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ORDENANZA Nº 1742/24 - Dispone creación de espacio de juegos para niños en predio de acceso a la ciudad

ORDENANZA Nº 1742/24

VISTO:
La Ordenanza Nº 05/24 del Concejo Joven 2024, aprobada a raíz de una iniciativa impulsada por los representantes de la EESOPI Nº 3181 “Gral. Manuel Obligado”-Turno tarde; y,

CONSIDERANDO:
Que la misma dispone la creación de un espacio recreativo infantil en el área sureste del Oratorio “Virgen de Itatí”, bajo la denominación “Plaza de los Jóvenes”.
Que la iniciativa busca brindar un sitio organizado y atractivo para el disfrute de los niños y sus familias en el predio de acceso a la ciudad.
Que, además, la creación de este espacio contribuiría a mejorar la estética del área adyacente a la Ruta Nacional N°11.
Que la Ordenanza Nº 1505/18 establece la reparación de los juegos existentes, así como la incorporación de nuevos elementos, en el sector oeste a la Oficina de Turismo.
Que la Ordenanza Nº 1505/18 también fue impulsada por el Concejo Joven, lo que denota la necesidad que detectan los adolescentes de contar con un espacio adecuado para la recreación de los niños en el lugar.
Que el predio de acceso a la ciudad es uno de los lugares preferidos por las familias ocampenses como espacio de ocio y esparcimiento, principalmente los fines de semanas.
Que la existencia de un espacio de juegos destinado a la niñez es sumamente importante para su disfrute, permitiendo, además, un mayor control por parte de los padres y adultos responsables.
Que, en este sentido, es importante que el espacio recreativo en cuestión cuente con una cerca perimetral que mejore las condiciones de seguridad de los niños.

POR ELLO, EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Artículo 1°): Créese un espacio recreativo infantil, bajo la denominación “Plaza de los Jóvenes”, en el predio de acceso a la ciudad.

Artículo 2°): Emplácese, el espacio creado en el artículo 1°, en un lugar del predio que garantice el fácil acceso y visibilidad. Asimismo, dótese a dicho espacio de juegos de plaza, luminarias y cerca perimetral.

Artículo 3°): Deróguese la Ordenanza Nº1505/18.

Artículo 4º): Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, 04 DE DICIEMBRE DE 2024.

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar