ORDENANZA Nº 1783 /25 - Ratifica el Decreto 1695 del DEM, ad referéndum, sobre Licencias de Conducir Profesionales
ORDENANZA Nº 1783 /25
VISTO:
El Decreto Nº1695/25 emitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, ad referéndum del Concejo; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo alude al Decreto Provincial Nº 2641/25 del 23/10/2025, mediante el cual se dispone una modificación parcial del Decreto Provincial Nº 2570/15, en lo referido a la vigencia de las Licencias de Conducir Profesionales.
Que tal modificación establece que las personas entre los 21 y 45 años de edad que tramiten la obtención o renovación de las licencias de las clases C, D y E podrán ser habilitadas por cinco (5) años de vigencia; y que las personas entre los 46 y 65 años de edad podrán acceder a las mencionadas clases por tres (3) años de vigencia; quedando dos (2) años de vigencia para quienes tengan entre 66 y 70 años de edad, y un (1) año de vigencia para las personas mayores de 70 años.
Que los nuevos períodos de vigencia de las Licencias de Conducir Profesionales de tres (3) y cinco (5) años no se encuentran categorizados en el Art.80º de la Ordenanza Tributaria Nº 1746/24 inherente a la Tasa para Reposición de Solicitudes.
Que corresponde subsanar esta situación para no afectar el normal expendio de las Licencias de Conducir Profesionales, incorporando las categorías faltantes con imposición de la UTM a valores proporcionales y correlativos a los existentes.
POR ELLO, EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo 1º): Ratifícase, en todos sus términos, el Decreto Nº1695/25 del Departamento Ejecutivo, ad referéndum del Concejo, cuya copia se adjunta.
Artículo 2°): Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, 12 DE NOVIEMBRE DE 2025.
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