RESOLUCIÓN Nº 01-0023/24 - Autorización jineteada
RESOLUCIÓN Nº 01-0023/24
VISTO:
• La nota presentada el día 14 de octubre de 2024 por Lucas Pezz Raselli y William Wirth solicitando autorización para realizar el 2º Encuentro de Jineteada, Montas Especiales y Folclore, el día 24 de noviembre de 2024, en el Predio “Los Olivos”, ubicado en Ruta Provincial 32 casi Camino Rural Nº 18; y,
CONSIDERANDO:
• Que se define a la jineteada como una competencia deportiva consistente en demostrar el dominio, preponderancia y estilo del jinete en la monta de caballos reservados, en sus distintas modalidades; además de ser un evento cultural que atrae el interés de un público masivo.
• Que las jineteadas se encuentran arraigadas en la tradición de nuestro país, desarrollándose una multiplicidad de espectáculos públicos, en los cuales además de conmemorar las tradiciones gauchas, se demuestran las destrezas criollas de los jinetes quienes deben usar su habilidad para lograr que los caballos defiendan su lomo.
• Que en las jineteadas se presentan tropillas de caballos denominados “reservados” y que se destinan para esos eventos por su condición de saber defender su lomo o corcovear para desprenderse del jinete, siendo animales seleccionados después de un adiestramiento para tal fin.
• Que como destreza criolla, la jineteada encuentra su origen en la principal ocupación del gaucho en el medio rural, siendo una competencia tradicional, folclórica, cultural y deportiva, que forma parte del patrimonio cultural y tradicional de nuestro país.
• Que es intención de los organizadores mantener y mejorar este evento deportivo y cultural a través del tiempo; y hacerlo conocido en toda la región, enmarcado en el programa de festejos por el Aniversario de la Ciudad.
• Que los organizadores esperan la afluencia de una gran cantidad de participantes que, sumados a sus grupos familiares, generará la presencia de un importante número de personas, lo que exigirá también que el municipio extreme los controles para que la realización del evento redunde en beneficio de todos.
• Que corresponde extender la correspondiente autorización municipal para la realización del evento de referencia.
POR TODO ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES DELEGADAS POR EL DECRETO Nº 1635/24, SE EMITE LA SIGUIENTE:
R E S O L U C I Ó N
• Artículo 1º. Autorícese a Lucas Pezz Raselli y William Wirth a la realización del 2º Encuentro de Jineteada, Montas Especiales y Folclore, el día 24 de noviembre de 2024, en el Predio “Los Olivos”, ubicado en Ruta Provincial 32 casi Camino Rural Nº 18.
• Artículo 2º. Extiéndase la presente autorización con sujeción al cumplimiento de las siguientes obligaciones por parte de los organizadores, a saber:
- El cumplimiento irrestricto de toda orden o sugerencia que, en forma coordinada, se determinen con la Municipalidad de Villa Ocampo, Bomberos Voluntarios y/o la Policía de la Provincia de Santa Fe, con relación a las medidas de seguridad en el evento de jineteada y fuera de éste.
- El cumplimiento de todas las exigencias legales laborales e impositivas que imponga la legislación y las reparticiones públicas o federaciones deportivas competentes, con relación a la contratación de personal de su dependencia y/o para la realización del evento de jineteada y folclore.
- El cumplimiento de todas las exigencias legales impositivas que impongan los entes nacionales y/o provinciales competentes, de acuerdo con la legislación vigente, incluidos los derechos por propalación de música.
- La contratación de los adicionales policiales o de vigilancia privada que le sean requeridos y que correspondan de conformidad con lo establecido en la reglamentación provincial vigente.
- La responsabilidad de la contratación de seguros de responsabilidad civil que cubran los riesgos por eventuales daños que puedan sufrir los participantes, los espectadores y/o sus pertenencias y/o los bienes públicos que se utilicen a los fines del evento deportivo y cultural.
- La contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra los eventuales daños que sufran las instalaciones que se utilizarán a los fines del evento.
- La responsabilidad de exigir a los participantes la presentación de una ficha médica que avale su condición física para participar del evento de jineteada, al momento de la inscripción.
- La cobertura médico sanitaria del evento de jineteada, mediante la contratación de servicios de ambulancia y la dotación de los servicios de atención médica y de enfermería.
- El pago de tasas y derechos municipales correspondientes.
- El compromiso de mantener indemne a la Municipalidad de Villa Ocampo por cualquier reclamo o indemnización que se derive de daños a terceros en ocasión de la realización del evento de jineteada y folclore.
• Artículo 3º. Percíbanse por Tesorería Municipal las contribuciones fiscales correspondientes de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Tributaria vigente.
• Artículo 4º. Entréguese copia de la presente a los organizadores a los fines de darse por aceptadas las condiciones impuestas y de asumir las responsabilidades que de ellas emerjan.
• Artículo 5º. Regístrese, comuníquese y archívese.
DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 25 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2024.
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