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ORDENANZA Nº 1822/26 - Establece ventas de lotes Área de Servicios

ORDENANZA Nº 1822/26
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 952/26 del Departamento Ejecutivo Municipal; y

CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 01/26 de la Comisión Ejecutiva del Área de Servicios Villa Ocampo mediante la cual se estableció el procedimiento y condiciones para la venta directa de lotes disponibles, a través de una convocatoria abierta y permanente;
Que cumplida la comunicación oficial establecida en el Art. 8° del Reglamento del Área de Servicios, se recibió una propuesta para la adquisición de los Lotes 5 y 6 del Loteo N° 2, presentada por Sergio Alberto Pepermans (CUIT N° 20-17479515-1), propietario de Gomería Pepermans;
Que la propuesta incluye una oferta total de $70.000.000 (Pesos Setenta Millones) por ambos lotes; con una entrega inicial de $38.000.000 (Pesos Treinta y Ocho Millones) y el saldo pagadero en cinco (5) cuotas mensuales y consecutivas de $6.400.000 (Pesos Seis Millones Cuatrocientos Mil);
Que analizada la oferta bajo las condiciones que establece el Reglamento; la Comisión Ejecutiva emitió la Resolución N° 02/26, mediante la cual acepta la propuesta presentada.
Que además, se recibió una propuesta para la adquisición del Lote 7 del Loteo N° 2, presentada por Carlos Rubén Píccoli (CUIT N° 20-35260679-1), propietario de un taller metalúrgico;
Que la propuesta incluye una oferta de $37.000.000 (Pesos Treinta y Siete Millones); con una entrega inicial de $17.000.000 (Pesos Diecisiete Millones) y el saldo pagadero en diez (10) cuotas mensuales y consecutivas de $2.000.000 (Pesos Dos Millones);
Que, analizada la oferta bajo las condiciones que establece el Reglamento; la Comisión Ejecutiva emitió la Resolución N° 03/26, mediante la cual acepta la propuesta presentada.
Que, además, se recibió una propuesta para la adquisición del Lote 8 del Loteo N° 2, presentada por Renato Román Báscolo (CUIT N° 30-71412788-8), propietario de una distribuidora mayorista;
Que la propuesta incluye una oferta de $36.500.000 (Pesos Treinta y Seis Millones Quinientos Mil) de pago contado efectivo;
Que analizada la oferta bajo las condiciones que establece el Reglamento; la Comisión Ejecutiva emitió la Resolución N° 04/26, mediante la cual acepta la propuesta presentada;
Que el Plano de Mensura correspondiente al Loteo Nº 2 se encuentra en trámite de inscripción definitiva, suscripto con fecha Diciembre 2024 por el Ing. Agrimensor Nicolás Enrique Díaz- subdivisión de una fracción de terreno situada en el Lote Rural N° 213 de la Colonia Ocampo, Distrito Villa Ocampo, Departamento General Obligado, identificados con los Nº 240.156 (Lote 2), P.I.I. 03-08-00014586/0011, y Nº 231.044 (Lote 1), P.I.I. 03-08-00014586/0083 del que resultan 9 (nueve) lotes con una superficie de 562,50 m2 cada uno, de un total de 12 (doce) lotes de terreno con las medidas consignadas en el mismo plano;
Que tal situación, no impide formalizar los contratos de compra-venta; quedando pendiente la escrituración de los lotes a favor de los adquirentes, cuando se cumplan las condiciones para ello;
Que por tal motivo, corresponde dictar la norma que autorice al Ejecutivo Municipal a efectuar la enajenación de los lotes a favor de los oferentes, según lo resuelto por la Comisión Ejecutiva del Área de Servicios Villa Ocampo; en cumplimiento a la Ordenanza N° 1633/21 y al Reglamento de la misma.

POR ELLO, EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º): Adjudíquese los Lotes 5 y 6 del Loteo N° 2 del Área de Servicios Villa Ocampo a Sergio Alberto Pepermans (CUIT N° 20-17479515-1), en un todo de acuerdo a la Resolución Nº 02/26 de la Comisión Ejecutiva.
ARTICULO 2°): Adjudíquese el Lote 7 del Loteo N° 2 del Área de Servicios Villa Ocampo a Carlos Rubén Píccoli (CUIT N° 20-35260679-1), en un todo de acuerdo a la Resolución N° 03/26 de la Comisión Ejecutiva.
ARTÍCULO 3°): Adjudíquese el Lote 8 del Loteo N° 2 del Área de Servicios Villa Ocampo a Renato Román Báscolo (CUIT N° 30-71412788-8), en un todo de acuerdo a la Resolución N° 04/26 de la Comisión Ejecutiva.
ARTÍCULO 4º): Autorícese al Intendente Municipal Cristian Marega a adoptar las medidas administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente, así como para percibir los pagos correspondientes y su posterior afectación a los fines establecidos en la Ordenanza N° 1633/21.
ARTÍCULO 5º): Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. ----------------------------

SALA DE SESIONES, 01 DE JULIO DE 2026. -

  • Creado el
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