ORDENANZA Nº 1734/24- Establece Fondo de Fortalecimiento Institucional para el CENTRO COMERCIAL y SOCIAL 2025-2026
ORDENANZA Nº 1734/24
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza Nº 892/24 del Departamento Ejecutivo Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que dicha iniciativa refiere a la necesidad de mantener la vigencia y actualizar los alcances del Fondo de Fortalecimiento Institucional del Centro Comercial y Social de Villa Ocampo, creado por Ordenanza Nº 1627/21.
Que el plazo de aplicación de la mencionada Ordenanza caducó en diciembre de 2023, por lo que el Ejecutivo Municipal emitió las Resoluciones Nº 6217/24, Nº 01-0002/24 y Nº 01-0014/24 otorgando aportes extraordinarios mensuales en carácter de extensión del citado fondo.
Que, asimismo, el DEM convocó a la Comisión Directiva del Centro Comercial y Social a una mesa de análisis ad-hoc, a los fines de acordar los alcances y metodología a tener en cuenta en una nueva Ordenanza que le dé sustentabilidad al mismo.
Que en la mesa de análisis ad-hoc se reafirmaron los objetivos comunes ente el Municipio y el Centro Comercial y Social referidos a la ampliación de la base comercial de la ciudad, la regularización tributaria, el desarrollo de la infraestructura ligada a la oferta comercial, los incentivos para promover el compre local, entre otros; a concretarse mediante acciones recíprocas y coordinadas entre ambas entidades.
Que, previamente, el Ejecutivo Municipal realizó un minucioso relevamiento del sector comercial de la ciudad, el que permitió tener un diagnóstico exacto de la situación para ser plasmada en el acuerdo.
Que, teniendo en cuenta el alcance de la Resolución Nº 01-0014/24 emitida por el DEM, este Cuerpo deliberativo considera pertinente estipular la continuidad del aporte, mediante ordenanza, a partir del Ejercicio Económico 2025 y por el plazo de dos años.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1º): Dispónese la continuidad del Fondo de Fortalecimiento Institucional del Centro Comercial y Social de Villa Ocampo durante el período 01/01/2025 – 31/12/2026.
Artículo 2º): Establécese que dicho fondo se constituirá con la afectación del 3% (tres por ciento) sobre la recaudación del Derecho de Registro e Inspección (DReI) de los asociados al Centro Comercial y Social y el 0,5% (cero cinco por ciento) de todos los contribuyentes restantes, tomando como base del cálculo lo recaudado hasta el último día hábil de cada mes.
Artículo 3º): El fondo previsto será transferido al Centro Comercial y Social de Villa Ocampo como aporte de acuerdo a la recaudación registrada para el concepto afectado en cada periodo. El desembolso del aporte se realizará de forma mensual.
Artículo 4º): La Municipalidad de Villa Ocampo y el Centro Comercial y Social de Villa Ocampo se comprometen a trabajar en forma conjunta en:
- Regularización tributaria de comercios existentes.
- Prestación de servicios de asesoramiento a comerciantes.
- Desarrollo de espacios de formación y actualización de competencias vinculadas al comercio en general y a rubros particulares.
- Planificación de infraestructura vinculada al desarrollo del sector comercial de la ciudad.
- Desarrollo de dos o más eventos anuales con la modalidad de Comercio a Cielo Abierto.
Artículo 5º): La Municipalidad de Villa Ocampo se compromete a:
- Difundir pública y periódicamente los resultados finales del relevamiento de Comercios y Pymes realizado y/o de los que se realicen en adelante.
- Realizar la actualización de inscriptos al DReI.
- Invitar a las empresas y comercios al momento de su inscripción al DReI a asociarse al Centro Comercial y Social.
Artículo 6º): El Centro Comercial y Social de Villa Ocampo se compromete a:
- Declarar su base de asociados actualizada a diciembre 2024.
- Fomentar la incorporación de nuevos asociados.
- Organizar campañas de promoción periódicas que promuevan el consumo local.
- Representar al Centro Comercial y Social en eventos, reuniones o encuentros que se realicen en nuestra ciudad o fuera de ella, marcando presencia y reivindicando la importancia del mismo con el objetivo de fortalecer la institución.
- Facilitar su sede de forma gratuita dos veces al año en eventos que el Municipio lo requiera.
- Presentar el informe de evolución de cartera de asociados, la rendición de los aportes correspondientes y un detalle de las actividades realizadas en cumplimiento de la presente, en los meses de abril, agosto y diciembre, como condición necesaria para continuar con los desembolsos.
Artículo 7º): Autorícese al Ejecutivo Municipal a firmar un convenio con el Centro Comercial y Social de Villa Ocampo de acuerdo a lo estipulado en la presente.
Artículo 8º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES, 18 DE SEPTIEMBRE DE 2024.
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