ORDENANZA Nº 1775/25 - Adjudica parcela en Cementerio para la Cooperadora de la Residencia de Adultos Mayores San José
ORDENANZA Nº 1775/25
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza Nº 888/24 del Departamento Ejecutivo Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo alude a la solicitud presentada por la Asociación Cooperadora del Hogar de Adultos Mayores “San José”, requiriendo una parcela en el Cementerio Municipal para la construcción de nichos con destino a la última morada de los internos de la institución, cuyos deudos no pudieran hacerse cargo de los mismos.
Que mediante la Ordenanza Nº 764/05 se entregó, sin cargo alguno y con el mismo fin, al Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Azúcar de Villa Ocampo una parcela del Cementerio Municipal compuesta por los Lotes Nº 4 y 5, cuyas medidas eran entre ambos de 8,50 metros de frente por 4,00 metros de fondo.
Que la Ordenanza Nº 1540/19, en su artículo 11º, establece un tiempo para comenzar la construcción en el plazo de 1 año, con posibilidad de prorrogarlo por el mismo periodo por única vez.
Que el Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Azúcar de Villa Ocampo hace tiempo no cuenta con su personería jurídica; por lo tanto, según lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1540/11 en su artículo N°11, corresponde al municipio recuperar el terreno no construido del Cementerio Municipal para darle otro destino.
Que de la parcela cedida a la entidad sindical existe actualmente un terreno remanente sin construcción de 4,50 metros de frente por 4,00 metros de fondo.
Que la actual gestión realizó un relevamiento, reordenamiento y demarcación en el cementerio de la ciudad, reenumerando las parcelas de acuerdo a los extremos identificados por los puntos cardinales.
Que, en virtud de ello, la parcela recuperada que se pretende otorgar a la Cooperadora de la Residencia de Adultos Mayores, es identificada como Lote N°9 del Ala Norte del Cementerio Municipal de la ciudad.
Que la Asociación Cooperadora del Hogar de Adultos Mayores “San José” se haría cargo de todos los gastos que demande la construcción y mantenimiento del espacio solicitado, conforme lo reglamenta la Ordenanza Nº 1540/19.
POR ELLO, EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo 1°): Adjudícase a la Asociación Cooperadora de la Residencia de Adultos Mayores “San José”, sin cargo alguno, el Lote N°9 del Cementerio Municipal, ubicado en el sector Límite Norte del mismo, cuyas medias son de 4,5metros de ancho x 3metros de largo, según plano que se adjunta y forma parte de la presente.
Artículo 2°): Dispónese que el terreno mencionado en el artículo precedente, se destine a la construcción de nichos a cargo de la Asociación Cooperadora de la Residencia de Adultos Mayores “San José” para la última morada de los internos de la institución, cuyos deudos no pudieran hacerse cargo de los mismos.
Artículo 3°): Determínase que la obra correrá por cuenta de la Asociación Cooperadora, la que podrá ejecutarse por etapas, siguiendo el diseño arquitectónico de lo ya construido.
Artículo 4°): Facúltase a la Secretaría de Obras Públicas, a través de su personal técnico, a efectuar el seguimiento y control de los trabajos, en un todo de acuerdo a los artículos 12º y 13º de la Ordenanza Nº 1540/19.
Artículo 5°): Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, 03 DE SEPTIEMBRE DE 2025.
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