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DECRETO Nº 1715/26 - Denominación de calles del Loteo COTELVO

DECRETO Nº 1715/26

VISTO:
• La Ordenanza Nº 1670/23 mediante la cual se acepta en donación las parcelas destinadas a calles públicas en el denominado Loteo COTELVO.

CONSIDERANDO:
• Que es necesario identificar correctamente la nomenclatura domiciliaria de las viviendas que se están instalando en el lugar; siendo un requerimiento de sus propietarios.
• Que la demarcación de las calles del mencionado loteo tienen su correlatividad con las arterias de los barrios o sectores adyacentes, según Plano de Mensura Nº 286471 de los Ing. Agr. Pablo Bode y Victoria Bosc.
• Que, por lo tanto, corresponde mantener los mismos nombres ya asignados a esas arterias, generándose una proyección de las mismas, tanto en el sentido Norte-Sur como Este-Oeste.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Identifíquese las calles públicas interiores del denominado Loteo COTELVO con los mismos nombres correlativos de las arterias de los barrios o sectores adyacentes, generándose una proyección de las mismas; a saber:
- Calle “Madre Teresa de Calcuta”, con sentido Norte-Sur, delimitando el lado Oeste de las manzanas A y B, y del Regulador Pluvial del Loteo COTELVO con los terrenos aledaños pertenecientes al barrio Los Amores, propiedad de la Municipalidad de Villa Ocampo (P.I.I. Nº 03-08-00 014184/8001) y otros propietarios.
- Calle “Mario Juan Corgniali”, con sentido Norte-Sur, delimitando el lado Este de las manzanas A y B del Loteo COTELVO con el terreno aledaño propiedad de Mario Antonio Acosta (P.I.I. Nº 03-08-00 014177/0005); y el lado Este del Regulador Pluvial con el lado Oeste de la manzana C en el interior del mismo loteo.
- Calle “Juan Cabral”, con sentido Norte-Sur, delimitando el lado Este de la manzana C y del Regulador Pluvial con el lado Oeste de las manzanas D y E respectivamente, en el interior del mismo loteo.
- Calle “San Lorenzo” con sentido Este-Oeste, delimitando el lado Norte la manzana A del Loteo COTELVO con los terrenos aledaños propiedad de Gregorio González (P.I.I. Nº 03-08-00 014170/0000); Marcelo Stechina (P.I.I. Nº 03-08-00 014171/8006); Cantalicio Lezcano (P.I.I. Nº 03-08-00 014172/0003) y María C. R. de Gómez (P.I.I. Nº 03-08-00 014172/0001).
- Calle “Chacabuco”, con sentido Este-Oeste, delimitando el lado Sur de la manzana A con el lado Norte de la manzana B en el interior del mismo loteo.
- Calle “Maipú”, con sentido Este-Oeste, delimitando el lado Norte de las manzanas D y C del Loteo COTELVO con el terreno aledaño propiedad de Mario Antonio Acosta (P.I.I. Nº 03-08-00 014177/0005); y el lado Norte del Regulador Pluvial con el lado Sur de la manzana B en el interior del mismo loteo.
- Calle “Juan XXIII”, con sentido Este-Oeste, delimitando el lado Norte de la manzana E y del Regulador Pluvial con el lado Sur de las manzanas D y C respectivamente, en el interior del mismo loteo.
• Artículo 2º. Establézcase la correlatividad numérica de cada domicilio del Loteo COTELVO, referenciada en las proyecciones de las arterias de los barrios o sectores adyacentes.
• Artículo 3º. Incorpórese al plano urbano de la ciudad la denominación de las arterias descriptas en el Art. 1º.
• Artículo 4º. Notifíquese a COTELVO Ltda. para su conocimiento y efecto; y a los frentistas comprendidos mediante una cédula que identifique la nomenclatura de cada domicilio.
• Artículo 5º. Comuníquese, regístrese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 9 DÍAS DEL MES DE MARZO DE 2026.

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar