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DECRETO Nº 1698/25 - Rectificación Comodato con ATE por lote del Área Institucional

DECRETO Nº 1698/25

VISTO:
• La Ordenanza Nº 1541/19 mediante la cual se otorga en comodato el Lote 6 del Área Institucional de la Ciudad a la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) para la construcción de la sede gremial de la delegación local; y,

CONSIDERANDO:
• Que con fecha Agosto 2023 se firmó el respectivo Comodato del Lote 6, según Plano de Mensura 227.181 proyecto de subdivisión.
• Que con fecha Octubre 2023 el Ing. Agr. Nicolás Enrique Díaz, I.C.O.P.A. Nº 1-0288, elaboró el Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario del mismo, estando en proceso de inscripción definitivo.
• Que en el nuevo Plano de Mensura se incorporó el Lote 10 destinado a canal colector, modificando las extensiones de los lados este y oeste de todos los Lotes correspondientes a los números 4 al 11.
• Que, por otra parte, mediante el Decreto Nº 1485/21 se dejó sin efecto el Contrato de Comodato firmado con el Centro de Alfabetización y Educación Básica para Jóvenes y Adultos (CAEBA) – Núcleo 10003 por la sesión del Lote 5.
• Que es necesario mantener un orden y continuidad progresiva de la línea de edificaciones del Área Institucional de la Ciudad; teniendo en cuenta el lugar céntrico en que se encuentra ubicado.
• Que corresponde rectificar la Cláusula Primera del Contrato de Comodato firmado con la Asociación Trabajadores del Estado, asignándole el Lote 5 del Área Institucional de la Ciudad, de similares dimensiones al Lote 6 asignado originalmente; manteniendo inalterable todas las demás cláusulas y condiciones establecidas en el mismo contrato.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Rectifíquese la Cláusula Primera del Contrato de Comodato firmado con la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) con fecha Agosto 2023, el que quedará redactado de la siguiente manera:
- PRIMERA: “EL COMODANTE” da en comodato a “EL COMODATARIO” y éste acepta en tal carácter, una parcela de terreno correspondiente al Lote 5 emplazado en el Área Institucional de la Ciudad de Villa Ocampo, de acuerdo a lo establecido en las Ordenanzas Municipales Nº 1508/18 y 1541/19, midiendo 18,70 metros en su lado Este, limitando con el Lote 4; midiendo 22,50 metros en su lado Norte, limitando con la Av. Independencia Nacional; midiendo 18,78 metros en su lado Oeste, limitando con el Lote 6; y midiendo 22,50 metros en su lado Sur, limitando con el Lote 10; con una superficie total de 421,64 metros cuadrados, según Modificación de Estado Parcelario del Plano de Mensura 227.181, elaborado por el Ing. Agr. Nicolás Enrique Díaz, I.C.O.P.A. Nº 1-0288, con fecha Octubre 2023, estando en proceso de inscripción definitivo”.
• Artículo 2º. Notifíquese al Consejo Directivo de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) para su conocimiento y efectos.
• Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 13 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2025.

  • Creado el

DECRETO Nº 1697/25 - Asueto por Día del Empleado Municipal

DECRETO Nº 1697/25

VISTO:
• La conmemoración del “Día del Empleado Municipal” que se celebra anualmente el día 8 de noviembre de cada año; y,

CONSIDERANDO:
• Que este Ejecutivo Municipal se adhiere a todo lo relacionado con la celebración del día del Empleado Municipal.
• Que, además, es tradición decretar el Asueto Administrativo para todo el personal municipal, en reconocimiento a la fecha antes mencionada.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Declárase Asueto Administrativo el día lunes 10 de noviembre de 2025, por conmemorarse el “Día del empleado Municipal”.
• Artículo 2º. Dispóngase el mismo, para la totalidad de obreros y empleados municipales.
• Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 5 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2025.

  • Creado el

DECRETO Nº 1695/25 - Nuevas categorías de UTM para Licencias de Conducir Profesional

DECRETO Nº 1695/25

VISTO:
• El Decreto Provincial Nº 2641/25 del 23/10/2025, mediante el cual se dispone una modificación parcial del Decreto Provincial Nº 2570/15, en lo referido a la vigencia de las Licencias de Conducir Profesional; y,

CONSIDERANDO:
• Que tal modificación establece que las personas entre los 21 y 45 años de edad que tramiten la obtención o renovación de las licencias de las clases C, D y E podrán ser habilitadas por cinco (5) años de vigencia; y que las personas entre los 46 y 65 años de edad podrán acceder a las mencionadas clases por tres (3) años de vigencia; quedando dos (2) años de vigencia para quienes tengan entre 66 y 70 años de edad, y un (1) año de vigencia para las personas mayores de 70 años.
• Que los nuevos períodos de vigencia de las Licencias de Conducir Profesional de tres (3) y cinco (5) años no se encuentran categorizados en el Art.80º de la Ordenanza Tributaria Nº 1746/24 referido a la Tasa para Reposición de Solicitudes.
• Que corresponde subsanar inmediatamente esta situación para no afectar el normal expendio de las Licencias de Conducir Profesional, incorporando las categorías faltantes con imposición de la UTM a valores proporcionales y correlativos a los existentes.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Modifíquese, ad referéndum del Concejo Municipal, el Art. 80º de la Ordenanza Tributaria Nº 1746/24, en el ítem referido a Licencia de Conducir Profesional, el que quedará redactado de la siguiente manera:
- 1 año de duración: 60 UTM
- 2 años de duración: 80 UTM
- 3 años de duración: 100 UTM
- 5 años de duración: 130 UTM
• Artículo 2º. Elévese al Concejo Municipal a los fines de su ratificación.
• Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 29 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2025.

  • Creado el

DECRETO Nº 1696/25 - Venta de lotes Área de Servicios Villa Ocampo - 4º Etapa

DECRETO Nº 1696/25

VISTO:
• Que la Municipalidad de Villa Ocampo se encuentra en proceso de aprobación, por parte del Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia, de la mensura correspondiente al terreno que permitirá proyectar la ampliación del Área de Servicios Villa Ocampo, creada por Ordenanza Nº 1621/21; y,

CONSIDERANDO:
• Que el mismo se corresponde con el Plano de Mensura suscripto por el Ingeniero Agrimensor Nicolás Enrique Díaz, con fecha Diciembre 2024, que forma parte del presente Decreto, y del que resultan 12 (doce) lotes de terreno con las medidas consignadas en el mismo plano, sobre un total de 65.468,36 m2; identificado como Loteo Nº 2.
• Que mediante la Ordenanza Nº 1633/21 y su modificatoria Nº 1770/25, se establece los usos y destinos del Área de Servicios Villa Ocampo; como así también los procedimientos de cesión y/o adjudicación.
• Que la misma normativa, crea la Comisión Ejecutiva del Área de Servicios Villa Ocampo, cuya función es la de intervenir en todo el proceso de enajenación de los lotes de dicha Área.
• Que mediante el Decreto Nº 1652/24 se actualizó la conformación de la mencionada Comisión Ejecutiva.
• Que en reunión realizada el 3 de noviembre de 2025, la Comisión Ejecutiva resolvió avanzar con el proceso de enajenación de los lotes identificados con los números 5 al 8 del Plano de Mensura del Loteo Nº 2, correspondiente a la ampliación del Área de Servicios Villa Ocampo.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Convóquese a los interesados en adquirir lotes en el Área de Servicios Villa Ocampo, a presentar propuestas que cumplan con lo establecido en el Pliego de Condiciones de Ofertas y Reglamento de Otorgamiento; estando comprendidos en la oferta los lotes 5 al 8 del Loteo Nº 2.
• Artículo 2º. Los interesados presentarán sus ofertas en sobre cerrado en el domicilio de la Municipalidad de Villa Ocampo, sito en calle Ángel Tibaldo 1578, hasta el día viernes 5 de diciembre de 2025, a las 9:00 Hs. en Contaduría Municipal y siempre en horarios administrativos y en días hábiles.
• Artículo 3º. Los plazos de consultas se establecen en el pliego correspondiente.
• Artículo 4º. Forma parte del presente el Pliego de Condiciones de Oferta y el Reglamento de Otorgamiento identificados como Anexos 1 y 2 respectivamente.
• Artículo 5º. Notifíquese a la Comisión Ejecutiva del Área de Servicios Villa Ocampo.
• Artículo 6º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 4 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2025.

 

DECRETO Nº 1696/25

ANEXO 1

PLIEGO DE CONDICIONES DE OFERTAS

  1. OBJETO DEL LLAMADO:

La MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO, en su carácter de Titular del Inmueble denominado AREA DE SERVICIOS VILLA OCAMPO formula el presente llamado público a la presentación de Ofertas de Compras de terrenos aptos para la construcción de espacios de servicios (talleres, depósitos, etc.).

  1. ALCANCE DEL PLIEGO:

El presente Pliego, junto con las circulares y/o aclaraciones emitidas por la MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO regula las bases y condiciones a que deberá sujetarse la presentación de Ofertas, el trámite de selección de las mismas, así como los derechos y obligaciones del Oferente y del Titular bajo el llamado.

  1. TERMINOLOGÍA

A los electos de la interpretación de este Pliego, se entenderá por:

"Adjudicatario", es el Oferente que ha sido notificado fehacientemente de la selección de su Oferta.

"Año", es el período de doce meses.

"Boleto de Compraventa", es el instrumento que suscribirá el Titular con quien resulte Adjudicatario por haber sido seleccionada su Oferta, regulando los términos y condiciones bajo los cuales se formalizará la adquisición del Terreno por parte de aquel, a través del oportuno otorgamiento de la escritura traslativa de dominio y la entrega de la posesión.

"Circulares", son las comunicaciones que el Titular podrá emitir para contestaciones consultas de los Oferentes o bien para realizar, de oficio, aclaraciones o modificaciones al Pliego.

"Comisión Evaluadora", es la que tendrá a su cargo la evaluación y selección de las Ofertas.

"Días" o "Días Hábiles", son los días hábiles administrativos y bancarios. Salvo indicación especial en contrario, se entenderán que los plazos de días que se citan en el Pliego, corresponden a Días Hábiles.

"Días corridos", todos los días del mes, en los términos de lo dispuesto en el artículo 6 del Código Civil y Comercial.

"Mes" es el período entre un día determinado y el mismo día del mes siguiente, aplicándose lo dispuesto en el artículo 6 del Código Civil y Comercial.

"Oferente", es la persona física o jurídica que adquiere el Pliego a los fines de la presentación de una Oferta.

"Oferta", es la propuesta de compra de un Terreno, formalizada por el Oferente, por si o a través de apoderado, de conformidad a las pautas del Pliego.

“Página Web”, es la dirección de internet https://www.villaocampo.gob.ar, en la cual se halla publicado el Pliego y en la que se publicarán en su caso las Circulares que emita el Titular.

"Pesos", es la moneda de curso legal en la República Argentina.

"Pliego", es el presente pliego de bases y condiciones del llamado, con sus Anexos.

"Precio", es el precio total por el cual el Oferente ofrece en compra del Terreno, expresado en la Oferta de acuerdo a lo previsto en el Pliego.

"Semana", es el período de siete días corridos.

"Terreno", es el inmueble ofrecido en compra por el Oferente, de acuerdo a lo exigido en el Pliego y por cualquiera de los lotes definidos en el plano de mensura.

  1. CRITERIOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO

Las personas de existencia humana o jurídica que decidan participar en el presente Concurso tienen la obligación de respetar los requisitos y criterios detallados en el Pliego. El Titular podrá, sin expresión de causa, anular y/o dejar sin efecto el llamado en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del Boleto de Compraventa, sin lugar a indemnización alguna.

5. REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR LOS OFERENTES:

Los oferentes deberán cumplimentar las siguientes exigencias, sin perjuicio de otras que se establezcan especialmente en el restante articulado del Pliego: a) Ser titular de un comercio, industria o emprendimiento de servicio inscripto en el Municipio. b) Denunciar su domicilio legal o su domicilio real en el caso de personas físicas y una dirección de correo electrónico en dónde se realizarán las notificaciones. Los cambios de domicilio y de correo electrónico serán válidos una vez comunicados en forma fehaciente al Titular. c) Quien suscriba la Oferta en representación de una persona jurídica, deberá acreditar la existencia legal de su representada, así como su personería a los fines de la suscripción de la Oferta, acompañando la documentación pertinente, de la cual surja su potestad a fin de comprometer legalmente al Oferente.

  1. INHIBICIONES:

 Se encuentran inhabilitadas para presentar ofertas las personas en proceso de concurso de acreedores o quiebra. En este sentido, deberá acompañarse constancia emitida por el Registro de Juicios Universales sobre la persona del Oferente. En caso que el Oferente sea una persona jurídica, los miembros del directorio del Oferente y su personal no deberán ser empleados o funcionarios del Estado Nacional.

  1. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN:

Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la Oferta, en cualquier etapa del Concurso dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que: a) Funcionarios o empleados públicos o personal del Titular con competencia referida a este Concurso, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones; para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público o empleado del Titular con la competencia descripta a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. b) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario. Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés de algún Oferente directa o indirectamente. Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.

  1. ACCESO AL PLIEGO

El pliego estará disponible en el sitio en la Página Web: www.villaocampo.gob.ar. El mismo podrá ser bajado gratuitamente para poder realizar Ofertas en el marco del presente. La sola presentación de la Oferta, implica el pleno conocimiento y aceptación por parte del Oferente, respecto de los términos, bases y condiciones del Pliego.

  1. CONSULTAS Y/O ACLARACIONES

Podrán efectuarse consultas por parte de los interesados desde el día hábil siguiente a la publicación en la Página Web, y hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha de presentación de la Oferta. Las consultas a) Se referirán a puntos concretos del Pliego. b) Deben estar expresadas en forma breve y clara. c) Deberán realizarse mediante correo electrónico a la siguiente dirección: "compras.mvo17@gmail.com">compras.mvo17@gmail.com". Deberá consignarse en el Asunto la leyenda "Consulta BASES Y CONDICIONES LLAMADO PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS PARA LA COMPRA DE TERRENOS – AREA DE SERVICIOS VILLA OCAMPO. Las respuestas serán formuladas por el Titular dentro de los tres (3) días hábiles de recibidas las consultas y hasta un máximo de dos (2) días hábiles previos a la fecha prevista para la presentación de Ofertas de acuerdo con la Sección VI del Pliego, mediante la emisión de Circulares con Consulta, las que serán publicadas en la Página Web. Dicha modalidad de notificación se considerará medio fehaciente a los fines del Concurso, debiendo los Oferentes adoptar los recaudos necesarios a fin de tomar oportuno conocimiento de las Circulares publicadas en la Página Web. El Titular podrá, a su solo criterio, extender el plazo indicado para responder las consultas, cuando la naturaleza de éstas u otras razones así lo hicieran aconsejable. El Titular podrá también formular aclaraciones o modificaciones al Pliego, mediante la emisión de Circulares sin Consulta, hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha de apertura de sobres y serán asimismo notificadas en la forma prevista para las Circulares con Consulta. Todas las Circulares que expida el Titular llevarán numeración corrida y formarán parte del Pliego.

  1. PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Las Ofertas se presentarán en el domicilio legal del Titular sito en calle Pbro. Tibaldo 1578, ciudad de Villa Ocampo, Sector Compras en el Área de la Secretaría de Hacienda, hasta el día VIERNES 05/12/2025 a las 9:00hs. Los sobres de las Ofertas deberán consignar en su exterior “OFERTA PARA COMPRA DE TERRENOS – AREA DE SERVICIOS VILLA OCAMPO”. Un mismo Oferente podrá ofrecer en compra como máximo hasta dos terrenos, en cuyo caso deberá establecerlo en forma clara y precisa.

11. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL SOBRE DE OFERTA

Dentro del sobre de la Oferta deberá adjuntarse, en duplicado, la siguiente documentación: 1. Carta de Presentación de Oferta Económica en el que se determine la forma de pago, conforme el modelo anexo al Pliego. 2. Constancias de inscripciones impositivas en el orden nacional, provincial y municipal. 3. Tratándose de personas jurídicas, deberá presentarse asimismo la documentación que acredite la existencia legal del Oferente y la personería y facultades del firmante de la Oferta. 4. Plan de Inversión a realizar en el o los lotes adjudicados detallado en el artículo 12.2.

12. OFERTA ECONOMICA

12.1. PRECIO EN DINERO. El precio de cada terreno de 566.25 m2  (Loteo N°2) será el equivalente en pesos ($) de u$s 26.000,  Dólar tipo vendedor de acuerdo al cierre de cotización establecida por el Banco de la Nación Argentina el día 28 de noviembre de 2025 (28/11/2025).  La Oferta propiamente dicha se expresará conforme al respectivo modelo de "Carta de Presentación de Oferta Económica" Loteo N°2, incluido como Anexo en claridad y exactitud el Precio total ofrecido por el Terreno, el cual deberá estar expresado únicamente en Pesos, incluyendo en cada caso la forma de pago, la cual deberá tener como mínimo un anticipo del 25% (veinticinco por ciento) del valor ofrecido y  el plan de pagos del saldo en no más de 12 cuotas mensuales, donde dicho saldo será actualizado de acuerdo al valor de cotización de la moneda dólar estadounidense tipo vendedor fijado por el Banco de la Nación Argentina para el día que se efectivice el pago de cada una de las cuotas. En el caso de que el compromiso formal sea la cancelación de contado, se realizará un descuento del 10% (diez por ciento) en el valor ofrecido por el o los terrenos.

12.2. PLAN DE INVERSION

Los oferentes deben incluir dentro de lo presentado al momento de ofertar un “Plan de Inversión” previsto, que deberá contar con la propuesta concreta de lo que se realizará en la/las parcelas adquiridas, tiempo previsto para la realización de la obra que no deberá superar los 18 meses.  Todo ello bajo cumplimiento de lo establecido en los articulados de los capítulos: “Destinos y Usos” y “Condiciones de Construcción” del Reglamento para la Enajenación de Lotes del Área de Servicios Villa Ocampo.

12.3. DOCUMENTACIÓN DE ADJUDICACIÓN

Adjudicado el Terreno por el Titular al Oferente, se formalizará el correspondiente Boleto de Compraventa; y cumplida las Pautas para la Adjudicación establecidas en el Punto 19 de este pliego, el Oferente se encargará de realizar la transferencia dominial a través del Escribano que sea designado para tal fin, siendo a su cargo los gastos y honorarios que correspondan para ambos actos contractuales. En caso de aceptación de la Oferta, el instrumento contractual preverá que la entrega de la posesión del o los lotes a favor del adjudicatario, tendrá lugar dentro de los treinta (30) días de concretada la misma.

13. PROCEDIMIENTO DE APERTURA

La apertura de las Ofertas se realizará en acto público, con la presencia de funcionarios e interesados que concurran, el día VIERNES 05 de diciembre de 2025, a las 9:00hs. en la Sala de Reuniones “Raúl Alfonsín” del Palacio Municipal. Si el día fijado para el acto de apertura fuera declarado feriado o de asueto administrativo o bancario, el mismo se realizará el día hábil inmediato siguiente, en el mismo lugar y hora indicados. Se labrará un acta en la cual el Titular dejará constancia de las Ofertas recibidas y de todo otro acontecimiento o circunstancia que se considere de relevancia.

14. REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN

El Titular podrá solicitar de cualquier Oferente todo tipo de información complementaria o aclaratoria, que considere necesaria.

15. FALSEAMIENTO DE LA INFORMACION

Si se comprobara el falseamiento de los datos proporcionados en la Oferta, el Titular podrá, sin necesidad de interpelación alguna, declarar la inhabilitación del Oferente para presentarse a futuros llamados, ello sin perjuicio de rechazar la Oferta, o bien de revocar el acto administrativo de aceptación de esta última y rescindir el Boleto de Compraventa según corresponda, y de elevar las actuaciones a la justicia penal, si correspondiere.

16. COMISIÓN EVALUADORA

La evaluación de las Ofertas estará a cargo de la Comisión Ejecutiva del Área de Servicios de Villa Ocampo, creada por Ordenanza N° 1633/21 e integrada por 3 (tres) representantes del Poder Ejecutivo Municipal, 2 (dos) Representantes del Honorable Concejo Municipal, uno en representación de cada Bloque mayoritario, la cual emitirá un dictamen en relación a las Ofertas, aconsejando a este último la aceptación o rechazo de la misma. A los fines de la emisión de su dictamen, la Comisión Evaluadora tomará en cuenta los aspectos señalados en el punto 18 del Pliego.

17. ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

Sólo se considerarán las Ofertas que se ajusten a las disposiciones del Pliego. La Comisión Evaluadora, a su exclusivo criterio, podrá no tomar en cuenta errores, omisiones o imperfecciones que considere no esenciales, admitiendo la Oferta respectiva o bien solicitando la subsanación del error, omisión o imperfección, en el plazo que el Titular fije al efecto.

18. PAUTAS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Los aspectos a tomar en consideración por la Comisión Ejecutiva del Área de Servicios de Villa Ocampo en la instancia de evaluación de las Ofertas serán los siguientes: a. Lo establecido en el Reglamento para la Enajenación de Lotes del Área de Servicios Villa Ocampo; b. Precio ofrecido. c. Forma de pago. d. En caso de la cancelación en cuotas, monto de la entrega, la que se ajustará a lo establecido en el punto 12.1, y cantidad de cuotas restantes. e. Tiempo para el inicio de la ejecución de la obra. f.- Tipo de actividad a desarrollar que se encuentre cumplimentando con la totalidad de los requisitos ambientales.

19. PAUTAS PARA LA ADJUDICACIÓN

19.1. ADJUDICACION DE LAS PROPUESTAS:

Para su adjudicación se tomará en cuenta lo siguiente: A) El monto de pago anticipado ofrecido. Quien ofrezca el mayor anticipo del precio, y las condiciones de pago de menor plazo, tendrá la opción de elegir la ubicación del terreno de acuerdo a los establecidos en el plano de mensura. B) El plazo de pago: tendrá prioridad quienes ofrezcan el menor plazo de pago. C) Finalizada la evaluación se establecerá un orden de prelación hasta la cantidad de lotes que estuvieren disponibles. De existir más oferentes, se los ordenará con el mismo criterio y en caso de desistimiento de alguno de los adjudicados, se procederá a convocar a aquel que estuviere en primer lugar de la lista de suplentes y así sucesivamente hasta cubrir la totalidad de los lotes. D) No se adjudicará ningún terreno cuya oferta sea inferior al precio establecido como precio base.

19.2. OBLIGACIONES FUNDAMENTALES DE LOS ADJUDICADOS:

Serán obligaciones de los adjudicados:

  • Iniciar y concluir las obras de construcción y producción prevista en los respectivos Proyectos de Inversión, dentro de los plazos determinados.
  • No transferir ni ceder total o parcialmente, por cualquier título o forma jurídica, su dominio o derechos sobre la parcela, hasta tanto no haya cumplimentado las obligaciones previstas.
  • Abonar los servicios públicos que se prestaren en el Área;

19.2.1. Transferencias de lotes:

  • Cumplimentadas las obligaciones previstas en el artículo anterior, los adquirentes podrán transferir su dominio o derechos sobre la parcela, siempre que el nuevo Adquirente cumpla con los mismos requisitos exigidos para las ofertas originales, reservándose la Municipalidad de Villa Ocampo la facultad de autorizar o no la transferencia. A tal fin deberán comunicar, fehacientemente, el nombre y el domicilio de la persona a quien pretenden transferir su dominio o sus derechos, el precio y demás condiciones de la operación, como así también la documentación pertinente. 
  • La Municipalidad de Villa Ocampo tendrá un plazo de quince (15) días hábiles a partir de la fecha de recibida la notificación, para comunicar por un medio fehaciente su decisión.
  • En el supuesto que el nuevo adquirente proyectara variar la actividad principal diferentes a las que se hallan destinadas las instalaciones en las parcelas a transferir, deberá contar previamente con la aprobación técnica de la Municipalidad de Villa Ocampo; similar aprobación deberá obtener de la Municipalidad de Villa Ocampo, en el supuesto de que el titular de parcela proyecte variar o modificar la actividad principal sin que mediare transferencia inmobiliaria o comercial.-

 

19.2.2.Incumplimiento de condiciones:

Verificado el incumplimiento de las obligaciones establecidas, los adquirentes serán requeridos a justificarlo en un plazo de 60 días. Una vez vencido el plazo y no mediara justificación suficiente, la Municipalidad de Villa Ocampo intimará el cumplimiento en un plazo perentorio bajo apercibimiento de ejercer el derecho de resolución de la venta de la parcela. Los adquirentes podrán oponerse a dicha resolución, acreditando sumariamente ante la Municipalidad de Villa Ocampo y dentro del último plazo de intimación, que tal incumplimiento es consecuencia de fuerza mayor o caso fortuito que no le resulte imputable. Subsistiendo entre tanto la obligatoriedad del cumplimiento de todas las demás obligaciones que le correspondieren en su carácter de adquirente de parcela.-

20. SOBRE LA ACEPTACIÓN O RECHAZO DE OFERTAS

El Oferente reconoce y acepta la plena potestad del Titular, previa intervención de la Comisión Evaluadora, de aceptar o rechazar su Oferta de acuerdo al Pliego y conforme su exclusivo criterio y a lo establecido en los puntos anteriores. Asimismo, reconoce y acepta el Oferente la potestad del Titular de dejar sin efecto el llamado en cualquier momento previo a la determinación del orden de prelación, sin derecho a indemnización alguna. En tal sentido, el Oferente reconoce y acepta que, en función de la cantidad de Ofertas recibidas, el Comité de Evaluación determinará el orden de prelación y adjudicación de acuerdo a lo establecido en el Punto 19.

21. PERFECCIONAMIENTO DE LA ADQUISICIÓN

21.1. NOTIFICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

Aceptada la Oferta por el Titular, previa intervención del Comité de Evaluación, se notificará dicha circunstancia al Oferente y se procederá a su citación a fin de suscribir el Boleto de Compraventa.

21.2. DESIGNACIÓN DEL ESCRIBANO

El Notario interviniente será designado por el Adjudicatario, debiendo el mismo presentar la documentación requerida y cumplimentar cualquier requerimiento adicional que le dirija dicho escribano actuante.

21.3. FORMA DE PAGO

El saldo del Precio se dejará determinado en el Boleto de Compraventa libre de todo gravamen e impuesto y otorgamiento de la Posesión del Terreno, dejándose constancia en la misma de la forma de pago del monto pendiente con la cláusula de actualización fijada; y entregándose Escritura dominial una vez cancelado el pago total de la deuda y cumplido lo establecido en el Punto 19.

21.4. IMPUESTOS Y HONORARIOS:

Los impuestos y honorarios derivados de la transferencia de los terrenos corresponderán a los Adjudicatarios, conforme a las normas que rigen su aplicación, al igual que el Impuesto de Sellos, conforme a la condición de cada una de ellas frente al gravamen.

DECRETO Nº 1696/25

 

ANEXO 2

REGLAMENTO PARA LA ENAJENACIÓN DE LOTES DEL ÁREA DE SERVICIOS VILLA OCAMPO

 

OBJETO

ARTÍCULO 1°- El presente Reglamento del Área de Servicios Villa Ocampo tiene por objeto establecer las pautas y procedimientos referidas al proceso de enajenación de los lotes correspondientes a dicha área, todo en acuerdo a lo previsto en las ordenanzas N°1621,  N°1633 y N°1770.

 

DEL DESTINO Y LOS USOS

ARTÍCULO 2°- La enajenación de lotes del ÁREA DE SERVICIOS VILLA OCAMPO sólo podrá realizare para ser destinado a:

  • Depósitos en general;
  • Talleres mecánicos del automotor en sus diversos rubros;
  • Talleres mecánicos del transporte de carga en sus diversos rubros;
  • Talleres y emprendimientos metalúrgicos;
  • Fábrica de muebles;
  • Salones de venta mayoristas de diversos rubros.

Todos los emprendimientos, sin excepción, deberán cumplir los requerimientos ambientales según su actividad, realizándose obligatoriamente bajo cubierta las tareas que generen polución de cualquier material (pintura, arena, polvillo, etc.).

ARTÍCULO 3°- El Municipio pavimentará el acceso a los lotes. Dicho espacio público (calle de acceso pavimentado) no se podrá utilizar para estacionamiento o para carga y descarga, actividades que podrán realizarse dentro del inmueble y/o en el espacio lindante hacia el este, próximo a la Ruta Nacional 11. Tampoco se permitirá que el espacio público sea utilizado para exhibición de productos.

DE LAS CONDICIONES DE CONSTRUCCIÓN

ARTÍCULO 4°- Se permitirán construcción de Planta baja y hasta dos (2) pisos y en ningún caso las construcciones podrán ser para vivienda o unidades habitacionales. El frente de cada construcción debe tener una presentación estética acorde con el área que se fija.

ARTÍCULO 5°- Todas las construcciones deberán ser de buena calidad y no se aceptarán construcciones precarias, todo de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Edificación vigente.

ARTÍCULO 6°- Los emprendimientos deberán ser identificados con cartelería a elección del titular del mismo.

 

DEL PROCESO DE ENAJENACIÓN

ARTÍCULO 7°- El proceso de enajenación de los lotes del Área de Servicios Villa Ocampo se realizará mediante Oferta Pública, para lo cual la Municipalidad realizará una convocatoria en un todo de acuerdo a lo establecido en la presente.

 

DE LA CONVOCATORIA

ARTÍCULO 8°- La convocatoria será abierta y se comunicará mediante publicidad oficial durante al menos 15 días corridos con un plazo de antelación de 30 días a la fecha de apertura de las ofertas.

ARTÍCULO 9°- La Municipalidad elaborará el Pliego mediante el que se podrá participar de la Oferta Pública, cuyo acceso deberá garantizarse a toda persona física o jurídica que lo requiera.

ARTÍCULO 10°- Las ofertas deberán presentarse de acuerdo a los plazos y formas establecidas en el Pliego correspondiente y serán abiertas en acto público. El cumplimiento de las formas y plazos en la presentación de ofertas, así como las condiciones del interesado, determinará la aceptación o rechazo de dicha oferta. Solo las ofertas aceptadas serán consideradas por la Comisión Evaluadora a los fines de enajenación de los lotes del Área de Servicios Villa Ocampo.

ARTÍCULO 11°- Una vez aceptadas las ofertas, cada una de ellas será evaluada de acuerdo a lo previsto en el presente Reglamento. La Comisión Evaluadora determinará un orden de prelación, el que será utilizado para las adjudicaciones de lotes.

 

DE LOS OFERENTES

ARTÍCULO 12°- Para ser oferentes para la adquisición de lotes del Área de Servicios Villa Ocampo bastará con participar de la convocatoria presentando una oferta de acuerdo a lo estipulado en este reglamento y el/los pliego/s correspondiente/s.

ARTÍCULO 13°- Se encuentran inhabilitadas para presentar ofertas las personas en proceso de concurso de acreedores o quiebra. En este sentido, deberá acompañarse constancia emitida por el Registro de Juicios Universales sobre la persona del Oferente.

ARTÍCULO 14°- No podrán presentar ofertas los funcionarios municipales, provinciales y/o nacionales. En caso que el Oferente sea una persona jurídica, los miembros del directorio del Oferente y su personal no deberán ser empleados o funcionarios del Municipio, estado provincial y/o estado nacional.

DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

ARTÍCULO 15°- Aceptadas las ofertas, las mismas serán evaluadas por la Comisión Evaluadora de acuerdo a las pautas y prioridades establecidas en el presente Reglamento.

ARTÍCULO 16°- Las siguientes pautas de evaluación serán aplicadas de acuerdo al orden prioritario en que se presentan:

  1. Los emprendimientos inscriptos establecidos en el artículo 4° de la Ordenanza 1633 que se encuentren en el Área Central Administrativa y R1 del Reglamento de Zonificación vigente.
  2. Los emprendimientos inscriptos establecidos en el artículo 4° de la Ordenanza 1633 que se encuentren dentro del área R2 del Reglamento de Zonificación vigente;
  3. Los emprendimientos que se encuentren inscriptos en el Derecho Registro e Inspección, en alguno de las actividades establecidas en el artículo 4°, de la siguiente manera:
  • a- aquellos que tengan más de 20 años de inscripción;
  • b.- aquellos que tengan entre 10 y 20 años de inscripción; y
  • c.- los que tengan menos de 10 años.
  1. Las condiciones de la Oferta, de acuerdo a:
  • a.- Pago de contado;
  • b.- Mayor porcentaje de entrega; y
  • c.- Cancelación del saldo en la menor cantidad de cuotas.

 

ARTÍCULO 17°- Finalizada la evaluación se establecerá un orden de prelación hasta la cantidad de lotes que estuvieren disponibles. De existir más oferentes, se los ordenará con el mismo criterio y en caso de desistimiento y/o desadjudicación, se procederá a convocar a aquel que estuviere en primer lugar de la lista de suplentes y así sucesivamente hasta cubrir la totalidad de los lotes.  No se adjudicará ningún terreno cuya oferta sea inferior al precio establecido como precio base.

ARTICULO 18°: las decisiones tomadas por la Comisión Evaluadora serán inapelables, mientras cumpla con lo establecido en el presente reglamento y los pliegos correspondientes.

DE LA ADJUDICACIÓN

ARTÍCULO 19°- Culminada la evaluación de ofertas y definido el orden de prelación que determina las adjudicaciones, la Comisión Evaluadora remitirá un informe completo al Concejo Municipal para que éste proceda a emitir la Ordenanza correspondiente a concretar dichas adjudicaciones.

ARTÍCULO 20°- Una vez adjudicado, se confeccionará la Escritura traslativa de dominio en la que se estipularán las condiciones económicas planteadas.

ARTÍCULO 21°- La escritura traslativa de dominio se confeccionará contra la cancelación total del importe pactado.

 

SITUACIONES NO CONTEMPLADAS

ARTÍCULO 22°- Las cuestiones no contempladas en el presente Reglamento serán resueltas mediante resolución de la Comisión Evaluadora.

ARTICULO 23°: El presente reglamento sólo podrá ser modificado con la correspondiente aprobación por parte del Honorable Concejo Municipal

 

 

CARTA DE PRESENTACIÓN OFERTA ECONÓMICA

 

 

                                                                                                     Villa Ocampo, ______ de ___________ de 2025

Señores

MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO

     Presente                                                                                                           

       Ref.: Llamado a presentación de Ofertas de

                                                                          compra de Terreno  Área de Servicios de       

                                                                            Villa Ocampo, Loteo N°2.-

                                         [_______________________________________], DNI N° [____________________], en mi carácter de [___________________________] de la firma [_______________________________________], con facultades suficientes según surge de la documentación que se acompaña, constituyendo domicilio especial a todos los efectos del llamado en [________________________________________] de la ciudad de Villa Ocampo, por la presente formulo Oferta por el terreno de propiedad de LA MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO, sito en la localidad de Villa Ocampo, Provincia de Santa Fe, todo ello de conformidad con lo establecido en el Pliego del Llamado.

A. Opción de pago del precio en dinero (Punto 12.1. del Pliego): El precio total y por todo concepto por el cual mi representada ofrece en concepto de compra del Terreno  es de Pesos ______________________________________________________ ($[______________________]).

B. Forma de pago: el precio será abonado de la siguiente manera: a.- Entrega de la suma de pesos (________________________________________)  ($______________). El saldo pagadero en la cantidad de ________________________ (______) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Asimismo, y con carácter de declaración jurada expreso lo siguiente:

- Que he examinado el Pliego y acepto sin reservas todo lo allí estipulado, incluyendo las Circulares emitidas.

- Que toda la documentación proporcionada en los documentos que integran la presente Oferta es veraz y exacta.

- Que autorizo mediante la presente a la Municipalidad de Villa Ocampo para que cualquier persona física o jurídica suministre toda la información que considere necesaria para verificar la documentación que se presenta, y reconoce y acepta que en caso de comprobarse cualquier incorrección en la misma, se podrá rechazar la presente Oferta sin más trámite.

- Que me comprometo a proporcionar cualquier información adicional que sea requerida sobre la documentación presentada y que, en caso de no hacerlo, la Municipalidad de Villa Ocampo podrá rechazar la Oferta sin más trámite.

- Que acepto sin reservas someter cualquier controversia derivada del Llamado y/o del Boleto de Compraventa y/o Escritura de Dominio a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Villa Ocampo, renunciando al cualquier otro fuero que pudiera corresponder.

Datos de contacto del Oferente: Domicilio: [_________________________________________] Teléfono: [________________________________] Correo electrónico de contacto [_________________________________] [consignar solamente una (1) dirección de correo electrónico]

 Atentamente,

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 ...............................................

…………………………………..

Firma, Aclaración y N° Documento 

  • Creado el

DECRETO Nº 1694/25 - Licitación Pública Nº 10/25 - Acceso Norte Bv. Brown

DECRETO Nº 1694/25

VISTO:
• La necesidad de adquirir materiales para la obra “Pavimentación segunda mano del acceso norte de la ciudad por Bv. Brown -Conexión Av. Ermete Constanzi (Ruta Nacional 11) con Bv. Obligado- y rotonda entre ambos bulevares y calle 8 de Octubre”, aprobada por Ordenanza Nº 1762/25; y,

CONSIDERANDO:
• Que la ejecución de esta obra de infraestructura urbana es de especial relevancia, debido a que ordenará y mejorará notablemente la circulación vehicular en ese sector de la ciudad y equipará el acceso norte con las mismas características que el acceso sur (Bv. Urquiza), inaugurado recientemente.
• Que para su concreción se gestionó un aporte no reintegrable del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe (Ley Provincial Nº 12.385).
• Que para iniciar la obra es necesaria la adquisición de:
- 400 m3 de hormigón elaborado H-25
- 80 m3 de hormigón elaborado H-17
- 400 lt. de sika antisol normalizado o similar
- 50 barras de hierro Acindar 8Ø x 12 mts.
- 50 barras de hierro Acindar 6Ø x 12 mts.
- 20 kg. de alambre de fardo
- 600 m2 de malla sima de 4,2 mm de 25 x 25 ó 30 x 30 cm.
- 12 tn. de cal vial a granel
- 40 caños negros bicelados de 3” x 3.6 mm (6.40 m)
• Que el presupuesto oficial para la adquisición del material mencionado es de $91.350.000 (Pesos Noventa y Un Millones Trescientos Cincuenta Mil)
• Que según la Ordenanza Nº 1722/24 la forma de proceder para la adquisición del mismo es mediante el llamado a Licitación Pública.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Llámese a Licitación Pública N° 10/2025 para la adquisición en lotes de:
LOTE Nº 1:
- 400 m3 de hormigón elaborado H-25
- 80 m3 de hormigón elaborado H-17
LOTE Nº 2:
- 400 lt. de sika antisol normalizado o similar
LOTE Nº 3:
- 50 barras de hierro Acindar 8Ø x 12 mts.
- 50 barras de hierro Acindar 6Ø x 12 mts.
- 20 kg. de alambre de fardo
- 600 m2 de malla sima de 4,2 mm de 25 x 25 ó 30 x 30 cm.
LOTE Nº 4:
- 12 tn. de cal vial a granel
LOTE Nº 5:
- 40 caños negros bicelados de 3” x 3.6 mm (6.40 m)
Conforme a los detalles obrantes en el Pliego de Bases y Condiciones que forma parte del presente Decreto.
• Artículo 2º. La presentación deberá realizarse hasta el día 24 de octubre de 2025 a las 10:30 Hs. en Mesa de Entrada del Palacio Municipal; y la apertura de ofertas se llevará a cabo el día 24 de octubre de 2025 a las 11.00 Hs. en acto público con los oferentes en la sede de la Municipalidad de Villa Ocampo.
• Artículo 3º. Los recursos destinados a la compra del material detallado precedentemente son provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe, aprobados por Ordenanza Nº 1762/25.
• Artículo 4º. Los interesados podrán requerir el Pliego de Bases y Condiciones a un costo de $50.000 (Pesos Cincuenta Mil) hasta el día 22 de octubre de 2025 en Mesa de Entrada del Palacio Municipal, sito en calle Padre Ángel Tibaldo N° 1578, o solicitándolo por correo electrónico a gobierno@villaocampo.gob.ar , en horario de 08:00 a 12:00.
• Artículo 5º. El depósito de garantía es de $913.500(Pesos Novecientos Trece Mil Quinientos) según lo establecido en la Ordenanza N° 1722/24 correspondiente al 1% del presupuesto oficial. El mismo se podrá realizar de la siguiente manera:
- 1) En efectivo/vale mediante depósito realizado en Tesorería Municipal de Villa Ocampo, sito en calle Padre Ángel Tibaldo N° 1578, planta baja.
- 2) A través de la cuenta corriente de la Municipalidad de Villa Ocampo en el Banco Santa Fe cuenta N° 556 002 63/03 (Alias: PRINCIPAL.MUNI). Si se elige esta opción se deberá enviar por correo electrónico a la dirección antes mencionada el comprobante de depósito consignando el número de decreto y licitación, como así también los datos de la empresa.
- 3) A través de un cheque certificado, giro o transferencia bancaria a la orden de la Municipalidad de Villa Ocampo. El cheque será depositado indefectiblemente en la cuenta de la Municipalidad.
- 4) A través de Seguro de Caución.
• Artículo 6º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 14 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2025.

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar