DECRETO Nº 1691/25 - Extensión Contrato de Locación Sitios Argentina S.A.
DECRETO Nº 1691/25
VISTO:
• El vencimiento del Contrato de Locación que este municipio tenía con la empresa AMX Argentina S.A. para la instalación de un soporte de antena, torre auto soportada de 60 metros de altura, sus equipos y elementos complementarios, aprobado por Ordenanza Nº 1323/15; y,
CONSIDERANDO:
• Que hubo un cambio de razón social de la empresa AMX Argentina S.A., hoy SITIOS ARGENTINA S.A.
• Que dicha empresa hizo saber su voluntad de extender por otros diez años el Contrato de Locación; cuyo vencimiento se cumplirá el 31 de julio de 2035.
• Que al extenderse el Contrato de Locación, son de aplicación los mismos términos y condiciones establecidos originalmente, con excepción del canon que se determina por acuerdo de partes.
• Que en el acuerdo referido al canon, el Locatario se obliga a pagar al Locador la suma de $500.000 (Pesos Quinientos Mil) mensuales; es decir la suma de $6.000.000 (Pesos Seis Millones) anuales, más IVA si correspondiere.
• Que, además, se acordó que los primeros 12 (doce) meses de vigencia del Contrato serán abonados dentro de los siguientes 30 (treinta) días de suscripto el mismo.
• Que, a partir del segundo año de vigencia del Contrato, el canon locativo será abonado mensualmente, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 5.1 del mismo.
POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:
D E C R E T A
• Artículo 1º. Apruébese en todos sus términos la extensión por diez (10) años del Contrato de Locación que este municipio tenía con la empresa AMX Argentina S.A., hoy SITIOS ARGENTINA S.A., aprobado por Ordenanza Nº 1323/15; con vencimiento el día 31 de julio de 2035.
• Artículo 2º. Establézcase en la Cláusula 4 del Contrato de Locación un canon de $500.000 (Pesos Quinientos Mil) mensuales; es decir la suma de $6.000.000 (Pesos Seis Millones) anuales, más IVA si correspondiere.
• Artículo 3º. Establézcase en la Cláusula 5.1 que los primeros 12 (doce) meses de vigencia del Contrato serán abonados dentro de los siguientes 30 (treinta) días de suscripto el mismo; y que partir del segundo año de vigencia del Contrato, el canon locativo será abonado mensualmente.
• Artículo 4º. Dispónganse que el monto acordado originalmente y el actualizado anualmente a través del Índice del Costo de la Construcción (ICC) del INDEC, sea depositado por el Locatario en la Cuenta Corriente Nº 556000006303 del Banco Santa Fe; CBU Nº 3300556815560000063037; Alias: PRINCIPAL.MUNI; a nombre de la Municipalidad de Villa Ocampo, CUIT Nº 30-67434561-1.
• Artículo 5º. Formalícese lo aquí resuelto a través del instrumento jurídico pertinente; con la rúbrica, en representación de la Municipalidad de Villa Ocampo, por parte del intendente municipal, Cristian Fabricio Marega, DNI Nº 34.585.617; y del secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Jesús Miguel Merino, DNI Nº 29.351.916.
• Artículo 6º. Regístrese, comuníquese y archívese.
DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 31 DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2025.
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