resulte competente la justicia ordinaria sometiéndose en tal caso a los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Villa Ocampo, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder, incluso el Federal.-
En forma previa a la promoción de cualquier demanda judicial, el adjudicatario o contratista estará obligado a agotar la vía administrativa previa ante la Municipalidad tendiente a obtener el pronunciamiento del Departamento Ejecutivo.
Artículo 5º): AUTORIDAD DE APLICACIÓN: Es autoridad de aplicación respecto de lo establecido en el presente pliego y la concesión que del mismo deriva, es la Municipalidad de Villa Ocampo y la Agencia Provincial de Seguridad Vial.
Artículo 6º): CONSULTA Y ADQUISICION DE LOS PLIEGOS: El pliego de Bases y Condiciones se encuentra a disposición de los interesados para su consulta en Mesa de Entrada del Palacio Municipal, sito en calle Padre Ángel Tibaldo N° 1578, o solicitándolo por correo electrónico a gobierno@villaocampo.gob.ar ó compras.mvo17@gmail.com , en horario de 08:00 a 12:00.
Es requisito indispensable para la presentación de ofertas la adquisición de dicho pliego. Todo interesado en participar en la presente Licitación podrá adquirir el Pliego en el lugar antes mencionado, hasta las doce horas (12 hs.) del día 5 de mayo de 2026; efectivizando el precio del Pliego fijado en Pesos Diez Mil ($ 10.000), que se deberá abonar en la Caja habilitada por la Tesorería de la Municipalidad.
Artículo 7º): EVACUACION DE CONSULTAS: Durante el período en que se encuentre abierto el llamado a Licitación y hasta DOS (2) DÍAS hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de la licitación, los adquirentes del Pliego podrán solicitar aclaraciones al mismo. Estas consultas deberán ser formuladas por escrito dirigidas a la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Villa Ocampo, ingresándolas por intermedio de la Mesa General de Entradas de la mencionada Municipalidad.
Las respuestas de las consultas y aclaraciones que se formulen serán comunicadas y notificadas por escrito (Circulares con Consulta) a todos los adquirentes del Pliego, también con numeración correlativa, sin indicar la procedencia de la consulta, a través de circulares enumeradas correlativamente.
El Municipio podrá emitir Circulares Aclaratorias (Circulares sin Consulta) por sí, aclarando disposiciones del Pliego.
Todas las circulares aclaratorias que se emitan quedarán incorporadas al Pliego.
Las empresas no podrán argumentar desconocimiento de las circulares por falta de recibo, debiendo para ello concurrir obligatoriamente a la Municipalidad, un día hábil anterior a la apertura de la licitación, a tomar conocimiento y retirar copia de las circulares emitidas. La Municipalidad extenderá una constancia del cumplimiento de ese requisito, la que deberá presentarse con la documentación de la propuesta del Sobre Nº 1 (Uno) (glosada en el Pliego).

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
Artículo 8º): CONDICIONES GENERALES DE LOS OFERENTES PARA PARTICIPAR DE LA PRESENTE LICITACIÓN: Sin perjuicio de los requisitos que se detallan a continuación, podrán participar de la presente Licitación las personas físicas o jurídicas, empresas o sociedades nacionales o extranjeras asociadas con empresas o sociedades nacionales, regularmente constituidas de conformidad a la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550 y cc.; que reúnan las condiciones exigidas en el presente pliego y sus anexos, que son parte integrante de este instrumento. En caso de tratarse de sociedades, su período de duración deberá superar en por lo menos un (1) año a la duración prevista para el/los contratos, y su posible prórroga.
Será admitida la participación de Consorcios o Uniones Transitorias de Empresas, las que deberán observar en especial las siguientes reglas:
a) Presentar el contrato otorgado por instrumento público o privado debidamente autenticado, la designación de él o los representantes, acompañando copia certificada de la designación, conforme a los art. 4 y 5 de la Ley Societaria, para el caso de resultar adjudicatario de la presente licitación, cuyo objeto sea exclusivamente el cumplimiento del contrato y con un plazo de vigencia no inferior al plazo de vigencia del contrato con más la prórroga.
b) Deberán constituir un domicilio especial para todos los efectos que deriven del contrato de U.T.E., tanto entre las partes como respecto de terceros en jurisdicción de ciudad de Villa Ocampo.-
c) La sociedad, o empresarios individuales, que se presenten a participar en la presente licitación integrando un Consorcio o U.T.E., o con compromiso de constitución de U.T.E., estarán impedidos de participar integrando otro Consorcio o U.T.E. o individualmente.
d) Los integrantes de los Consorcios o U.T.E son solidariamente responsables ante el Municipio y terceros por los actos practicados, tanto en la fase licitatoria o de ejecución del objeto contratado. La mencionada solidaridad deberá estar expresamente contenida dentro del contrato constitutivo del Consorcio o UTE.
e) Las U.T.E. deberán cumplir con la Ley Nº 22.903 y cada una de las partes integrantes, cumplir individualmente con los requisitos establecidos en el presente, en aquellos casos que se encuentre expresamente previsto.
Artículo 9º): IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE:
9.1: No podrán concurrir como oferentes a la presente licitación las personas físicas o jurídicas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Inhabilitadas por condena judicial o condenados por delitos contra la fe pública y/o contra la administración pública.
b) Las sociedades o particulares que se encontraren suspendidos e inhabilitados en el Padrón Municipal de Proveedores.
c) Las sociedades o particulares que se encontraren quebradas o concursadas, éstas últimas aun con convenio homologado pendiente de ejecución, mientras no obtengan su rehabilitación.
d) Las sociedades, particulares, consorcios o U.T.E. a las que se les haya rescindido el contrato por incumplimiento de obligaciones surgidas de contratos con la administración pública.
9.2: Sanciones: Cuando se constatare que el oferente estuviere alcanzado por alguna de las prohibiciones establecidas en este artículo, se aplicarán las siguientes sanciones:
a) El rechazo de su presentación.
b) La anulación de la adjudicación, cuando el impedimento se advierta después de notificada la adjudicación.
c) La resolución del contrato, cuando el impedimento se advierta luego de firmado el contrato.
Artículo 10º): CAPACIDAD JURÍDICA: Los oferentes deberán reunir la capacidad jurídica que será determinada teniendo en cuenta toda la documentación solicitada, como así el objeto de los contratos constitutivos, los estatutos sociales y demás documentación prevista en este Pliego. Advertida la falta de capacidad jurídica o de la representación invocada por el oferente se dispondrá la inmediata exclusión del oferente, con pérdida de la garantía constituida. Si la falsedad fuera advertida con posterioridad a la adjudicación o contratación, será causal para dejar sin efecto la misma o rescindir el contrato por causa imputable al concesionario, según corresponda, con pérdida de la garantía constituida y sin perjuicio de las demás responsabilidades civiles y penales que derivaren del hecho.
Artículo 11º): RECAUDOS FISCALES: Los oferentes deberán encontrarse, acorde su capacidad económica, debidamente inscriptos ante las autoridades fiscales nacionales, provinciales y municipales, y en cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con relación a todo el personal que de ellos dependa.
Artículo 12º): CAPACIDAD ECONÓMICA: La capacidad económica se determinará sobre la base de la información contenida en los Estados Contables y/o demás documentación que acredite la solvencia de la persona física o jurídica, debiéndose cumplimentar los requisitos mínimos exigidos en el presente pliego.
Para la consideración en el cumplimiento de estos requisitos por parte de los Consorcios o U.T.E., cada una de las empresas que integran el mismo podrán participar con sus indicadores en forma proporcional al porcentaje de su participación en el consorcio, conforme el instrumento de vinculación respectivo.
Artículo 13º): CAPACIDAD TÉCNICA: Los oferentes deberán acreditar capacidad técnica adjuntando los antecedentes que posean en el servicio licitado y/o afines al mismo, indicando: a): Descripción precisa del servicio prestado; b): Persona a la que prestó dicho servicio, indicando su domicilio; c): Período de prestación de dichos servicios; d): Si fue pasible de alguna sanción en virtud de dichos servicios.-
Asimismo, deberá presentar un detalle de todos los equipos y/o materiales de que dispone para la prestación del servicio.

PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Artículo 14º): OFERTA: Todo oferente que formule propuestas y no se encuentre empadronado en los padrones municipales y provincial de proveedores, será incorporado a los mismos según su reglamentación
Artículo 15º): CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE LA LICITACION: La presentación de la propuesta significará que quien la realiza conoce el lugar en que se ejecutarán los trabajos, las condiciones, características propias y generales de su desarrollo y de las instalaciones que deben construirse a su cargo y previo a la prestación del servicio, que se ha compenetrado del exacto alcance de las disposiciones contempladas en los presentes pliegos y las acepta de conformidad.
Asimismo, la presentación de la propuesta significará que quien la realiza, conoce en su totalidad el alcance de las disposiciones contenidas en la Ley provincial N° 13.133, en la Ley Nacional N° 24.449 y modificatorias, y en sus respectivos decretos reglamentarios, resoluciones y demás normativa aplicable a la materia.
No podrá invocar con posterioridad en su favor errores en los que pudiere haber incurrido al formular la oferta, o duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales aplicables.
Artículo 16º): MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: Las ofertas deberán mantenerse durante un plazo mínimo de DIEZ (10) DÍAS hábiles a partir de la fecha de apertura de la Licitación –Sobre Nº 1 (Uno).-
Vencido este plazo, mientras no se reciba comunicación fehaciente sobre desistimientos, se entenderá que los oferentes mantienen sus respectivas ofertas.
Artículo 17º): OFERTA:
17.1): FORMA DE PRESENTACION Y CONTENIDO DE LA OFERTA: La documentación de la Oferta estará constituida por dos (2) sobres:
SOBRE Nº 1): Debe contener:
a) Datos de ubicación del inmueble, zonificación y demás datos que se solicitan en el apartado 17.1.1.A del presente pliego
b) Requisitos formales, datos de identificación y condición fiscal del oferente
c) Los antecedentes de los oferentes individuales, firmas o Consorcios o U.T.E.
SOBRE Nº 2): Conteniendo la “Propuesta Técnica” y la “Propuesta Económica”.
La presentación de la oferta deberá reunir los documentos que se indican para cada sobre. La Municipalidad dará un recibo numerado de los sobres entregados hasta el día y hora fijados para la apertura.
Los sobres que llegaran al Municipio pasada la hora de apertura, cualesquiera sean las causas de la demora, no serán considerados y serán devueltos al remitente sin abrirlos.
En el frente de cada uno de los sobres que conformen la Oferta, deberá consignarse, en letra destacada, la siguiente información: MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO - LICITACION PARA EL SERVICIO DE REVISION TECNICA OBLIGATORIA DE VEHÍCULOS RADICADOS EN LA PROVINCIA DE SANTA FE – ORDENANZA Nº 1129/12.
Nombre del Oferente: …………………………………………….…………………........
Dirección del Oferente: …………….…………………...............................................
Día y hora de la Apertura: 8 de mayo de 2026 a las 10.00 horas.
La Licitación en una primera etapa se iniciará con la presentación y apertura de la documentación que se exige para el SOBRE Nº 1 (Uno).
Producida dicha apertura se girarán las actuaciones a las áreas competentes de la Municipalidad para que se analice si la ubicación del inmueble en el cual se efectuarán la prestación del servicio se ajustan a las características y exigencias que se prevén en el presente pliego, analizándose además los requisitos formales, datos de identificación y condiciones y antecedentes de los oferentes.
Efectuado el análisis y selección derivada de la apertura del SOBRE Nº 1 (Uno) para el cual se seguirá el procedimiento de selección previsto por el presente Pliego, se fijará posteriormente la fecha de apertura del SOBRE Nº 2 (Dos), conteniendo la “Propuesta Técnica y Económica”.
17.1.1.- En el SOBRE Nº 1) (Uno) deberá incluirse:
A.- Zonificación y localización del inmueble:
A.1.- Zonificación: (memoria descriptiva + plano) la que deberá adecuarse a las previsiones contenidas en el presente pliego.
- Plano de ubicación del predio del Taller de Verificación Técnica en la Zona Urbana.
- Indicación Compatibilidad y Uso del inmueble según Código Urbano Municipalidad de Villa Ocampo, conforme certificación de viabilidad extendida por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Villa Ocampo.
- Infraestructura de servicios municipales actuales: iluminación, semaforización, barrido, limpieza, recolección de residuos, colectivos urbanos, control público, etc.
Deberá acompañarse según el caso:
- Copia del título de propiedad sobre el inmueble en que se propone instalar la Planta debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad a nombre de la Oferente, o;
- Copia del contrato de arrendamiento (prioridad del oferente – compromiso de arrendamiento en caso de ser adjudicado – plazo de arrendamiento, etc.).
- Certificado de libre deuda Municipal y gravámenes del citado inmueble.
A.2.- Localización: Análisis del lugar de localización (memoria descriptiva + datos técnicos + croquis / planos, etc.)
- Accesibilidad al lugar de vehículos livianos y pesados.
- Diagrama de accesos – salidas vehicular circuito de Calles, Avenidas, Rutas (vías de comunicación en general), que le permiten la entrada – salida.
- Características de la arteria (o arterias) por donde se producirán los ingresos / egresos (nombre, progresiva, ancho total, tipo – calle-avenida-ruta, etc. – tipología de mejora vial – ancho, iluminación, habilitada tránsito pesado, etc.).
- Croquis indicativo de la vinculación - circulación vial área de accesos y salidas de vehículos.
- Determinación de los nodos de conflicto, con la trama vial urbana existente (con áreas para desaceleración y aceleración).
B.- Requisitos formales, datos de identificación y condiciones del oferente:
B.1.- Recibo o comprobantes oficial del pago del precio del Pliego, en original por Pesos Diez Mil ($ 10.000.-) en original.
B.2.- Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento del oferente, en caso de ser persona física; en el supuesto de tratarse de una persona jurídica se deberán adjuntar dos (2) copias autenticadas del contrato constitutivo, estatuto, acta de designaciones e Inscripción en el Registro Público de Comercio e Industria, y constancia de subsistencia de la sociedad emitida por el Registro Público de Comercio respectivo.
B.3.- En el caso de Uniones Transitorias de empresas o consorcios con o sin participación extrajera, deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 8º del presente, cubriendo los requisitos de la Ley Nº 19550 y modificatorias.
B.4.- Indicar el domicilio Real y constituir domicilio legal en la ciudad de Villa Ocampo y sus números de teléfono y/o fax, y/o correo electrónico.
B.5.- Un ejemplar del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas, sus anexos y circulares con o sin consulta, si las hubiese, firmados en todos sus folios por el oferente o los representantes legales
B.6.- Comprobantes de obligaciones fiscales y previsionales; constancia de Número de C.U.I.T. con situación frente al I.V.A.
B.7.- Certificado sobre antecedentes concursales emitido por el Registro de Procesos Universales correspondiente al domicilio real del Oferente o domicilio social de tratarse de personas jurídicas.
B.8.- Informe de Libre Inhibición certificado por el Registro General de la Propiedad de Santa Fe, y del correspondiente al domicilio real del Oferente o del domicilio social de ser en otra Provincia, haciendo constar que el oferente no se encuentra inhibido.
B.9.- Referencias comerciales, bancarias, así como todo otro dato que considere de interés para ampliar el conocimiento de los antecedentes del oferente.
B.10.- Certificado del Registro Nacional de reincidencia criminal y estadística criminal y carcelaria en relación al Oferente, si es persona física, y los miembros de directorio, socios, socios gerentes o directores de Sociedades contempladas en la Ley 19.550 y modificatorias.
B.11.- Constancia de no encontrarse los miembros de directorio o socios, socios gerentes o directores de Sociedades contempladas en la Ley 19.550 y modificatorias, sancionadas en padrón de proveedores municipales y/provinciales. Igual requisito regirá para las personas físicas.
B.12.- Informe Negativo del Registro de Deudores Alimentarios morosos correspondiente al domicilio del oferente. Para el caso de personas jurídicas deberán presentarlo los miembros del directorio o socios, socios gerentes o directores de Sociedades contempladas en la Ley 19.550 y modificatorias.
B.13.- La aceptación expresa del oferente de someterse al Tribunal Contencioso Administrativo competente para la ciudad de Villa Ocampo o al Tribunal Ordinario competente de la ciudad de Villa Ocampo según corresponda, para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la contratación, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que le pudiera corresponder, inclusive el Federal.
B.14.- Certificado de libre deuda de tributos en la Municipalidad de Villa Ocampo, expedido por la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
B.15.- Certificado de libre deuda de multas expedido por el Juzgado Municipal de Faltas de la Municipalidad de Villa Ocampo.
B.16.- Declaración expresa que conoce las condiciones, normativa y exigencias técnicas en que debe desarrollarse el servicio licitado.
17.1.2): En el SOBRE Nº 2) (Dos) deberá incluirse:
A.- “PROPUESTA TÉCNICA”:
Pauta General: Deberá tenerse presente que todo lo inherente a las “Especificaciones Técnico Legales para la instalación y funcionamiento del Centro de Revisión Técnica deberá darse estricto cumplimiento a la Ley Provincial N° 13.133, sus Decretos Reglamentarios y Modificatorios, y las Resoluciones y Disposiciones Generales y Complementarias que dictadas por la autoridad de aplicación provincial en la materia.
Pautas Específicas: La “Propuesta Técnica” deberá incluir:
A.1.- Los proyectos técnicos conformes con el Pliego deberán detallar exhaustivamente el tipo y modo del total de verificaciones y el porcentual de re verificaciones estimadas que realizará y sus aspectos inherentes, así como el equipamiento que empleará y la periodicidad de su calibración.
A.2.- Proyectos de las obras necesarias para cada Centro de Revisión Técnica que deberán contener como mínimo la siguiente documentación:
- Planta de conjunto (en la cual se deberán incluir la distribución y la cantidad de estacionamiento previstos, tanto para las playas de entrada y salida y la correspondiente a vehículos dados de baja). - Plantas (de la totalidad de las construcciones que compongan la estación) - Cortes (de la totalidad de las construcciones que compongan la estación) - Vistas (como mínimo deberá presentarse la totalidad de las vistas correspondientes al edificio principal). - Diseño y pre dimensionado de las siguientes instalaciones: * Iluminación * Fuerza motriz * Sanitarias * Aire Acondicionado * Contra incendio * Extracción de gases tóxicos * Gas * Iluminación de emergencia * Fuerza motriz de emergencia * Aire comprimido - Memoria descriptiva y metodología constructiva - Especificaciones técnicas de la totalidad de los materiales a ser utilizados tanto en las obras civiles como en las instalaciones arriba mencionadas - Cómputo métrico - Listado y programa completo y detallado de los planos y documentos técnicos a presentar, en la eventualidad de resultar adjudicatario, para el proyecto de las obras e instalaciones. La documentación deberá ser presentada en papel y en soporte magnético en escala completamente acotada en cuanto a sus dimensiones constructivas se refiere. Las escalas deberán responder a los siguientes parámetros de detalles, como mínimo: - Planta de conjunto: escala 1:200 - Resto de las plantas, cortes y vistas: escala 1:100. Los proyectos de los Centros de Revisión Técnica deberán cumplir con una serie de pautas básicas, las cuales se enumeran a continuación: - Una playa de estacionamiento de entrada, con capacidad mínima equivalente a dos horas de la capacidad operativa del Centro de Revisión Técnica. No se admitirá que los vehículos formen filas, con desplazamientos intermitentes delante de cada línea o puesto de control. - Una playa de estacionamiento para los vehículos que deberán ser retirados por medio de remolque - Una playa de estacionamiento para los vehículos ya revisados, con una capacidad mínima de media hora de la capacidad operativa del centro de verificaciones, para permitir la consulta sobre el resultado de la inspección por parte del propietario, sin interferir con el procedimiento del Centro de Revisión. Las zonas de entrega y recepción por parte del usuario, deberán ser cubiertas. - Un sistema de circulación que permita la atención de usuarios discapacitados. El proyecto de cada Centro a presentar deberá responder, tanto técnica como arquitectónicamente al objeto específico de la presente Licitación.
A.2.1.- Predimensionamiento del Complejo:
(Memoria descriptiva + memoria técnica + planos + planillas, etc.)
Superficie necesaria total para el complejo (teniendo en cuenta la cualificación y cuantificación de la demanda a satisfacer en forma inmediata y a 20 años)
Predimensionamiento de superficies libres y cubiertas resultantes
- Proyecto arquitectónico de Obra Privada:
La idea general del proyecto del Centro deberá abarcar como mínimo la elaboración de los diseños y/o croquis ajustados generales del complejo: funcionamiento, circulaciones y plantas generales;
- particularmente de los edificios, plantas, perspectivas, estilos, etc.;
- todo lo expuesto base estricta del proyecto arquitectónico definitivo, y considerando, como mínimo, las siguientes áreas para la etapa actual:
- área de servicio a los vehículos livianos;
- área de servicio a los vehículos pesados;
- área de la zonas de estacionamiento (personal de planta y para los clientes);
- áreas verdes;
- vía de desvío vehicular (y/o espera transitoria), ubicado entre las dos líneas de revisión, para evacuar al exterior los vehículos que no consiguieren aprobar la revisión técnica;
- áreas techadas para proteger los equipos instalados en la planta de RTV, en los largos y anchos que según los criterios de diseño que se determine;
- áreas destinadas a almacén para documentos y depósito en general;
- área administrativa, comercial que comprenderá los espacios destinados a:
. Administración.
. Centro de cómputo y manejo de datos.
. Oficina o ventanilla de Información al usuario.
. Recepción de documentos, revisión documentaria y control de ingreso de vehículos a las líneas de revisión técnica.
. Oficina o área para la entrega de certificados y devolución de documentos al usuario.
. Sala de espera.
. Servicios higiénicos para el personal que labora en la planta.
. Servicios higiénicos para clientes.
. Áreas de comerciales y/o de esparcimiento.
. Oficinas o ambientes para el personal directivo y técnico.
. Vestidores para el personal técnico.
(*) Las áreas y superficies podrán tener destinos comunes o múltiples de acuerdo al diagrama del Experto.
Deberán agregarse los pertinentes planos y diseños no resultando suficiente que se haga referencia a planos o diseños por tipología o similaridad de edificaciones de otros Centros.
Escalas: conforme a Oficinas Técnicas y Obras Privadas Municipalidad de Villa Ocampo.
Los mismos deberán cumplir con las formalidades pertinentes para lograr la aprobación de la obra y los permisos de construcción correspondientes ante la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Villa Ocampo (planilla preventiva balance de superficies, etc.).
- Obras viales (internas) en el proyecto se deben definir, a nivel constructivo, las soluciones para la ejecución de las trazas viales, y accesos en general, de manera que queden integrados en la presentación:
1. traza,
2. tipo de calzadas,
3. radios de giro, medidas complementarias (si correspondiere señalización horizontal y vertical, semaforización, etc.)
(*) Toda documentación conforme normas Dirección Nacional de Vialidad (DNV), Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Santa Fe (DPV) y Municipalidad de la Ciudad de Villa Ocampo, según corresponda.
- Impermeabilización del terreno porcentaje de impermeabilización - saneamiento básico- plantas incluyendo puntos de desagües, pendientes, etc.
A.2.2.- Área de servicio
(Memoria descriptiva + memoria técnica + planos + planillas, etc.)
- Planos con la distribución de la o las líneas de revisión y la ubicación de los equipos.
- Descripción de los equipos a utilizar, detallando sus características técnicas y de funcionamiento, adjuntando los folletos, manuales o fichas técnicas en los cuales se detallen las mismas, así como las garantías de funcionamiento y la existencia en el mercado que posibilite su compra . Se deberá acompañar declaración jurada del oferente en la cual se obliga a adquirir los citados equipos en caso de resultar adjudicatario y que éstos permanecerán fijos y en el Centro.
A.2.3.- Secuencia y programación de las obras
- Se estudiarán con detalle todas las actividades (construcciones, obras vinculantes e incluso auxiliares), necesarias para la total ejecución por etapas de las actividades previstas en el proyecto.
- Se establecerá el orden de prelación o simultaneidad necesaria para avanzar en ciclos completos de servicios de logística y multimodo.
- Se elaborará memoria técnico - descriptiva y diagrama de Gantt.
- Luego de la presentación del Expediente Técnico, se describirá el avance previsto en el Plan de Obras, detallado por ítem o rubros, elaborado sobre una base porcentual, considerando períodos mensuales, desde la firma del Contrato hasta la habilitación del total de la obra.
A.2.4.- Plan de Inversiones: De igual manera el “Plan de Inversiones”, elaborado sobre una base porcentual, considerando períodos anuales, desde la firma del contrato hasta la finalización del plazo de explotación;
A.2.5.- Cronogramas y Cursos de Acción: Asimismo, se presentará “Cronogramas y Cursos de Acción” para la implementación del sistema.
A.2.6.- Estudio de impacto socio-ambiental: Con todo lo proyectado se elaborará un “Estudio de Impacto Socio – Ambiental” que refleje las incidencias que generará esta obra sobre su entorno físico y social. También deberá analizar los impactos que producirá en sus distintas fases de construcción. Se deberán sugerir además, alternativas de solución a los aspectos ambientales negativos detectados y se deberán dejar planteadas, a través de un “Plan de Gestión Ambiental”, las medidas necesarias para mitigar, evitar y monitorear los aspectos citados.
El mismo deberá ser compatible con las exigencias de las Leyes Provinciales de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y sus Decretos Reglamentarios.
A.3.- Cantidad de revisiones: A realizar por cada Centro de Revisión Técnica, detallando: - Re verificaciones - Horas pico de atención - Efectos de la interrupción no programada de una línea de Revisión - Efectos de las paradas por mantenimiento programado.
A.4.- Descripción de Tareas: Descripción de la totalidad de las tareas de verificación a realizar, con indicación expresa del tiempo que se prevé emplear para cada una de ellas durante la revisión de cada una categorías técnicas de vehículos. Las tareas a realizar deberán contemplar como mínimo la totalidad de las funciones previstas en las especificaciones técnicas de las disposiciones vigentes.
A.5.- Cálculo del número de líneas de verificación necesarias: Se deberá indicar, en forma explícita, el lapso máximo que demandará la operación de verificación en forma completa de un vehículo. Este tiempo constituirá un dato garantizado, cuyo incumplimiento será penalizado.
A.6.- Equipamiento: Indicación clara y precisa (denominación, marca, modelo, etc.) de todos los equipos que se prevé utilizar en el Centro de Revisión Técnica. De tales equipos se acompañará el detalle de sus especificaciones técnicas, incluyéndose los respectivos catálogos, con la descripción de su origen, tipo, características y vida útil. – Periodicidad de la calibración que requieren, Antecedentes de su uso con éxito en plantas de Revisión de importancia y naturaleza análogas.
A.7.- Descripción Técnica de Equipos: La descripción de las características técnicas de los equipos e instrumentos de medición y de los sistemas de computación indicados en el punto anterior. Posibilidades que ofrecen los equipos de adecuarlos a cambios tecnológicos.
A.8.- Contratos de transferencia de tecnología y asistencia técnica, con los recaudos consignados en el presente Pliego.
A.9.- Descripción del sistema de absorción, neutralización de partículas sólidas y disminución de gases tóxicos de la planta.
A.10.- Descripción del sistema de atenuación de nivel de ruido generado, con indicación de los valores tope que el Concesionario se compromete a no superar. Dichos valores constituirán un dato garantizado, cuyo incumplimiento será penalizado. Podrán existir líneas con dispositivos de atenuación de sonido para vehículos altamente ruidosos.
A.11.- Descripción del servicio de remolque para el retiro de vehículos.
A.12.- Organigramas y su descripción funcional.
A.13.- Capacitación del personal: - Dictado de cursos.
A.14.- Cronograma de mantenimiento, programado y eventual.
A.15.- Recolección de datos: - Por sistema computarizado: - descripción de la base de datos, control de la línea de verificación y recolección de datos, archivo de especificaciones técnicas y resultados de las verificaciones - Conexión online con la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL y con la Municipalidad de Villa Ocampo.
A.16.- Medidas de seguridad: - De la planta - Del personal propio - De los usuarios.
A.17.- Una vez seleccionada la oferta, el Municipio exigirá la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) tal como lo establece las Leyes Provinciales de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y sus Decretos Reglamentarios.
A.18.- Responsabilidad por daños al vehículo y responsabilidad civil.
A.19.- Certificado de Revisión Técnica: Propuesta de las características del mismo de acuerdo al modelo establecido en las disposiciones vigentes.
A.20.- Comunicación online con LA AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL y con la Municipalidad de Villa Ocampo para reportar las novedades que hacen al funcionamiento del servicio, propuesta del soporte a utilizar.
A.21.- Plan de información al usuario de las revisiones que se le harán al vehículo, los límites admisibles, tiempos y costos. La señalización con la información debe ser visible dentro y fuera de la Planta.
A.22.- Descripción de los uniformes del personal.
A. 23.- NIVEL DE LA PRESTACIÓN: Los oferentes indicarán en forma detallada las especificaciones técnicas que se aplicarán, relacionadas con los niveles de prestación de materiales y equipos que utilizarán. Asimismo, los Oferentes definirán, a través de estándares (indicadores) a ser mantenidos durante la vigencia del contrato, el nivel de prestación del servicio, siempre dentro de las pautas establecidas por el Pliego. El mantenimiento en estado de operatividad del equipamiento utilizado, su regular renovación, la incorporación de tecnología más evolucionada con respecto a la empleada circunstancialmente, conformarán pautas fundamentales, cuyo cumplimiento será sistemáticamente constatado por el Municipio y/o por la Agencia Provincial de Seguridad Vial. La impecabilidad en la presentación uniformada del personal y en las condiciones de alistamiento, desinfección y señalización informativa, operativa y de emergencia de las instalaciones: edificios y su entorno, infraestructura de apoyo y equipamiento específico, según la normativa de higiene y seguridad vigente, serán motivo de regular inspección por parte del Municipio. Resultará de responsabilidad del Concesionario planificar y prever los medios adecuados para poder atender, en todo momento, no sólo la demanda estimada por el Pliego (verificaciones y re verificaciones), sino también el incremento real por encima de aquella.
A.24.- ANTECEDENTES:
A.24.1.- ANTECEDENTES DE SERVICIOS DEL OFERENTE: En caso que el oferente cuente con antecedentes y referencias en la prestación de servicios similares o cuyas características técnicas sean similares a las exigencias del presente pliego, indicará los mismos. El oferente deberá efectuar en tal caso, una descripción amplia de los servicios que haya prestado, aportando antecedentes pormenorizados del desarrollo de dicha prestación. a): Descripción precisa del servicio prestado; b): Persona a la que prestó dicho servicio, indicando su domicilio; c): Período de prestación de dichos servicios; d): Si fue pasible de alguna sanción en virtud de dichos servicios.
Asimismo, deberá presentar un detalle de todos los equipos y/o materiales de que dispone para la prestación del servicio.
A.24.2.- ANTECEDENTES DEL PERSONAL OPERADOR: Indicará la nómina completa y currículo vitae del personal directivo, profesional, técnico y especializado, responsable de la correspondiente parte del proyecto presentado y de su desarrollo futuro. En cada caso se debe discriminar su relación con el oferente e indicar la función que desempeñará y el grado de afectación al servicio que se le atribuirá en la eventualidad de resultar adjudicatario.
A.24.3.- ANTECEDENTES TÉCNICOS: Demostración de la competencia técnica del Oferente mediante la presentación de constancias que lo acrediten bajo la responsabilidad de la entidad que los emita. Las mismas habrán de referirse a los respaldos que posea en el orden técnico, de servicio y de mantenimiento, como así también en lo que se refiere a los equipos a proveer. En el caso de asistencia técnica y transferencia de tecnología, se deberá presentar el convenio entre las partes debidamente instrumentado, el que deberá cumplimentar los requisitos estipulados en este pliego; este punto estará salvado con la presentación de la Certificación de aptitud técnica otorgada por el INTI.
A.24.4.- REQUISITOS BÁSICOS DE LOS ANTECEDENTES: Las Empresas que brinden el respaldo técnico al oferente deberán ser empresas proveedoras de equipos que acrediten experiencia y capacidad en las materias aludidas en el punto indicado Los Oferentes deberán acreditar que cuentan con el respaldo técnico para la prestación del servicio, el mantenimiento y el entrenamiento de personal, por parte de la empresa o empresas proveedora de los equipos a utilizar o empresa operadora. Éstas, a su vez, deberán poseer antecedentes de capacidad suficiente en la fabricación y provisión de equipos de avanzada tecnología o empresas operadoras. Tanto el proyecto como la construcción o la provisión de las obras, instalaciones y equipos, podrán ser contratados o bien realizados por uno o más integrantes del Oferente. En tal caso, deberá acreditarse una capacidad acorde con la magnitud de las tareas a ejecutar a satisfacción del Municipio y la relación contractual que los vincula no podrá ser modificada sin previa autorización de ésta. El Municipio se reserva el derecho de rechazar, a su solo juicio, el eventual pedido de modificación de dicha relación contractual.

DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN, ADJUDICACION Y CONTRATACION
Artículo 18º) RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas se recibirán hasta el día 8 de mayo de 2026 a las 9:00 Hs. en Mesa de Entrada del Palacio Municipal, calle Tibaldo 1578 de la Ciudad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, República Argentina, donde se otorgará constancia de la recepción de sobres. Las propuestas recibidas serán enumeradas correlativamente en su recepción.
No se tomarán en cuenta las propuestas recibidas con posterioridad al día y hora fijados en el presente pliego para la apertura de la Licitación.
No serán tenidas en cuenta las ofertas presentadas en otra formalidad que no sea la precedentemente indicada.
Artículo 19º): APERTURA DE LAS PROPUESTAS: La apertura de la presente Licitación Pública se llevará a cabo el día 8 de mayo de 2026, a las 10.00 horas, en el dependencias de la Municipalidad de Villa Ocampo, o el primer día hábil siguiente, a la misma hora, si éste resultare inhábil.
En el día y hora fijados para la apertura de la Licitación, se procederá a la apertura de los SOBRES Nº 1 (Uno), en presencia de los interesados que concurran al acto y del público en general. Se anunciará la cantidad de propuestas recibidas y el contenido de cada una de ellas.
Los SOBRES Nº 2 (Dos) de todas las propuestas recibidas, identificados con el número de recepción, serán colocados en un sobre o saco, el que será cerrado ó precintado y firmado por el funcionario municipal y por los asistentes que deseen hacerlo, depositados en la Secretaría de Hacienda y Finanzas o en una en caja habilitada al efecto de la presente licitación pública, hasta el día que se fije para la apertura de los SOBRES Nº 2 (Dos).
No se considerarán las propuestas que presenten correcciones, enmiendas, raspaduras o entre líneas que no hubieran sido salvadas en debida forma al pie de la misma.
De todo lo actuado en el acto de apertura, se labrará un “Acta” donde se asentarán las observaciones que formulen los Oferentes y las resoluciones de las autoridades municipales que dirigirán el acto. Dicha “Acta” será firmada por las autoridades municipales que concurran al acto y por los oferentes y asistentes que deseen hacerlo.
Artículo 20º): OMISIÓN DE LOS RECAUDOS DE PRESENTACIÓN: Será causal de rechazo de la propuesta en el acto de la apertura de la Licitación la no presentación del comprobante de pago del pliego.
En el caso que faltare alguna de la documentación exigida se brindará un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos contados a partir de la notificación respectiva, para completar dicha documentación.
El incumplimiento en integrar satisfactoriamente la documentación exigida en el término previsto en este artículo, será causa de rechazo de la oferta.
Las propuestas rechazadas serán archivadas por la Municipalidad, reintegrándose al oferente el SOBRE Nº 2 (Dos).
Artículo 21º): IMPUGNACIONES: La formulación de impugnaciones se regirá por el siguiente procedimiento:
a) Los Oferentes tendrán derecho a tomar vista de lo actuado en el acto licitatorio durante el día siguiente hábil al de la apertura de los SOBRES, concurriendo para tal fin a la dependencia municipal de origen, donde se hubiere realizado el acto, pudiendo, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del término anterior, presentar las impugnaciones que estimaren procedentes.
b) Las impugnaciones deberán ser presentadas separadamente, cada una de ellas por escrito en papel sellado, exponiendo las razones de hecho y derecho en que se funden.
c) Las impugnaciones no fundadas, o aquellas insignificantes o carentes de importancia que, a juicio del Departamento Ejecutivo Municipal, hayan tenido el propósito de entorpecer el trámite de adjudicación; podrán hacer pasible, a quien las haya formulado, de su suspensión por hasta doce (12) meses en los Registros de Proveedores de la Municipalidad y de la Provincia.
Artículo 22º): PRECALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS: La documentación contenida en los SOBRES Nº 1 (Uno) será analizada por el Departamento Ejecutivo Municipal en relación a las Ofertas que considere calificadas para la segunda etapa de la Licitación.
22.1.- Responsabilidad por las Propuestas: El Oferente responde por la seriedad de la propuesta y por la fidelidad de los datos y referencias consignadas en la misma. El falseamiento de datos determinará la inmediata exclusión del oferente con la pérdida de la garantía constituida, y demás sanciones establecidas en el presente pliego. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la adjudicación o contratación, será causal para dejar sin efecto la misma o rescindir el contrato por causa imputable al contratista, con pérdida de la garantía constituida y sin perjuicio de las demás responsabilidades civiles y penales que derivaran del hecho.
22.2.- Admisión de las Propuestas: El Departamento Ejecutivo Municipal resolverá la admisión o desestimación de cada una de las propuestas presentadas y comunicará por escrito a todos los proponentes el resultado de la evaluación, invitando a los precalificados a asistir al acto de apertura de los SOBRES Nº 2 (Dos), el que se llevará a cabo dentro de los DIEZ (10) DIAS HABILES siguientes.
Los que no resulten calificados en el acto de su notificación serán invitados a retirar su oferta dentro de los DIEZ (10) DÍAS subsiguientes a la notificación.
22.3.- Condiciones para la Admisión de las Propuestas: Para que una propuesta sea precalificada deberá:
a) Contar con la aprobación respecto de la ubicación del inmueble en el cual se prestará el servicio.
b) Cumplir satisfactoriamente con los requisitos legales y documentales, normativa exigible, antecedentes personales del oferente y su personal, estados contables, información económico-financiera, y demás requisitos exigidos detallados en el presente pliego.
c) Resultar de conformidad, a juicio debidamente fundado de la autoridad Municipal, conforme los parámetros establecidos, satisfactorio y suficiente el análisis de los antecedentes, capacidad económica del proponente, los antecedentes del Representante y de la organización funcional propuesta.
d) Que la propuesta no quede incluida en alguna de las causales de descalificación previstas en el presente Pliego.
22.4.- Causales de Descalificación: Son causales de descalificación:
1) Que el mismo Proponente y/o Representante Técnico hayan integrado dos o más propuestas
2) Que exista un acuerdo tácito entre dos o más licitantes o Representantes Técnicos.
22.5.- Efecto de la Descalificación: Los proponentes que resulten descalificados podrán ser suspendidos del Registro de Proveedores Municipales y/o Provinciales.
Artículo 23º): APERTURA DE LOS SOBRES Nº 2 (Dos):
23.1.- Procedimiento: Los SOBRES Nº 2 (Dos) de las propuestas que hubieren sido admitidas serán abiertos en acto público el día y hora designado en la correspondiente notificación.
En primer término se separarán los SOBRES Nº 2 (Dos) de las ofertas que no resultaron admitidas. A continuación se abrirán los sobres de los oferentes admitidos, dándose lectura a la propuesta técnica y económica.-
23.2.- Pautas de Evaluación de la “Propuesta Técnica”: El Departamento Ejecutivo Municipal ponderará todos los aspectos técnicos y económicos, presentados por cada uno de los Oferentes preclasificados.
En los aspectos técnicos el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (I.N.T.I.), en su carácter de asistente técnico, podrá ser consultado si los Oferentes cumplen y satisfacen las Especificaciones Técnicas contenidas en el presente pliego, siendo su informe al respecto vinculante.
Será evaluada la ubicación propuesta del inmueble en el cual se prestará el servicio, la propuesta operativa, los equipos ofrecidos (tecnología), el programa de inversión, fuentes de financiamiento presentados por cada uno de los oferentes y demás aspectos contenidos en las ofertas y exigidos en el presente pliego.
A los fines de su cometido podrán requerirse los informes que fueren necesarios a los oferentes o a terceros. Podrá asimismo requerir a los oferentes aclaraciones a las propuestas, debiendo éstos expedirse en el plazo de tres (3) días hábiles de serle requeridas. Las aclaraciones de propuestas en ningún caso podrán modificar la misma. En tal supuesto no serán tomadas en consideración.
La “Propuesta Técnica” será evaluada considerando todas las variables y datos peticionados en el Pliego, y se ponderará su calidad y factibilidad técnica, y su viabilidad de concreción en relación a los antecedentes y la capacidad económica financiera del Oferente y las inversiones proyectadas.
A estos fines, el puntaje máximo será de cien (100) puntos y se tomará como parámetros los siguientes puntajes:
a): Antecedentes empresarios y capacidad económica: ------------ Hasta veinte (20) puntos.-
b): Antecedentes técnicos y en el servicio licitado o similares: ---- Hasta veinte (20) puntos.-
c): Antecedentes del personal operador: ------------------------------ Hasta quince (15) puntos.-
e): Proyecto de Obra e instalaciones civiles: -------------------------- Hasta quince (15) puntos.-
f): Equipamiento: ----------------------------------------------------------- Hasta quince (15) puntos.-
g): Viabilidad y ventajas del Proyecto ofertado: ----------------------- Hasta quince (15) puntos.-
Orden de Mérito: El Departamento Ejecutivo Municipal, luego de evaluar todas las “Propuestas Técnicas”, formulará un Orden de Mérito debidamente fundamentado de las Ofertas.
Adjudicación: El Departamento Ejecutivo Municipal adjudicará el servicio licitado al Oferente que efectuare la oferta más conveniente, valorando todas las variables y datos peticionados en el Pliego.
Si lo estima conveniente, podrá rechazar todas las propuestas, sin que esto genere derecho a reclamo de ninguna naturaleza por parte de los interesados.
La circunstancia de recibirse una sola propuesta no impide ni obliga la adjudicación.
El perfeccionamiento de la adjudicación queda condicionada a la suscripción del pertinente convenio entre la Municipalidad y los organismos provinciales/nacionales competentes en la materia.
Artículo 24º): FIRMA DEL CONTRATO: Resuelta la adjudicación y comunicada fehacientemente al adjudicatario, éste se presentará dentro de los DIEZ (10) DÍAS hábiles subsiguientes, para suscribir el contrato.
Si el adjudicatario no se presentase a firmar el contrato dentro del plazo indicado, perderá la garantía de oferta y será sancionado en el Registro de Proveedores correspondiente.
Una vez firmado el contrato, el adjudicatario procederá por su cuenta y cargo a sellar el mismo de conformidad con lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe.

Artículo 25º): DOCUMENTOS DEL CONTRATO. DISPOSICIONES APLICABLES
Formarán parte del contrato y tendrán el orden de prelación con que se los lista, los siguientes documentos:
1) El Pliego de Licitación y Circulares aclaratorias.
2) El Contrato, la Oferta adjudicada y el Decreto de adjudicación.
3) La Ley Provincial N° 13.133, sus Decretos Reglamentarios y Modificatorios, y las Resoluciones y Disposiciones Generales y Complementarias que dicte la autoridad de aplicación provincial en la materia; la Ordenanza Nº 1722/24, Modificatorias y demás normativa municipal aplicable al proceso de contratación
Artículo 26º): TRANSFERENCIA DE LA CONCESIÓN: El Contratista no podrá transferir o enajenar, por ningún título, forma ni modo, la Concesión salvo autorización previa y expresa del Departamento Ejecutivo Municipal, bajo pena de rescisión de la concesión; reservándose la Municipalidad el derecho de accionar judicialmente por los perjuicios ocasionados.

DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION DEL CONTRATO
Artículo 27º): INICIACION DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS: La iniciación de la prestación del servicio deberá llevarse a cabo a partir del día 8 de julio de 2026, de acuerdo al plan propuesto por la adjudicataria en su oferta.
Del inicio de las actividades y del cumplimiento de los compromisos hasta aquí asumidos se dejará constancia en un “Acta de Inicio del Servicio de Revisión Técnica Vehicular”.
Si en la fecha prevista no se cumplimentara la iniciación del servicio, podrá ser dejada sin efecto la Concesión otorgada, sin perjuicio de las demás acciones que legalmente correspondan.
HABILITACION DEL SERVICIO: El Centro de Revisión Técnica Vehicular será habilitado por la Agencia Provincial de Seguridad Vial, mediante el acto administrativo correspondiente, previo cumplimiento por parte del Concesionario de todos los requisitos y condiciones establecidos en este Pliego y normativa vigente, de conformidad a lo previsto en todas las disposiciones del mencionado Organismo, en su carácter de autoridad de aplicación.
Artículo 28º): CAMBIO DE DOMICILIO DEL CONCESIONARIO: En caso de modificarse el domicilio especial del Concesionario durante la vigencia del contrato, aquél está obligado a comunicar sin demora, en forma fehaciente a la Municipalidad de Villa Ocampo su nuevo domicilio el que deberá estar siempre en la ciudad de Villa Ocampo - Provincia Santa Fe.
Artículo 29º): OBLIGACIONES FISCALES Y LABORALES: El Concesionario estará obligado a cumplir en tiempo y forma con todas sus obligaciones fiscales. Deberá estar al día con las obligaciones laborales, previsionales y en materia de higiene y seguridad en el trabajo, con relación al personal dependiente que utilice en el servicio, incluido un seguro contratado en una Aseguradora de Riesgos de Trabajo, siendo exclusivo responsable por cualquier accidente que ocurra al citado personal.
Además de cumplir con todas las normas legales en materia de higiene y seguridad laboral, es obligatorio, para el Contratista, tener en cada una de las unidades afectadas al servicio, un botiquín suficientemente provisto con los medicamentos y útiles de curación que se requieran para los casos de accidentes o indisposiciones transitorias que puedan ocurrirle al personal que presta dicho servicio y/o usuarios.
Todo personal del adjudicatario debe disponer en forma permanente de carnet plastificado que identifique: Nombre, Apellido, Empresa Contratista, Dirección y Teléfono de la misma, Grupo Sanguíneo y detalles de remedios y/o elementos que originen alergias al portador.
Artículo 30º): RESPONSABILIDAD CIVIL: Quien resulte Concesionario será responsable civilmente por los daños y perjuicios que, como consecuencia de los servicios a que se refiere la presente Licitación se ocasionen a bienes y/o personas, relevando a la Municipalidad de toda obligación al respecto.
El Concesionario será responsable ante la Municipalidad y/o terceros por el comportamiento indebido en que incurran sus dependientes o vinculados.
El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produzcan, correrá por cuenta del Concesionario. Esta responsabilidad subsistirá hasta que se verifique la finalización de la obligación contractual.
Seguros: El Concesionario está obligado a tomar un Seguro que cubra la Responsabilidad Civil por lesión y/o muerte de terceros y daños y/o destrucción de cosas y/o bienes de terceros y/o de la Municipalidad de Villa Ocampo, que se ocasione con motivo y/u ocasión de la prestación del servicio adjudicado.
Artículo 31º): JORNALES Y COMPROBANTES DE PAGOS DE LEYES SOCIALES: El adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal empleado, abonar íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo. No podrá abonar a sus obreros salarios inferiores a los establecidos legalmente, debiendo entenderse que dichos salarios se liquidarán por la jornada legal del trabajo.
Deberá presentar todos los meses los comprobantes de pagos de las Leyes Sociales, cada vez que le sean solicitados por la inspección.
Artículo 32º): CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PREVISIONALES E IMPOSITIVAS: El adjudicatario deberá encontrarse en todo momento al día con el cumplimiento de sus obligaciones previsionales e impositivas, tasas, derechos, contribución por mejoras, etc., creados o a crearse.
Artículo 33º): INSPECCION: La Municipalidad fiscalizará la presente Concesión a través de los funcionarios que oportunamente se designen como Inspectores del servicio.
La inspección tendrá libre acceso a los lugares de trabajo, depósitos, Centros de atención y reclamos y oficinas del Concesionario, así como a libros, registros y archivos de todo tipo, manuales o informáticos, durante las horas de trabajo. El Concesionario estará obligado a presentar informes trimestrales, o cada vez que lo requiera la autoridad de aplicación, referentes a la marcha del servicio y los trabajos que se realicen a satisfacción de la Inspección.
La comunicación en línea entre el municipio, la Agencia Provincial de Seguridad Vial y la empresa concesionaria será considerada como calidad del servicio, y su ausencia será considerada falta grave.
En caso de incumplimiento a las disposiciones del presente Pliego, o a las estipuladas por la legislación nacional, provincial y municipal aplicable, debidamente verificadas, la Inspección labrará acta del hecho recomendando fundamentalmente al Departamento Ejecutivo las medidas a adoptar.
Artículo 34º): MARCHA DE LOS TRABAJOS: Si una vez iniciada la prestación del servicio la concesionaria no los siguiera con la celeridad necesaria, la Inspección podrá ordenarle su intensificación.
El adjudicatario deberá acatar sin discusión las órdenes que le imparta la inspección. Las demoras en la ejecución de los trabajos darán lugar a la aplicación de las sanciones que se establecen en este pliego.
Artículo 35): DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS: La organización, dirección y prestación del servicio correrá por cuenta del adjudicatario. La Inspección podrá variar el orden en que deben ejecutarse los trabajos, cuando las circunstancias así lo requieran.
Artículo 36º): LIBRO DE ACTAS, DE ORDENES DE SERVICIO Y DE NOTAS DE PEDIDO: El Adjudicatario deberá proveer a la inspección de dos (2) registros por triplicado (dos hojas móviles y una fija), encuadernados en forma de block que se destinarán al asiento de actas y órdenes de servicio en uno de ellos y de notas de pedidos en el otro.
Estos registros serán foliados y habilitados por el funcionario autorizado de la Municipalidad y se encontrarán dos (2) ejemplares, el fijo y uno (1) móvil en poder de la Inspección del servicio; y el restante móvil en poder del Adjudicatario. Todos serán de igual tenor.
Todas las órdenes que imparta la Inspección y los pedidos que formulará el Concesionario, no tendrán validez si no se hicieran por intermedio de los respectivos registros.
En las Actas se dejará constancia del comienzo, finalización, renovación, del incumplimiento del Concesionario a las exigencias del contrato.
Artículo 37º): DIRECTIVAS DE SERVICIO: RECURSOS: El Concesionario no podrá negarse a recibir y acatar una directiva de trabajo relacionada con la prestación del servicio, pudiendo en todo caso manifestar su disconformidad dentro de los diez (10) días hábiles administrativos, si es que la misma excede los términos del contrato.
La cuestión será resuelta por la Municipalidad mediante Resolución de la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana, pudiendo recurrirse conforme artículo 69 Ley 2756 –t.o. Decreto 67/85.
Artículo 38º): CONCLUSION DE LA CONCESION DEL SERVICIO: La relación contractual quedará extinguida por:
1. Vencimiento del plazo de duración del “Contrato” conforme a lo previsto en este Pliego.
2. Mutuo acuerdo.
3. Por razones jurídicas, técnicas o de hecho, que a juicio de la municipalidad hagan imposible o inconveniente el cumplimiento del objeto de la concesión.
4. Por rescisión dispuesta por el Departamento Ejecutivo Municipal, por incumplimiento a cualquiera de los compromisos asumidos.
Artículo 39º): RESCISIÓN DE LA CONCESIÓN: El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer la rescisión de la concesión cuando mediare alguna de las siguientes causas:
1. Cuando el Concesionario sea culpable de fraude, negligencia grave o contravenga las obligaciones y condiciones estipuladas en el presente Pliego de Condiciones y Especificaciones y en especial en las disposiciones nacionales o provinciales que rigen en la materia.
2. Cuando por causas imputables al Concesionario se suspendieren los servicios durante más de quince (15) días consecutivos o más de Treinta (30) días alternados en el año, fehacientemente comprobadas y notificadas al Concesionario.
3. Por transferencia o cesión parcial o total del contrato, sin consentimiento de la Municipalidad, o cesión del capital social que importe virtual transferencia de la concesión, lo que se interpretará se opera cuando se modifique en más del cincuenta por ciento (50 %) la estructura nominal de socios vigente al momento de la Oferta.-
4. Por incumplimiento grave a leyes nacionales, provinciales y/o reglamentos u Ordenanzas Municipales.
5. Por presentación en concurso o quiebra del Concesionario.
6. Cuando el Concesionario suprima o modifique total o parcialmente los servicios concedidos por la Municipalidad, sin el consentimiento expreso de ésta.
7. Por falta falta de constitución o mantenimiento de los seguros exigidos.
8. Por falseamiento de informaciones, datos o antecedentes proporcionados a la Municipalidad, adulteración de registración y toda otra actitud que tenga por efecto viciar de error una decisión administrativa o proporcionar al Concesionario beneficios económicos indebidos.
9. Cuando se negare a prestar los servicios en las condiciones establecidas en éste Pliego.
10. Por las infracciones previstas en el presente Pliego de Bases y Condiciones que faculten a la Municipalidad a disponer la rescisión de la concesión.
Artículo 40º): DAÑOS Y PERJUICIOS: En caso de producirse la rescisión de la concesión por causa imputable al adjudicatario, éste responderá ante el Municipio por los daños y perjuicios que su accionar le ocasione.
Artículo 41º): AUTORIDAD DE APLICACIÓN.- ÓRGANO DE CONTROL:
1. La Provincia, a través de la Agencia Provincial de Seguridad Vial y la Municipalidad en lo que resulte de su estricta competencia, auditarán y fiscalizarán por sí o a través de terceros la presente concesión y las condiciones de prestación del servicio.
Los designados para la inspección y/o auditoría tendrán libre acceso a los lugares de trabajo, depósitos, centros de atención y reclamos y oficinas del concesionario, así como a libros, registros y archivos de todo tipo, manuales o informáticos, durante las horas de trabajo. El Concesionario estará obligado a presentar informes periódicos referentes a la marcha del servicio y los trabajos que se realicen a satisfacción de la inspección.
La comunicación en línea de los equipos de comunicación con la oficina central a la empresa concesionaria será considerada como calidad del servicio, y su ausencia será considerada falta grave.
En caso de incumplimiento a las disposiciones del presente Pliego, o a las estipuladas por la legislación provincial y municipal aplicable debidamente verificadas, la Inspección o auditoría labrará acta del hecho recomendando fundamentalmente al Departamento Ejecutivo las medidas a adoptar.
2. Se controlarán las instalaciones, la calibración de los equipos, el cumplimiento del Manual de Aseguramiento de Calidad y de los Procedimientos Operativos Standard (POES). La Agencia Provincial de Seguridad Vial, por sí, o través del organismo que disponga, realizará las auditorias tendientes a la verificación del cumplimiento de las especificaciones del servicio y a los procedimientos de revisión técnica.
Los aranceles que estas funciones demanden serán abonados por los concesionarios.
3. El Concesionario suministrará a la Agencia Provincial de Seguridad Vial, dentro del Centro de Revisión Técnica, un local con un mínimo de tres por tres de superficie, dotado de energía eléctrica, luminarias, mobiliario de oficina, aire acondicionado y calefacción, telefonía y equipo de computación.-
Artículo 42º): MULTAS:
1. Por no dar comienzo a la explotación parcial o total en la fecha prevista: El Municipio podrá aplicar multas que variarán entre el equivalente de 3.000 hasta 10.000 UTM (Unidad Tributaria Municipal), cuando no se dé comienzo a la explotación parcial o total del sistema en la fecha prevista tal como se especifica en el presente Pliego, independientemente de la pena de rescisión de la Concesión que le pudiese corresponder.
2. Por falta de equipamiento: La Municipalidad podrá aplicar multas que variarán entre el equivalente de 3.000 hasta 10.000 UTM, cuando no se presente el total del equipamiento ofrecido para la prestación del servicio, por elemento y por día de falta.
3. Por falta de presentación de informes: Por no presentar informes con la periodicidad exigida y/o con las características acordadas con la Inspección, se podrán aplicar multas que variarán entre el equivalente de 3.000 hasta 10.000 UTM.
4. Otras multas: Por toda otra falta a las previsiones de este Pliego se podrán aplicar multas que variarán entre el equivalente de 3.000 hasta 10.000 UTM.
También se tendrán en cuenta las faltas a la operación del servicio.
5. Por incurrir en algunas de las conductas tipificadas como pasibles de sanción por las disposiciones emitidas por las autoridades competentes en la materia, se aplicarán los montos de pena allí establecidos.
Artículo 43º): INTERCAMBIO DE COMUNICACIONES: El intercambio de comunicaciones entre la Municipalidad y el Concesionario se establecerá exclusivamente a través de los siguientes documentos:
- Ordenes de servicio: Las emite el Municipio y la Agencia Provincial de Seguridad Vial, y las recibe el Concesionario. Las Ordenes de Servicio son de cumplimiento obligatorio para el Concesionario, quién no podrá negarse a recibirlas en ningún caso. De considerar que alguna Orden de Servicio excede los términos del contrato, el contratista podrá emitir, dentro de los cinco (5) días de la recepción de la Orden de Servicio, una Nota de Pedido fundamentando su divergencia y solicitando su reconsideración.
- Notas de Pedido: Las emite el Concesionario y las recibe el Municipio y/o la Agencia Provincial de Seguridad Vial
- Actas: Se labran y rubrican en forma conjunta y se utilizan para documentar hitos en la marcha del contrato, tales como iniciación de los servicios, faltas en el servicio, etc.
Todos estos documentos se emitirán por triplicado en libros foliados denominados Libro de Órdenes, Libro de Pedidos y Libro de Actas respectivamente, a que refiere el art. 45.-
Artículo 44º): ATENCION AL USUARIO:
1. LÍNEA TELEFÓNICA Y PAGINA WEB: El concesionario deberá poner a disposición del usuario y la población en general de una línea telefónica y una página WEB para la atención de consultas o reclamos en general sobre el funcionamiento del sistema.
2. PONER A DISPOSICIÓN DEL USUARIO: En la oficina administrativa del adjudicatario, el concesionario deberá poner a disposición de usuario un libro de quejas para asentar en el mismo cualquier situación que éste crea conveniente, del cual se dará vista a la inspección con la periodicidad que la misma disponga.
Artículo 45º): OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO: OBLIGACIONES ESPECIFICAS PARA LA OPERACION DEL SISTEMA.
1. DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN: Serán provistos por la Agencia Provincial de Seguridad Vial, y se confeccionarán de conformidad a lo establecido por las disposiciones vigentes en la materia.
2. COMUNICACIONES A LA AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL: El Concesionario se encuentra obligado a comunicar diariamente a la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL, y sin perjuicio de la conexión en línea que se dispusiera, la información escrita y en soporte magnético que se determinarán al efecto, del detalle de los vehículos que no han resultado APTOS, tipificándolos como CONDICIONAL o RECHAZADOS. Asimismo comunicará la no presentación dentro del plazo de treinta días de la fecha de revisión, de los vehículos tipificados como CONDICIONAL. También diariamente se notificará la nómina de los que resulten APTOS, como de toda otra información convenida entre las partes. Todo ello, sin perjuicio de remitir a la AGENCIA PROVINCIAL toda información que le fuera requerida relativa al equipamiento de los centros, revisiones por categorías de vehículos, estado y características del parque revisado, y demás información de relevancia, y de efectuar las comunicaciones a la Municipalidad establecidas en el presente pliego.
3. NOMINA DE VEHICULOS A VERIFICAR: Cada concesionario elaborará un listado de los vehículos a inspeccionar, conforme al ámbito de la concesión, de acuerdo al padrón de la Administración Provincial de Impuestos del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, distribuyendo la carga de trabajo en el año calendario.
4. EVOLUCION TECNOLÓGICA: El Concesionario deberá introducir durante todo el período de la concesión las innovaciones tecnológicas que se produzcan, tendientes a mejorar la calidad y reducir el plazo de prestación del servicio que la misma demande.
5. INSTRUMENTAL: El Concesionarios, para cumplimentar el servicio de verificaciones, deberá emplear instrumental adecuado a las características del vehículo atendido. El instrumental mínimo a contar deberá cumplir lo establecido en las especificaciones técnicas legales; así como lo establecido por la reglamentación provincial vigente en lo que respecta a la inspección de emisiones.
6. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS AL VEHICULO: El Concesionario será responsable de todo daño que sufran los vehículos sujetos a verificación, mientras éstos permanezcan en el Centro de Revisión Técnica, siempre y cuando la causa no sea atribuible a terceros. Todo acto del personal del Concesionario o de sus Subcontratistas, será considerado del Concesionario.
7. GASES TOXICOS Y NIVEL DE RUIDO: En el diseño del Centro de Revisión, el Concesionario deberá prever la rápida absorción, neutralización de partículas sólidas y eliminación de los gases tóxicos generados por las labores que allí se desarrollan. También deberá atenuarse el nivel de ruido generado por las labores de verificación, tanto interior como exterior de los Centros, a valores admitidos por la normativa. Cada Oferente deberá indicar en su propuesta, el nivel máximo de ruido que se registrará en sus Centros de Revisión Técnica, valor que asegurará no ser superado y que constituirá un dato garantizado. Su incumplimiento dará lugar a la Municipalidad y/o a la Agencia Provincial de Seguridad Vial, a aplicar las multas que estimare pertinentes por incumplimiento de la normativa vigente y del contrato, y/o a rescindir la concesión, a su exclusivo criterio.
8. RECOLECCION DE DATOS: La recolección de datos que resulten de las mediciones y observaciones deberá ser asentada en el momento en un archivo electrónico correspondiente al vehículo en revisión. Por ende, la confección y edición del Certificado de Revisión deberá efectuarse a través de sensores y lectores digitales electrónicos vinculados a un procesador de datos. Así, no habrá carga de datos de manera manual, sino que éstos serán tomados por teclado de ingreso de datos.
9. EDICION DEL CERTIFICADO: El Certificado de Revisión Técnica, que será provisto por la Agencia Provincial de Seguridad Vial, contará con una numeración única y correlativa. El Concesionario completará el certificado con los datos señalados en el modelo indicado en el párrafo anterior.
10. CERTIFICADO DE REVISIÓN TÉCNICA: Cumplido el requisito de revisión, se emitirá el Certificado de Revisión Técnica que determinará tres estados o resultados de la verificación: APTO, CONDICIONAL y RECHAZADO.
10.1. El estado APTO será válido por el tiempo establecido según cada tipo de categoría de vehículo y según el servicio o destino a que este afectado. En este caso el vehículo no presenta deficiencias o las mismas no inciden sobre los aspectos de seguridad para circular en la vía pública.
10.2. El estado CONDICIONAL será válido para circular sólo por SESENTA (60) DÍAS. La nueva verificación abarcará sólo las partes rechazadas. Denota deficiencia que exige una nueva inspección. Si el usuario se presenta a la re-verificación antes de los 60 días hábiles, la reverificación será gratuita. Pasado ese lapso de 60 días, el Concesionario cobrará el 50% de la tarifa de la revisión.
10.3. El estado RECHAZADO no será válido para circular, por ofrecer riesgo a transportados y/o a terceros. El vehículo deberá ser estacionado en la playa de estacionamiento del Centro de Revisión hasta que el usuario contrate a un remolque y/o lo lleve a reparación. El estacionamiento en la playa será gratuito durante 24 hs. Pasado este lapso de tiempo la Concesionaria deberá transportar el vehículo al lugar que el usuario le indique o a una playa que deberá ser provista por el Concesionario. El costo y en su caso la estadía de los posibles traslados de los vehículos rechazados deben correr por cuenta del usuario.
10.4. El Certificado de Revisión Técnica caducará antes del vencimiento del plazo que el mismo indique cuando, a la vera del camino, se determine que el vehículo no se encuentra en condiciones reglamentarias, por lo que deberá realizar una nueva revisión mecánica.
11. RETIRO DEL VEHÍCULO: En los casos en que el usuario se encuentre obligado a retirar el vehículo por intermedio de un remolque, éste será derivado a una playa o depósito y la operación de retiro deberá realizarse antes de transcurridas 24 horas.
Pasado este lapso de tiempo la Concesionaria deberá transportar el vehículo a una playa que deberá proveer.- El costo de los posibles traslados de los vehículos rechazados serán a cargo del concesionario, sin perjuicio del derecho de éste de repetirlo contra el usuario infractor a través de las respectivas tasas de acarreo y estadía.
12. VERIFICACIONES: Las verificaciones a realizar y los valores numéricos de aceptación o rechazo son los establecidos en las disposiciones nacionales/provinciales vigentes en la materia.

  • Creado el

EDICTO - Venta de Excavadora Mainero

EDICTO - RESOLUCIÓN N° 01-0096/26

Venta de EXCAVADORA MAINERO -Modelo año 1980-
(En las condiciones en que se encuentra)

EXPOSICIÓN PARA REVISIÓN Y CONSULTAS: Secretaría de Servicios Públicos – Calle Mitre 950 (8:00 a 12:00 Hs.)
PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Hasta el 19/6/2026 a las 10:00 Hs. en Mesa de Entrada del Palacio Municipal – Calle Tibaldo 1578. En sobre cerrado identificado con la leyenda: “CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS – EXCAVADORA MAINERO”; conteniendo en su interior datos filiatorios del oferente, propuesta económica y plan de pago.

  • Creado el

Anexos Decreto Nº 1696/25 - Venta de lotes Área de Servicios - 4º Etapa

DECRETO Nº 1696/25

ANEXO 1

PLIEGO DE CONDICIONES DE OFERTAS

  1. OBJETO DEL LLAMADO:

La MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO, en su carácter de Titular del Inmueble denominado AREA DE SERVICIOS VILLA OCAMPO formula el presente llamado público a la presentación de Ofertas de Compras de terrenos aptos para la construcción de espacios de servicios (talleres, depósitos, etc.).

  1. ALCANCE DEL PLIEGO:

El presente Pliego, junto con las circulares y/o aclaraciones emitidas por la MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO regula las bases y condiciones a que deberá sujetarse la presentación de Ofertas, el trámite de selección de las mismas, así como los derechos y obligaciones del Oferente y del Titular bajo el llamado.

  1. TERMINOLOGÍA

A los electos de la interpretación de este Pliego, se entenderá por:

"Adjudicatario", es el Oferente que ha sido notificado fehacientemente de la selección de su Oferta.

"Año", es el período de doce meses.

"Boleto de Compraventa", es el instrumento que suscribirá el Titular con quien resulte Adjudicatario por haber sido seleccionada su Oferta, regulando los términos y condiciones bajo los cuales se formalizará la adquisición del Terreno por parte de aquel, a través del oportuno otorgamiento de la escritura traslativa de dominio y la entrega de la posesión.

"Circulares", son las comunicaciones que el Titular podrá emitir para contestaciones consultas de los Oferentes o bien para realizar, de oficio, aclaraciones o modificaciones al Pliego.

"Comisión Evaluadora", es la que tendrá a su cargo la evaluación y selección de las Ofertas.

"Días" o "Días Hábiles", son los días hábiles administrativos y bancarios. Salvo indicación especial en contrario, se entenderán que los plazos de días que se citan en el Pliego, corresponden a Días Hábiles.

"Días corridos", todos los días del mes, en los términos de lo dispuesto en el artículo 6 del Código Civil y Comercial.

"Mes" es el período entre un día determinado y el mismo día del mes siguiente, aplicándose lo dispuesto en el artículo 6 del Código Civil y Comercial.

"Oferente", es la persona física o jurídica que adquiere el Pliego a los fines de la presentación de una Oferta.

"Oferta", es la propuesta de compra de un Terreno, formalizada por el Oferente, por si o a través de apoderado, de conformidad a las pautas del Pliego.

“Página Web”, es la dirección de internet https://www.villaocampo.gob.ar, en la cual se halla publicado el Pliego y en la que se publicarán en su caso las Circulares que emita el Titular.

"Pesos", es la moneda de curso legal en la República Argentina.

"Pliego", es el presente pliego de bases y condiciones del llamado, con sus Anexos.

"Precio", es el precio total por el cual el Oferente ofrece en compra del Terreno, expresado en la Oferta de acuerdo a lo previsto en el Pliego.

"Semana", es el período de siete días corridos.

"Terreno", es el inmueble ofrecido en compra por el Oferente, de acuerdo a lo exigido en el Pliego y por cualquiera de los lotes definidos en el plano de mensura.

  1. CRITERIOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO

Las personas de existencia humana o jurídica que decidan participar en el presente Concurso tienen la obligación de respetar los requisitos y criterios detallados en el Pliego. El Titular podrá, sin expresión de causa, anular y/o dejar sin efecto el llamado en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del Boleto de Compraventa, sin lugar a indemnización alguna.

5. REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR LOS OFERENTES:

Los oferentes deberán cumplimentar las siguientes exigencias, sin perjuicio de otras que se establezcan especialmente en el restante articulado del Pliego: a) Ser titular de un comercio, industria o emprendimiento de servicio inscripto en el Municipio. b) Denunciar su domicilio legal o su domicilio real en el caso de personas físicas y una dirección de correo electrónico en dónde se realizarán las notificaciones. Los cambios de domicilio y de correo electrónico serán válidos una vez comunicados en forma fehaciente al Titular. c) Quien suscriba la Oferta en representación de una persona jurídica, deberá acreditar la existencia legal de su representada, así como su personería a los fines de la suscripción de la Oferta, acompañando la documentación pertinente, de la cual surja su potestad a fin de comprometer legalmente al Oferente.

  1. INHIBICIONES:

 Se encuentran inhabilitadas para presentar ofertas las personas en proceso de concurso de acreedores o quiebra. En este sentido, deberá acompañarse constancia emitida por el Registro de Juicios Universales sobre la persona del Oferente. En caso que el Oferente sea una persona jurídica, los miembros del directorio del Oferente y su personal no deberán ser empleados o funcionarios del Estado Nacional.

  1. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN:

Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la Oferta, en cualquier etapa del Concurso dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que: a) Funcionarios o empleados públicos o personal del Titular con competencia referida a este Concurso, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones; para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público o empleado del Titular con la competencia descripta a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. b) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario. Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés de algún Oferente directa o indirectamente. Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.

  1. ACCESO AL PLIEGO

El pliego estará disponible en el sitio en la Página Web: www.villaocampo.gob.ar. El mismo podrá ser bajado gratuitamente para poder realizar Ofertas en el marco del presente. La sola presentación de la Oferta, implica el pleno conocimiento y aceptación por parte del Oferente, respecto de los términos, bases y condiciones del Pliego.

  1. CONSULTAS Y/O ACLARACIONES

Podrán efectuarse consultas por parte de los interesados desde el día hábil siguiente a la publicación en la Página Web, y hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha de presentación de la Oferta. Las consultas a) Se referirán a puntos concretos del Pliego. b) Deben estar expresadas en forma breve y clara. c) Deberán realizarse mediante correo electrónico a la siguiente dirección: "compras.mvo17@gmail.com">compras.mvo17@gmail.com". Deberá consignarse en el Asunto la leyenda "Consulta BASES Y CONDICIONES LLAMADO PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS PARA LA COMPRA DE TERRENOS – AREA DE SERVICIOS VILLA OCAMPO. Las respuestas serán formuladas por el Titular dentro de los tres (3) días hábiles de recibidas las consultas y hasta un máximo de dos (2) días hábiles previos a la fecha prevista para la presentación de Ofertas de acuerdo con la Sección VI del Pliego, mediante la emisión de Circulares con Consulta, las que serán publicadas en la Página Web. Dicha modalidad de notificación se considerará medio fehaciente a los fines del Concurso, debiendo los Oferentes adoptar los recaudos necesarios a fin de tomar oportuno conocimiento de las Circulares publicadas en la Página Web. El Titular podrá, a su solo criterio, extender el plazo indicado para responder las consultas, cuando la naturaleza de éstas u otras razones así lo hicieran aconsejable. El Titular podrá también formular aclaraciones o modificaciones al Pliego, mediante la emisión de Circulares sin Consulta, hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha de apertura de sobres y serán asimismo notificadas en la forma prevista para las Circulares con Consulta. Todas las Circulares que expida el Titular llevarán numeración corrida y formarán parte del Pliego.

  1. PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Las Ofertas se presentarán en el domicilio legal del Titular sito en calle Pbro. Tibaldo 1578, ciudad de Villa Ocampo, Sector Compras en el Área de la Secretaría de Hacienda, hasta el día VIERNES 05/12/2025 a las 9:00hs. Los sobres de las Ofertas deberán consignar en su exterior “OFERTA PARA COMPRA DE TERRENOS – AREA DE SERVICIOS VILLA OCAMPO”. Un mismo Oferente podrá ofrecer en compra como máximo hasta dos terrenos, en cuyo caso deberá establecerlo en forma clara y precisa.

11. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL SOBRE DE OFERTA

Dentro del sobre de la Oferta deberá adjuntarse, en duplicado, la siguiente documentación: 1. Carta de Presentación de Oferta Económica en el que se determine la forma de pago, conforme el modelo anexo al Pliego. 2. Constancias de inscripciones impositivas en el orden nacional, provincial y municipal. 3. Tratándose de personas jurídicas, deberá presentarse asimismo la documentación que acredite la existencia legal del Oferente y la personería y facultades del firmante de la Oferta. 4. Plan de Inversión a realizar en el o los lotes adjudicados detallado en el artículo 12.2.

12. OFERTA ECONOMICA

12.1. PRECIO EN DINERO. El precio de cada terreno de 566.25 m2  (Loteo N°2) será el equivalente en pesos ($) de u$s 26.000,  Dólar tipo vendedor de acuerdo al cierre de cotización establecida por el Banco de la Nación Argentina el día 28 de noviembre de 2025 (28/11/2025).  La Oferta propiamente dicha se expresará conforme al respectivo modelo de "Carta de Presentación de Oferta Económica" Loteo N°2, incluido como Anexo en claridad y exactitud el Precio total ofrecido por el Terreno, el cual deberá estar expresado únicamente en Pesos, incluyendo en cada caso la forma de pago, la cual deberá tener como mínimo un anticipo del 25% (veinticinco por ciento) del valor ofrecido y  el plan de pagos del saldo en no más de 12 cuotas mensuales, donde dicho saldo será actualizado de acuerdo al valor de cotización de la moneda dólar estadounidense tipo vendedor fijado por el Banco de la Nación Argentina para el día que se efectivice el pago de cada una de las cuotas. En el caso de que el compromiso formal sea la cancelación de contado, se realizará un descuento del 10% (diez por ciento) en el valor ofrecido por el o los terrenos.

12.2. PLAN DE INVERSION

Los oferentes deben incluir dentro de lo presentado al momento de ofertar un “Plan de Inversión” previsto, que deberá contar con la propuesta concreta de lo que se realizará en la/las parcelas adquiridas, tiempo previsto para la realización de la obra que no deberá superar los 18 meses.  Todo ello bajo cumplimiento de lo establecido en los articulados de los capítulos: “Destinos y Usos” y “Condiciones de Construcción” del Reglamento para la Enajenación de Lotes del Área de Servicios Villa Ocampo.

12.3. DOCUMENTACIÓN DE ADJUDICACIÓN

Adjudicado el Terreno por el Titular al Oferente, se formalizará el correspondiente Boleto de Compraventa; y cumplida las Pautas para la Adjudicación establecidas en el Punto 19 de este pliego, el Oferente se encargará de realizar la transferencia dominial a través del Escribano que sea designado para tal fin, siendo a su cargo los gastos y honorarios que correspondan para ambos actos contractuales. En caso de aceptación de la Oferta, el instrumento contractual preverá que la entrega de la posesión del o los lotes a favor del adjudicatario, tendrá lugar dentro de los treinta (30) días de concretada la misma.

13. PROCEDIMIENTO DE APERTURA

La apertura de las Ofertas se realizará en acto público, con la presencia de funcionarios e interesados que concurran, el día VIERNES 05 de diciembre de 2025, a las 9:00hs. en la Sala de Reuniones “Raúl Alfonsín” del Palacio Municipal. Si el día fijado para el acto de apertura fuera declarado feriado o de asueto administrativo o bancario, el mismo se realizará el día hábil inmediato siguiente, en el mismo lugar y hora indicados. Se labrará un acta en la cual el Titular dejará constancia de las Ofertas recibidas y de todo otro acontecimiento o circunstancia que se considere de relevancia.

14. REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN

El Titular podrá solicitar de cualquier Oferente todo tipo de información complementaria o aclaratoria, que considere necesaria.

15. FALSEAMIENTO DE LA INFORMACION

Si se comprobara el falseamiento de los datos proporcionados en la Oferta, el Titular podrá, sin necesidad de interpelación alguna, declarar la inhabilitación del Oferente para presentarse a futuros llamados, ello sin perjuicio de rechazar la Oferta, o bien de revocar el acto administrativo de aceptación de esta última y rescindir el Boleto de Compraventa según corresponda, y de elevar las actuaciones a la justicia penal, si correspondiere.

16. COMISIÓN EVALUADORA

La evaluación de las Ofertas estará a cargo de la Comisión Ejecutiva del Área de Servicios de Villa Ocampo, creada por Ordenanza N° 1633/21 e integrada por 3 (tres) representantes del Poder Ejecutivo Municipal, 2 (dos) Representantes del Honorable Concejo Municipal, uno en representación de cada Bloque mayoritario, la cual emitirá un dictamen en relación a las Ofertas, aconsejando a este último la aceptación o rechazo de la misma. A los fines de la emisión de su dictamen, la Comisión Evaluadora tomará en cuenta los aspectos señalados en el punto 18 del Pliego.

17. ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

Sólo se considerarán las Ofertas que se ajusten a las disposiciones del Pliego. La Comisión Evaluadora, a su exclusivo criterio, podrá no tomar en cuenta errores, omisiones o imperfecciones que considere no esenciales, admitiendo la Oferta respectiva o bien solicitando la subsanación del error, omisión o imperfección, en el plazo que el Titular fije al efecto.

18. PAUTAS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Los aspectos a tomar en consideración por la Comisión Ejecutiva del Área de Servicios de Villa Ocampo en la instancia de evaluación de las Ofertas serán los siguientes: a. Lo establecido en el Reglamento para la Enajenación de Lotes del Área de Servicios Villa Ocampo; b. Precio ofrecido. c. Forma de pago. d. En caso de la cancelación en cuotas, monto de la entrega, la que se ajustará a lo establecido en el punto 12.1, y cantidad de cuotas restantes. e. Tiempo para el inicio de la ejecución de la obra. f.- Tipo de actividad a desarrollar que se encuentre cumplimentando con la totalidad de los requisitos ambientales.

19. PAUTAS PARA LA ADJUDICACIÓN

19.1. ADJUDICACION DE LAS PROPUESTAS:

Para su adjudicación se tomará en cuenta lo siguiente: A) El monto de pago anticipado ofrecido. Quien ofrezca el mayor anticipo del precio, y las condiciones de pago de menor plazo, tendrá la opción de elegir la ubicación del terreno de acuerdo a los establecidos en el plano de mensura. B) El plazo de pago: tendrá prioridad quienes ofrezcan el menor plazo de pago. C) Finalizada la evaluación se establecerá un orden de prelación hasta la cantidad de lotes que estuvieren disponibles. De existir más oferentes, se los ordenará con el mismo criterio y en caso de desistimiento de alguno de los adjudicados, se procederá a convocar a aquel que estuviere en primer lugar de la lista de suplentes y así sucesivamente hasta cubrir la totalidad de los lotes. D) No se adjudicará ningún terreno cuya oferta sea inferior al precio establecido como precio base.

19.2. OBLIGACIONES FUNDAMENTALES DE LOS ADJUDICADOS:

Serán obligaciones de los adjudicados:

  • Iniciar y concluir las obras de construcción y producción prevista en los respectivos Proyectos de Inversión, dentro de los plazos determinados.
  • No transferir ni ceder total o parcialmente, por cualquier título o forma jurídica, su dominio o derechos sobre la parcela, hasta tanto no haya cumplimentado las obligaciones previstas.
  • Abonar los servicios públicos que se prestaren en el Área;

19.2.1. Transferencias de lotes:

  • Cumplimentadas las obligaciones previstas en el artículo anterior, los adquirentes podrán transferir su dominio o derechos sobre la parcela, siempre que el nuevo Adquirente cumpla con los mismos requisitos exigidos para las ofertas originales, reservándose la Municipalidad de Villa Ocampo la facultad de autorizar o no la transferencia. A tal fin deberán comunicar, fehacientemente, el nombre y el domicilio de la persona a quien pretenden transferir su dominio o sus derechos, el precio y demás condiciones de la operación, como así también la documentación pertinente. 
  • La Municipalidad de Villa Ocampo tendrá un plazo de quince (15) días hábiles a partir de la fecha de recibida la notificación, para comunicar por un medio fehaciente su decisión.
  • En el supuesto que el nuevo adquirente proyectara variar la actividad principal diferentes a las que se hallan destinadas las instalaciones en las parcelas a transferir, deberá contar previamente con la aprobación técnica de la Municipalidad de Villa Ocampo; similar aprobación deberá obtener de la Municipalidad de Villa Ocampo, en el supuesto de que el titular de parcela proyecte variar o modificar la actividad principal sin que mediare transferencia inmobiliaria o comercial.-

 

19.2.2.Incumplimiento de condiciones:

Verificado el incumplimiento de las obligaciones establecidas, los adquirentes serán requeridos a justificarlo en un plazo de 60 días. Una vez vencido el plazo y no mediara justificación suficiente, la Municipalidad de Villa Ocampo intimará el cumplimiento en un plazo perentorio bajo apercibimiento de ejercer el derecho de resolución de la venta de la parcela. Los adquirentes podrán oponerse a dicha resolución, acreditando sumariamente ante la Municipalidad de Villa Ocampo y dentro del último plazo de intimación, que tal incumplimiento es consecuencia de fuerza mayor o caso fortuito que no le resulte imputable. Subsistiendo entre tanto la obligatoriedad del cumplimiento de todas las demás obligaciones que le correspondieren en su carácter de adquirente de parcela.-

20. SOBRE LA ACEPTACIÓN O RECHAZO DE OFERTAS

El Oferente reconoce y acepta la plena potestad del Titular, previa intervención de la Comisión Evaluadora, de aceptar o rechazar su Oferta de acuerdo al Pliego y conforme su exclusivo criterio y a lo establecido en los puntos anteriores. Asimismo, reconoce y acepta el Oferente la potestad del Titular de dejar sin efecto el llamado en cualquier momento previo a la determinación del orden de prelación, sin derecho a indemnización alguna. En tal sentido, el Oferente reconoce y acepta que, en función de la cantidad de Ofertas recibidas, el Comité de Evaluación determinará el orden de prelación y adjudicación de acuerdo a lo establecido en el Punto 19.

21. PERFECCIONAMIENTO DE LA ADQUISICIÓN

21.1. NOTIFICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

Aceptada la Oferta por el Titular, previa intervención del Comité de Evaluación, se notificará dicha circunstancia al Oferente y se procederá a su citación a fin de suscribir el Boleto de Compraventa.

21.2. DESIGNACIÓN DEL ESCRIBANO

El Notario interviniente será designado por el Adjudicatario, debiendo el mismo presentar la documentación requerida y cumplimentar cualquier requerimiento adicional que le dirija dicho escribano actuante.

21.3. FORMA DE PAGO

El saldo del Precio se dejará determinado en el Boleto de Compraventa libre de todo gravamen e impuesto y otorgamiento de la Posesión del Terreno, dejándose constancia en la misma de la forma de pago del monto pendiente con la cláusula de actualización fijada; y entregándose Escritura dominial una vez cancelado el pago total de la deuda y cumplido lo establecido en el Punto 19.

21.4. IMPUESTOS Y HONORARIOS:

Los impuestos y honorarios derivados de la transferencia de los terrenos corresponderán a los Adjudicatarios, conforme a las normas que rigen su aplicación, al igual que el Impuesto de Sellos, conforme a la condición de cada una de ellas frente al gravamen.

DECRETO Nº 1696/25

 

ANEXO 2

REGLAMENTO PARA LA ENAJENACIÓN DE LOTES DEL ÁREA DE SERVICIOS VILLA OCAMPO

 

OBJETO

ARTÍCULO 1°- El presente Reglamento del Área de Servicios Villa Ocampo tiene por objeto establecer las pautas y procedimientos referidas al proceso de enajenación de los lotes correspondientes a dicha área, todo en acuerdo a lo previsto en las ordenanzas N°1621,  N°1633 y N°1770.

 

DEL DESTINO Y LOS USOS

ARTÍCULO 2°- La enajenación de lotes del ÁREA DE SERVICIOS VILLA OCAMPO sólo podrá realizare para ser destinado a:

  • Depósitos en general;
  • Talleres mecánicos del automotor en sus diversos rubros;
  • Talleres mecánicos del transporte de carga en sus diversos rubros;
  • Talleres y emprendimientos metalúrgicos;
  • Fábrica de muebles;
  • Salones de venta mayoristas de diversos rubros.

Todos los emprendimientos, sin excepción, deberán cumplir los requerimientos ambientales según su actividad, realizándose obligatoriamente bajo cubierta las tareas que generen polución de cualquier material (pintura, arena, polvillo, etc.).

ARTÍCULO 3°- El Municipio pavimentará el acceso a los lotes. Dicho espacio público (calle de acceso pavimentado) no se podrá utilizar para estacionamiento o para carga y descarga, actividades que podrán realizarse dentro del inmueble y/o en el espacio lindante hacia el este, próximo a la Ruta Nacional 11. Tampoco se permitirá que el espacio público sea utilizado para exhibición de productos.

DE LAS CONDICIONES DE CONSTRUCCIÓN

ARTÍCULO 4°- Se permitirán construcción de Planta baja y hasta dos (2) pisos y en ningún caso las construcciones podrán ser para vivienda o unidades habitacionales. El frente de cada construcción debe tener una presentación estética acorde con el área que se fija.

ARTÍCULO 5°- Todas las construcciones deberán ser de buena calidad y no se aceptarán construcciones precarias, todo de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Edificación vigente.

ARTÍCULO 6°- Los emprendimientos deberán ser identificados con cartelería a elección del titular del mismo.

 

DEL PROCESO DE ENAJENACIÓN

ARTÍCULO 7°- El proceso de enajenación de los lotes del Área de Servicios Villa Ocampo se realizará mediante Oferta Pública, para lo cual la Municipalidad realizará una convocatoria en un todo de acuerdo a lo establecido en la presente.

 

DE LA CONVOCATORIA

ARTÍCULO 8°- La convocatoria será abierta y se comunicará mediante publicidad oficial durante al menos 15 días corridos con un plazo de antelación de 30 días a la fecha de apertura de las ofertas.

ARTÍCULO 9°- La Municipalidad elaborará el Pliego mediante el que se podrá participar de la Oferta Pública, cuyo acceso deberá garantizarse a toda persona física o jurídica que lo requiera.

ARTÍCULO 10°- Las ofertas deberán presentarse de acuerdo a los plazos y formas establecidas en el Pliego correspondiente y serán abiertas en acto público. El cumplimiento de las formas y plazos en la presentación de ofertas, así como las condiciones del interesado, determinará la aceptación o rechazo de dicha oferta. Solo las ofertas aceptadas serán consideradas por la Comisión Evaluadora a los fines de enajenación de los lotes del Área de Servicios Villa Ocampo.

ARTÍCULO 11°- Una vez aceptadas las ofertas, cada una de ellas será evaluada de acuerdo a lo previsto en el presente Reglamento. La Comisión Evaluadora determinará un orden de prelación, el que será utilizado para las adjudicaciones de lotes.

 

DE LOS OFERENTES

ARTÍCULO 12°- Para ser oferentes para la adquisición de lotes del Área de Servicios Villa Ocampo bastará con participar de la convocatoria presentando una oferta de acuerdo a lo estipulado en este reglamento y el/los pliego/s correspondiente/s.

ARTÍCULO 13°- Se encuentran inhabilitadas para presentar ofertas las personas en proceso de concurso de acreedores o quiebra. En este sentido, deberá acompañarse constancia emitida por el Registro de Juicios Universales sobre la persona del Oferente.

ARTÍCULO 14°- No podrán presentar ofertas los funcionarios municipales, provinciales y/o nacionales. En caso que el Oferente sea una persona jurídica, los miembros del directorio del Oferente y su personal no deberán ser empleados o funcionarios del Municipio, estado provincial y/o estado nacional.

DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

ARTÍCULO 15°- Aceptadas las ofertas, las mismas serán evaluadas por la Comisión Evaluadora de acuerdo a las pautas y prioridades establecidas en el presente Reglamento.

ARTÍCULO 16°- Las siguientes pautas de evaluación serán aplicadas de acuerdo al orden prioritario en que se presentan:

  1. Los emprendimientos inscriptos establecidos en el artículo 4° de la Ordenanza 1633 que se encuentren en el Área Central Administrativa y R1 del Reglamento de Zonificación vigente.
  2. Los emprendimientos inscriptos establecidos en el artículo 4° de la Ordenanza 1633 que se encuentren dentro del área R2 del Reglamento de Zonificación vigente;
  3. Los emprendimientos que se encuentren inscriptos en el Derecho Registro e Inspección, en alguno de las actividades establecidas en el artículo 4°, de la siguiente manera:
  • a- aquellos que tengan más de 20 años de inscripción;
  • b.- aquellos que tengan entre 10 y 20 años de inscripción; y
  • c.- los que tengan menos de 10 años.
  1. Las condiciones de la Oferta, de acuerdo a:
  • a.- Pago de contado;
  • b.- Mayor porcentaje de entrega; y
  • c.- Cancelación del saldo en la menor cantidad de cuotas.

 

ARTÍCULO 17°- Finalizada la evaluación se establecerá un orden de prelación hasta la cantidad de lotes que estuvieren disponibles. De existir más oferentes, se los ordenará con el mismo criterio y en caso de desistimiento y/o desadjudicación, se procederá a convocar a aquel que estuviere en primer lugar de la lista de suplentes y así sucesivamente hasta cubrir la totalidad de los lotes.  No se adjudicará ningún terreno cuya oferta sea inferior al precio establecido como precio base.

ARTICULO 18°: las decisiones tomadas por la Comisión Evaluadora serán inapelables, mientras cumpla con lo establecido en el presente reglamento y los pliegos correspondientes.

DE LA ADJUDICACIÓN

ARTÍCULO 19°- Culminada la evaluación de ofertas y definido el orden de prelación que determina las adjudicaciones, la Comisión Evaluadora remitirá un informe completo al Concejo Municipal para que éste proceda a emitir la Ordenanza correspondiente a concretar dichas adjudicaciones.

ARTÍCULO 20°- Una vez adjudicado, se confeccionará la Escritura traslativa de dominio en la que se estipularán las condiciones económicas planteadas.

ARTÍCULO 21°- La escritura traslativa de dominio se confeccionará contra la cancelación total del importe pactado.

 

SITUACIONES NO CONTEMPLADAS

ARTÍCULO 22°- Las cuestiones no contempladas en el presente Reglamento serán resueltas mediante resolución de la Comisión Evaluadora.

ARTICULO 23°: El presente reglamento sólo podrá ser modificado con la correspondiente aprobación por parte del Honorable Concejo Municipal

 

 

CARTA DE PRESENTACIÓN OFERTA ECONÓMICA

 

 

                                                                                                     Villa Ocampo, ______ de ___________ de 2025

Señores

MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO

     Presente                                                                                                           

       Ref.: Llamado a presentación de Ofertas de

                                                                          compra de Terreno  Área de Servicios de       

                                                                            Villa Ocampo, Loteo N°2.-

                                         [_______________________________________], DNI N° [____________________], en mi carácter de [___________________________] de la firma [_______________________________________], con facultades suficientes según surge de la documentación que se acompaña, constituyendo domicilio especial a todos los efectos del llamado en [________________________________________] de la ciudad de Villa Ocampo, por la presente formulo Oferta por el terreno de propiedad de LA MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO, sito en la localidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, todo ello de conformidad con lo establecido en el Pliego del Llamado.

A. Opción de pago del precio en dinero (Punto 12.1. del Pliego): El precio total y por todo concepto por el cual mi representada ofrece en concepto de compra del Terreno  es de Pesos ______________________________________________________ ($[______________________]).

B. Forma de pago: el precio será abonado de la siguiente manera: a.- Entrega de la suma de pesos (________________________________________)  ($______________). El saldo pagadero en la cantidad de ________________________ (______) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Asimismo, y con carácter de declaración jurada expreso lo siguiente:

- Que he examinado el Pliego y acepto sin reservas todo lo allí estipulado, incluyendo las Circulares emitidas.

- Que toda la documentación proporcionada en los documentos que integran la presente Oferta es veraz y exacta.

- Que autorizo mediante la presente a la Municipalidad de Villa Ocampo para que cualquier persona física o jurídica suministre toda la información que considere necesaria para verificar la documentación que se presenta, y reconoce y acepta que en caso de comprobarse cualquier incorrección en la misma, se podrá rechazar la presente Oferta sin más trámite.

- Que me comprometo a proporcionar cualquier información adicional que sea requerida sobre la documentación presentada y que, en caso de no hacerlo, la Municipalidad de Villa Ocampo podrá rechazar la Oferta sin más trámite.

- Que acepto sin reservas someter cualquier controversia derivada del Llamado y/o del Boleto de Compraventa y/o Escritura de Dominio a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Villa Ocampo, renunciando al cualquier otro fuero que pudiera corresponder.

Datos de contacto del Oferente: Domicilio: [_________________________________________] Teléfono: [________________________________] Correo electrónico de contacto [_________________________________] [consignar solamente una (1) dirección de correo electrónico]

 Atentamente,

.....................................................

 ...............................................

…………………………………..

Firma, Aclaración y N° Documento 

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar