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ORDENANZA Nº 1735/24 - Modifica Ordenanza Nº 1507-18 -Declaraciones Juradas Patrimoniales de funcionarios municipales

ORDENANZA Nº 1735/24

 

VISTO:

                El Proyecto de Ordenanza Nº 855/24 del DEM mediante el cual se plantea la necesidad de adecuar la Ordenanza Nº 1507/18 referida a la Declaración Jurada Patrimonial para funcionarios públicos municipales; y,

CONSIDERANDO:

            Que dicho proyecto promueve algunas modificaciones a la Ordenanza Nº 1507/18 con el fin hacer la Declaración Jurada Patrimonial más práctica, eficiente y de ágil confección.

Que es obligatorio mantener este mecanismo de control para transparentar el ejercicio de la función pública, con un compromiso ético por parte de las personas electas por la ciudadanía y de quienes fueron designados como funcionarios de mayor rango dentro de la gestión municipal.

            Que este tipo de medidas tienden a prevenir situaciones que puedan resultar violatorias de las normas éticas y jurídicas que impone el ejercicio de la función pública; y constituye una apertura natural y permanente hacia la sociedad que representa.

            Que las personas alcanzadas por esta obligación deben consignar los datos inherentes a su situación patrimonial en distintos formularios, según se trate de información de interés público o de carácter sensible y/o confidencial.

            Que la información presentada debe actualizarse anualmente, de manera que se pueda registrar la evolución patrimonial de los funcionarios mientras se desenvuelvan en la función pública.

            Que, asimismo, es pertinente el resguardo de la información patrimonial de cada funcionario, por un tiempo prudencial, para el caso de que la misma sea requerida en el ámbito judicial o fiscal y/o por organismo o autoridad superior competente para ello.

           

POR TODO ELLO:   

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

Artículo 1º): Refórmase la Ordenanza Nº 1507/18 de acuerdo con el siguiente detalle:

  1. Elimínase el inciso f) del Artículo 1°.
  2. Modifícase el Artículo 2º, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 2º): INFORMACIÓN A DECLARAR. La Declaración Jurada Patrimonial deberá contener:

  1. Bienes inmuebles, radicados en el país o en el exterior, con fecha y valor de adquisición y dato de registro.
  2. Bienes muebles registrados en el país o en el exterior, con fecha y valor de adquisición y dato de registro.
  3. Inversiones de títulos, acciones, valores, cotizables en bolsa o no, plazos fijos, participaciones en explotaciones personales o en sociedad.
  4. Depósitos en entidades bancarias o financieras, en el país o en el exterior, en moneda nacional o extranjera.
  5. Créditos y deudas hipotecarias, prendarias y comunes a la fecha de la presentación jurada.
  6. Ingresos derivados de la función pública.
  7. Ingresos derivados de otras actividades en relación de dependencia, comercial, profesional o cuentapropista, con fecha de inicio.
  8. Modifícase el Artículo 6º cuyo texto rezará:

 Artículo 6º): PRESENTACIÓN, DEPÓSITO Y CADUCIDAD. Las Declaraciones Juradas Patrimoniales deberán presentarse para su resguardo y publicación, según corresponda:

- El intendente y los concejales ante la Secretaría del Concejo Municipal, que deberá armar un legajo por cada presentación, con el nombre completo del funcionario, el cargo y fecha en la cual se encuentre obligado a efectuar la misma. La Secretaría del Concejo Municipal será responsable de la conservación, custodia, archivo y publicación, según corresponda, de las Declaraciones Juradas Patrimoniales a su cargo; entregando al funcionario una constancia de recibida ante cada presentación.

- Los funcionarios del Ejecutivo Municipal y el/la Juez/a Municipal de Faltas deberán presentarlas en Mesa de Entrada de la Municipalidad, quien expedirá la correspondiente constancia de recepción, y remitirá las Declaraciones Juradas Patrimoniales al intendente municipal, quién deberá armar un legajo por cada presentación, con el nombre completo del funcionario, el cargo y fecha en la cual se encuentre obligado a efectuar la misma; y será el único responsable de la conservación, custodia, archivo y publicación, según corresponda.

Pasados los cinco (5) años de haber sido presentada la última Declaración Jurada Patrimonial, el intendente municipal y el presidente del Concejo Municipal, según correspondiere, están obligados a destruir todos los legajos, manteniendo el criterio de confidencialidad y sin que quedara copias de los mismos; caducando toda responsabilidad que obrare sobre ellos.

Artículo 2º): Sustitúyanse los Anexos I y II aprobados por el artículo 5° de la Ordenanza Nº 1507/18 por los adjuntos a la presente. 

Artículo 3º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES, 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024.

 

 

ANEXO I

DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL -INFORMACIÓN SENSIBLE-

(ORDENANZA Nº 1507/18 y modificatorias)

1.  DATOS PERSONALES

Apellido(s) y Nombre(s)

 

D.N.I. Nº

 

Fecha de Nacimiento

 

Estado Civil

 
         
  • Grupo familiar

 

NOMBRE

EDAD

VÍNCULO

OCUPACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.  ACTIVIDAD LABORAL

Cargo:

 

Lugar de desempeño (dependencias):

 
     

3.  INGRESOS DERIVADOS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Indique los datos correspondientes a Ud.

1.-En caso de NO poseer alguno de los siguientes conceptos, marque la casilla correspondiente.

3.1. Ingreso mensual total del Funcionario                                                      No posee

ORIGEN

CONCEPTO

IMPORTE

     
     
     

 

3.2. Otros Ingresos mensuales derivados del trabajo en relación de dependencia o actividades independientes.

  • No posee

ORIGEN

CONCEPTO

IMPORTE

     
     
     

4. SITUACIÓN PATRIMONIAL DEL FUNCIONARIO PÚBLICO

4.1. Cuentas bancarias del funcionario Público                                                        No posee

BANCO

TIPO DE CUENTA

SALDO ACTUAL

     
     
     
     

4.2. Bienes inmuebles del Funcionario Público                                                         No posee

Datos de registro

Ubicación

Superficie en m2

Fecha de adquisición

Valor de adquisición

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.3. Automóviles del Funcionario Público                                                                No posee

Marca

Modelo

Patente

Año de adquisición

Valor de adquisición

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.4. Otros bienes muebles registrables (camiones, barcos, aviones, etc.).          No posee

Bien

Detalle

Dato de registro

Año de adquisición

Valor de adquisición

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.5. Otros bienes que, por su valor, incidan en el patrimonio.                                No posee

Bien

Detalle

Año de la adquisición

Valor de Adquisición

 

 

 

 

       
       

4.6. Participación en Sociedad Comercial

SI        

NO

Nombre de la Sociedad

Tipo de Sociedad

Porcentaje de

Participación

Fecha de ingreso

Valuación patrimonial de la sociedad

         
         

   4.7. Otras Inversiones Financieras del Funcionario Público                                   No posee

Entidad financiera

 Inversión

Monto

     
     
     

 

5. PASIVO

TIPO

ACREEDOR

IMPORTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Carácter de la declaración - Excepciones: En todos los casos la información suministrada en cumplimiento de la presente Ordenanza tendrá carácter confidencial y secreto, los sobres que la contengan no podrán ser abiertos ni retirados de los lugares establecidos por la Ordenanza excepto por:

  1. Pedido del declarante, sus sucesores o representante legal, pasado el plazo de conservación estipulado.
  1. Por requerimiento de Juez competente en materia Penal, en causas sobre ilícitos cometidos en el desempeño de la función.

Fecha:

                                                                                                                                          Firma y Aclaración

ANEXO II

 

DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL- INFORMACIÓN PÚBLICA – (ORDENANZA Nº 1507/18 y modificatorias)

1- Año: ……………

2- Datos personales

NOMBRE Y APELLIDO

CUIL

FECHA DE NACIMIENTO

ESTADO CIVIL

 

 

 

 

3- Grupo familiar

NOMBRE Y APELLIDO

FECHA DE NACIMIENTO

PARENTESCO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4- Datos laborales

Cargo

 

Año de ingreso

 

Otras actividades que generen ingresos

 

5- Ingresos

 

Salario / Dieta

 

Gastos de representación, viático u otros

 

6- Bienes inmuebles                                                                                        No posee

TIPO (Construcción o terreno- urbano o rural)

DESCRIPCIÓN (deberá incluir localidad, destino y fecha de ingreso al patrimonio)

TITULARIDAD (Porcentaje)

VALOR DE ADQUISICIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

7- Vehículos y otros bienes muebles registrables                                        No posee

TIPO

DESCRIPCIÓN (deberá incluir, marca, modelo y fecha de ingreso al patrimonio)

TITULARIDAD (porcentaje)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

8- Cuentas en entidades financieras del país o del exterior

 No posee

TIPO

DESCRIPCIÓN (deberá incluir moneda, banco y país de depósito)

COTITULARIDAD

(si o no)

IMPORTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9- Pasivo                                                                                                           No posee

TIPO

ACREEDOR

IMPORTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha de presentación: …………………………….……

Firma: y Aclaración: ………………………………….…

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar