DECRETO NRO 1692/25 - Licitación Pública Nº 09/2025
DECRETO NRO 1692/25
VISTO:
El Expediente 09/2025 de Licitación Pública para compra de materiales para Pavimentación de cuatro calles dentro del marco de Programa Brigadier del Gobierno Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto N° 1690/25 se convoca a LICITACIÓN PÚBLICA N° 09/2025 para la adquisición de: 700 m3 de hormigón elaborado H-25, 40 m3 de hormigón elaborado H-17, 22 bolsas de 1100 kg cada una de cal hidratada, acorde a las especificaciones técnicas y pliego respectivo;
Que, se cumplieron los recaudos legales para la difusión, tanto a través de la publicación en el Boletín Oficial como en el sitio web de este Municipio;
Que, la apertura de los sobres se realizó el día 30 de Julio de 2025, y concurrieron tres (3) oferentes, a saber: i) Corralón 9 de Julio S.R.L., quien presentó una única propuesta de $99.302.142,50, especificando que $89.972.295 correspondían a los 700 m3 de Hormigón H25, $5.101.200 a los 40 m3 de Hormigón H-17 y $4.228.647,50 a las 22 bolsas de 1100 kgs. (c/u) de cal; ii) Elías Yapur S.A., quien presentó una única propuesta de $112.681.222,14, especificando que $103.139.400 correspondían a los 700 m3 de Hormigón H25, $5.301.200 a los 40 m3 de Hormigón H-17 y $4.240.622,14 a las 22 bolsas de 1100 kgs. (c/u) de cal; iii) Unión Agrícola de Avellaneda Coop. Lim., quien presentó una única propuesta de $120.888.281,32, especificando que $111.774.894,20 correspondían a los 700 m3 de Hormigón H25, $5.727.495,23 a los 40 m3 de Hormigón H-17 y $3.385.891,88 a las 22 bolsas de 1100 kgs. (c/u) de cal.
Que, en el acta de apertura, la firma Elías Yapur S.A., dejó asentado que “la cotización por el oferente ´Corralón 9 de Julio´ es por debajo del costo y desconfiamos de fraude hacia la licitación y el Municipio. Solicitamos control externo de cantidad y calidad”, presentando, acto seguido, formal impugnación a la oferta presentada por Corralón 9 de Julio SRL.
Que, esta Administración requirió a la empresa impugnada que ejerciera su derecho de defensa, contestando la misma el 19/08/2025.
Que, desde esta Administración se requirió la intervención de un experto, Ing. Eduardo Gentile, Mat N° 109495, quien efectuó, ante la situación aludida y en virtud de las constancias del expediente, una evaluación técnica de la documentación recibida, con motivo de impugnación presentada por Elías Yapur S.A. respecto de la oferta de la firma Corralón 9 de Julio S.R.L. El mismo, tras señalar los requerimientos efectuados por el Pliego aplicable y por las normas vigentes, trazó un estudio comparativo de las diferentes propuestas efectuadas en el marco del procedimiento licitatorio, a cuyos extremos cabe remitirse. Lo relevante es que, tras concertar un comparativo de los precios unitarios de mercado, señaló que -a su entender- la oferta del Corralón 9 de Julio S.R.L. cumple con los requerimientos normativos estipulados.
Que, tomando en cuenta las conclusiones elaboradas en el mencionado informe de evaluación técnica del Ing. Gentile, el cotejo técnico de las áreas municipales y el dictamen de la Asesoría Jurídica (a cuyos extremos cabe remitirse, atento a su extensión), este Departamento Ejecutivo comparte las mismas, aprobando la Licitación Pública N° 09/2025, rechazando la impugnación de la firma Elías Yapur SRL por improcedente, y adjudicando a: i) la empresa Corralón 9 de Julio SRL la provisión de Hormigón Elaborado H-25 y H-17, ii) Unión Agrícola de Avellaneda Coop. Lim. la provisión de Cal Hidratada, por resultar las ofertas más convenientes a los intereses de esta Administración, correspondiendo el acto administrativo que así lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor;
Que, en base a ello, se entiende que las propuestas de la empresa Corralón 9 de Julio SRL (con relación a la provisión de Hormigón Elaborado H-25 y H-17) y de la Unión Agrícola de Avellaneda Coop. Lim. (respecto a la provisión de Cal Hidratada) se ajustan correctamente a la totalidad de la documentación que requiere el pliego y las especificaciones que rigen la licitación.
Que, atento aquellos informes, este Departamento Ejecutivo estima corresponde el dictado del acto administrativo que lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE VILLA OCAMPO
DECRETA:
Art. 1°: Apruébese la LICITACIÓN PÚBLICA N° 09/2025, para contratar la ADQUISICIÓN DE 700 m3 de Hormigón H25, 40 m3 de Hormigón H-17 y 22 bolsas de 1100 kgs. (c/u) de cal hidratada, según especificaciones técnicas y demás documentos que se adjuntan al Pliego respectivo.-
Art 2°: Rechácese la impugnación presentada por la firma Elías Yapur S.A. por improcedente.-
Art 3°: Adjudíquese la contratación a favor de Corralón 9 de Julio S.R.L. por la suma de $95.073.495 para la adquisición de Hormigón elaborado H25 (700 m3) y H17 (40m3).-
Art 4°: Adjudíquese la contratación a favor de la Unión Agrícola de Avellaneda Coop. Lim. por la suma de $3.385.891,88 para la adquisición de bolsas de cal (22 bolsas de 1100 kgs de cal hidráulica hidratada vial).-
Art. 5°: El presente gasto será imputado a la partida presupuestaria ‘Pavimento Urbano’ del presupuesto de erogaciones 2025.-
Art. 6°: Dispónese que por Asesoría Legal de la Secretaría de Gobierno se confeccione el proyecto de contrato respectivo a suscribir con cada una de las adjudicatarias.-
Art. 7°: Notifíquese en legal forma a todos los oferentes y a las firmas adjudicatarias, quienes deberán cumplimentar lo dispuesto en el Art. 6° del presente.-
Art. 8°: Regístrese, Publíquese y archívese.-
DAD EN SEDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA OCAMPO, DPTO GRAL OBLIGADO, PCIA. DE SANTA FE, A LOS 26 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2025.
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