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ORDENANZA Nº 1766/25 - Deroga Ordenanzas de Pavimentación Plan Ahorro Vecino

ORDENANZA Nº 1766/25

VISTO:
El Proyecto de Ordenanza Nº 920/25 del Departamento Ejecutivo Municipal; y,

CONSIDERANDO:
Que el mismo refiere a las Ordenanzas Nº 1472/18 y 1473/18, mediante las cuales se dispuso la apertura de Registros de Oposición para la ejecución de las obras de pavimentación 1º Etapa del Barrio El Porvenir (dos cuadras de la calle San Lorenzo y una de la calle 2 de Abril, con sus respectivas bocacalles) y Barrio Arno (dos cuadras de la calle Caseros, sin bocacalles).
Que con fecha 28 de mayo de 2018 se cerraron los correspondientes Registros de Oposición sin ninguna objeción por parte de los frentistas comprendidos; sin embargo, no existen Ordenanzas posteriores que dispongan su ejecución.
Que, por tal motivo, no se registra pago alguno por parte de los frentistas ni corresponde sean intimados a hacerlo.
Que en ambas Ordenanzas se destacan los resultados positivos que estaba obteniendo hasta ese momento el “Plan de Ahorro Vecino” (PAV) en la 1º Etapa del Barrio Oeste, obra de pavimentación aprobada por Ordenanza Nº 1438/17.
Que inaugurada en marzo del presente año la última de las seis calles y tres bocacalles que comprendió el plan mencionado precedentemente, se registra que, del total de 93 frentistas, cancelaron el pago de la obra el 54,54%; mientras que el 2,15% tienen convenios firmados (caídos o vigentes) y el 43,31% son deudores morosos.
Que, analizados los resultados finales del único plan de pavimentación que se ejecutó mediante la modalidad “Plan de Ahorro Vecino”, los mismos no fueron satisfactorios; afectando los plazos en el avance de obra y comprometiendo, en un alto porcentaje, recursos propios del municipio para poder concluirlo.
Que, en definitiva, la modalidad “Plan de Ahorro Vecino” no varía en nada los porcentajes de cumplimiento de pago por parte de los frentistas, en comparación con los planes habituales donde la obligación de pago se inicia una vez concluida la obra en la cuadra correspondiente.

POR ELLO, EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA

Artículo 1º): Derógase la Ordenanza Nº 1472/18 por la que se disponía la apertura del Registro de Oposición para la obra de pavimentación 1º Etapa del Barrio El Porvenir a través del “Plan de Ahorro Vecino”, por ser insatisfactorios los resultados de esta modalidad de pago.

Artículo 2º): Derógase la Ordenanza Nº 1473/18 por la que se disponía la apertura del Registro de Oposición para la obra de pavimentación 1º Etapa del Barrio Arno a través del “Plan de Ahorro Vecino”, por ser insatisfactorios los resultados de esta modalidad de pago.

Artículo 3º): Déjanse sin efecto las correspondientes actas de los Registros de Oposición, fechadas el 28 de mayo de 2018.

Artículo 4º): Dispónese que las cuadras y bocacalles comprendidas en ambas Ordenanzas aquí derogadas sean tenidas en cuenta en próximos planes de pavimentación, bajo los lineamientos y modalidades que establezca el Ejecutivo Municipal.

Artículo 5º): Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, 28 DE MAYO DE 2025.

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