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ORDENANZA Nº 1740/24 - Aprueba firma de instrumento legal para rederteminación de precios obra 15 VIVIENDAS (Plan de 30)

ORDENANZA Nº 1740/24

VISTO:
El Proyecto de Ordenanza Nº 905/24 del Departamento Ejecutivo Municipal; y,

CONSIDERANDO:
Que el mismo refiere a la Ordenanza Nº 1721/24 que autoriza al Ejecutivo Municipal a firmar el contrato de obra pública con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la terminación de 15 Viviendas por Administración Comunal (Expediente Nº 15201-0224426-6).
Que la Ley Provincial Nº 12.046/02 y su normativa concordante, regulan el procedimiento para la redeterminación de los precios de las obras públicas cuando se acredita una variación en los costos de los ítems que componen el mismo.
Que la Ley Nº 5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, en sus Arts. 41 y 68 obliga a constituir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra.
Que mediante el Decreto Provincial Nº 1698/84, ratificado por el Nº 1007/85, se crea un sistema que permite a las comunas y municipalidades afectar el fondo de coparticipación provincial como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado del acto administrativo correspondiente.

POR ELLO, EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Artículo 1º): Autorízase al intendente municipal, Cristian Fabricio Marega DNI Nº 34.585.617, a firmar el instrumento legal correspondiente a toda “redeterminación de precios” que se presente en el marco de la obra “Terminación de 15 Viviendas, Demanda Global – Administración Comunal, Prototipos DU 5.0 M 50 P y VCD 50 P”, con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (Expediente Nº 15201-0224426-6).

Artículo 2º): Cada vez que fuese suscripto un instrumento legal para establecer “redeterminación de precios” en los alcances previstos en el artículo 1°, el Departamento Ejecutivo deberá elevar al Concejo el proyecto de ordenanza correspondiente disponiendo las adecuaciones presupuestarias en la que se expresen los valores resultantes del procedimiento en cuestión.

Artículo 3º): Adhiérase la Municipalidad de Villa Ocampo al sistema creado por Decreto Provincial Nº 1698/84, ratificado por el Nº 1007/85, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.

Artículo 4º): Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, 06 DE NOVIEMBRE DE 2024.

  • Creado el
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