ORDENANZA Nº 1827/26 - Adhesión del Municipio local al Estado de Emergencia Hídrica Provincial
ORDENANZA Nº 1827/26
VISTO:
El proyecto de ordenanza N° 959/26 del Departamento Ejecutivo Municipal; y,
CONSIDERANDO:
La ley provincial N° 14.477 mediante la cual se declara el estado de emergencia hídrica a la totalidad del territorio provincial hasta el 30 de abril de 2027;
Que la misma tiene como objeto agilizar y facilitar la concreción de obras, construcciones y trabajos públicos destinados a preparar, aliviar y mitigar los efectos y daños que pudieran provocarse por los excesos hídricos;
Que dicha declaración constituye un antecedente relevante respecto de la situación hidrológica que atraviesa la Provincia y de la necesidad de fortalecer las acciones de prevención, preparación y respuesta ante eventuales contingencias hídricas;
Que asimismo, las condiciones climáticas actuales requieren mantener una especial atención sobre la evolución de los factores meteorológicos e hidrológicos que pueden incidir sobre el territorio de la ciudad y, particularmente, sobre la cuenca del río Paraná y sus sistemas de aporte;
Que conforme la actualización correspondiente al mes de agosto de 2026 elaborada por el Servicio Meteorológico Nacional, las condiciones del fenómeno El Niño -Oscilación del Sur (ENOS)- resultan consistentes con una fase cálida o El Niño, previéndose una probabilidad cercana al cien por ciento de permanencia de dicha fase durante el trimestre agosto-septiembre-octubre de 2026;
Que la persistencia de este escenario climático, sumada a las características propias del sistema hídrico regional y a la vulnerabilidad de determinados sectores del distrito Villa Ocampo, torna necesario extremar las medidas de vigilancia, prevención, preparación y respuesta frente a posibles eventos de exceso hídrico;
Que el Art. 16° de la Ley 14.447 invita a los gobiernos locales a adherir a la emergencia declarada.
POR ELLO, EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de Villa Ocampo a la Ley Provincial N° 14.477, declarándose en Estado de Emergencia Hídrica al distrito Villa Ocampo hasta el 30 de abril de 2027, con los efectos administrativos y financieros que tal situación demande y justifique.
ARTÍCULO 2°: Adóptese todas las medidas preventivas y transitorias que tiendan a preservar la seguridad de las personas y de los bienes materiales, tanto públicos como privados.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
SALA DE SESIONES, 26 DE AGOSTO DE 2026.
- Creado el
