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ORDENANZA Nº 1754/25 - Aprueba solicitud de FOM para obra Estabilizado Granular con Ripio en tres tramos de Calles Interbarriales

ORDENANZA Nº 1754/25

VISTO:
El Proyecto de Ordenanza Nº 912/25 del Departamento Ejecutivo Municipal; y,

CONSIDERANDO:
Que el mismo refiere a la vigencia de la Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y decretos reglamentarios del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe.
Que la Municipalidad de Villa Ocampo se encuentra comprendida dentro de los alcances de este Fondo; y por lo tanto tiene asignado un presupuesto para ser destinado a obras menores y adquisición de equipamiento y rodados.
Que se proyecta ejecutar un estabilizado granular en tres tramos de calles interbarriales, con el objetivo de mejorar su transitabilidad; contribuyendo al desarrollo urbano y la seguridad vial.
Que, además de optimizar sus condiciones estructurales otorgando mayor resistencia y durabilidad mediante la aplicación de una capa de material de ripio, mejorará el escurrimiento pluvial y disminuirá el costo de mantenimiento a largo plazo.
Que los tramos previstos a intervenir son:
 Calle López y Planes, desde Bv. Sarmiento hasta calle Santa Fe (1.280 metros), beneficiando a los barrios Oeste, FONAVI y Juan Perón.
 Calle Estanislao López, desde calle Santa Fe hasta Ruta Provincial 32 (650metros), beneficiando a los barrios Los Amores y Nueva Esperanza.
 Calle Oscar Ahrndt, desde Bv. Brown hasta Cortada Barreto (650 metros), beneficiando a los barrios 8 de Octubre, Cortada Barreto y loteos aledaños
Que la ejecución de la obra en su totalidad incluirá:
 Relevamiento topográfico de los sectores a intervenir.
 Limpieza y nivelación del terreno para asegurar una base uniforme.
 Perfilado y compactación de la superficie existente.
 Desmonte y retiro de material inadecuado en sectores con baja capacidad portante.
 Ejecución de una sub-base con suelo seleccionado, en una proporción de una parte.
 Incorporación de arena en una proporción de 0,5 parte para mejorar la granulometría y la trabajabilidad del material.
 Compactación mecánica mediante rodillo vibratorio.
 Colocación de una capa de estabilizado granular en una proporción de cuatro partes.
 Distribución uniforme del material con motoniveladora.
 Humectación controlada para favorecer la compactación y la cohesión de los materiales.
 Compactación final hasta alcanzar la densidad óptima.
Que, de acuerdo a las normas vigentes, esta obra puede realizarse con recursos provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe, el cual tiene el carácter de no reintegrable.

POR ELLO, EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA

Artículo 1º): Solicítese al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley Nº 12.385, sus modificatorias y decreto reglamentario, autorice y otorgue el aporte de $200.000.000 (Pesos Doscientos Millones), en carácter de fondo no reintegrable, para concretar la Obra “Estabilizado Granular con Ripio en Tres Tramos de Calles Interbarriales”, según lo estipulado en la Memoria Descriptiva que se adjunta a la presente.

Artículo 2º): Facúltese al intendente municipal Cristian Marega (DNI 34.585.617) para gestionar los fondos destinados al financiamiento de la obra que se aprueba en este acto.

Artículo 3º): Autorícese al intendente municipal a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.

Artículo 4º): Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

SALA DE SESIONES, 26 DE MARZO DE 2025.

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

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