DECRETO Nº 1700/25 - Concesión carro atmosférico
DECRETO Nº 1700/25
VISTO:
• La necesidad de ofrecer en comodato el carro atmosférico municipal para su uso y explotación comercial; y,
CONSIDERANDO:
• Que el municipio dispone de un carro atmosférico (acoplado tanque) de marca “Bemfra”, Modelo Tab 6000, de 6000 litros, con sistema de succión compuesto de bomba centrífuga de 120.000 lts/h, y demás elementos de normal dotación; todo en buen estado de uso.
• Que la Ordenanza Nº 338/92 faculta al Ejecutivo Municipal a llamar a concesión para la explotación del servicio atmosférico.
• Que, si bien las condiciones de prestación han variado desde entonces, especialmente al haberse extendido la red de desagües cloacales a gran parte del radio urbano, corresponde que desde el municipio se garantice la prestación del servicio atmosférico en aquellos lugares que aún no disponen de red.
• Que, además, se debe garantizar la prestación de un servicio social para todos los casos que no puedan hacerse cargo del costo del mismo.
• Que, tal como lo establece la Ordenanza Nº 338/92, no es conveniente que el municipio mantenga la prestación del servicio atmosférico, dando participación a la iniciativa privada; por lo que corresponde hacer una convocatoria pública de interesados para el uso y explotación comercial del carro atmosférico municipal.
• Que, como contraprestación, el municipio debe garantizar un máximo de 20 (veinte) servicios mensuales con destino a la atención de casos sociales debidamente justificados por la Secretaría de Promoción Social.
POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:
D E C R E T A
• Artículo 1º. Llámese a convocatoria de interesados en el uso y explotación comercial del carro atmosférico municipal, con presentación de ofertas en sobre cerrado hasta el día 19 de diciembre de 2025 en Mesa de Entrada del Palacio Municipal; y apertura de ofertas el día 22 de diciembre de 2025, a las 10:00 Hs. en el Salón “30 de Noviembre” de la Municipalidad de Villa Ocampo, calle Tibaldo 1240, con la presencia de los interesados.
• Artículo 2º. Indíquese en la presentación los siguientes datos, los que tendrán carácter de declaración jurada:
- Nombre y apellido, DNI, domicilio del interesado.
- Aclarar si lo hace a título personal o en representación de una empresa (datos completos de la misma).
- Antecedentes en la prestación del servicio, de actividades similares, u otra actividad a considerar.
- Tarifa a cobrar por cada servicio con una extracción de hasta 6000 litros en el radio urbano; y monto adicional por zona rural (si correspondiere).
- Inscripción ante los organismos fiscales pertinentes (si no los tuviere, en caso de ser seleccionado, este requisito lo deberá cumplimentar antes de la primera facturación correspondiente al período devengado).
- Titularidad de la unidad de tracción destinada al servicio y toda otra documentación que habilite su tránsito en la vía pública.
- Toda otra información que considere relevante al momento de analizar las propuestas.
• Artículo 3º. Impóngase como única contraprestación un máximo de hasta 20 servicios mensuales a realizar en el radio urbano o en la zona rural, de manera indistinta, a definir por la Secretaría de Promoción Social; estableciéndose que los mismos sean para atención de casos sociales urgentes y/o de extrema necesidad
• Artículo 4º. Establézcase el plazo de vigencia del comodato por el carro atmosférico municipal en 24 (veinticuatro meses) a partir de la firma del convenio, con prórrogas automáticas por el mismo período si ninguna de las partes deciden lo contrario, con un mínimo de 2 (dos) meses de anticipación a su vencimiento.
• Artículo 5º. Confórmese una Comisión Evaluadora de Ofertas integrada por el secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, la secretaria de Hacienda y Finanzas, y un representante del Área de Servicios Públicos, quienes analizarán las propuestas y en un plazo no mayor a los 10 (diez) días hábiles seleccionarán la que mejor se encuadre a los criterios técnicos, económicos y de prestación del servicio definidos por el municipio.
• Artículo 6º. Formalícese, luego de aceptada la propuesta, el respectivo Convenio de Comodato para el Uso y Explotación Comercial del Carro Atmosférico Municipal, en las condiciones descriptas anteriormente; y especificándose las obligaciones que deberá cumplir el prestador en cuanto a las cuestiones tributarias, laborales, de seguridad y salubridad, responsabilidad civil y/o judicial, y toda otra propia del servicio a prestar; como así también en la obligación de restituir el bien cuando finalice el convenio, en las mismas condiciones que lo recibió, considerando el desgaste normal del mismo por el plazo de uso.
• Artículo 7º. Regístrese, comuníquese y archívese.
DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 3 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2025.
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