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DECRETO Nº 1680/25 - Nuevo valor de la UTM

DECRETO Nº 1680/25

VISTO:
• La necesidad de actualizar el valor de la UTM (Unidad Tributaria Municipal) bajo el procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 1749/24; y,

CONSIDERANDO:
• Que la misma faculta al Ejecutivo a calcular y fijar el valor nominal de la UTM en períodos cuatrimestrales, contados a partir del mes de enero.
• Que el valor nominal de la UTM resulta de aplicar la suma algebraica de los siguientes ítems:
a) Variación porcentual de la asignación Categoría 10 de la escala salarial municipal sobre el 58% de la UTM vigente
b) Variación porcentual del valor de adquisición por consumidor minorista de un litro de gasoil común marca YPF sobre el 23% de la UTM vigente.
c) Variación porcentual del valor de adquisición minorista de una bolsa de cemento de 50 Kg. marca Loma Negra sobre el 19% de la UTM vigente; tomando como referencia el promedio de tres proveedores locales.
• Que la UTM vigente establecida por Ordenanza Nº 1749/24 tiene un valor nominal de $76,50 (Pesos Setenta y Seis con 50/100), tomando como referencia los valores de Diciembre 2024 correspondiente a los ítems descriptos precedentemente: a) $562.529,70; b) $1.203; y c) $13.834,02.
• Que los valores de Abril 2025 de los mismos ítems son los siguientes: a) $590.655,55; b) $1.296; y c) $14.383, siendo éste un promedio del valor de venta minorista de tres proveedores locales: Materiales Cerámicos ($15.000); Unión Agrícola de Avellaneda ($12.900) y Elías Yapur ($15.249).
• Que, teniendo como referencia los valores de Abril 2025, en comparación con los de Diciembre 2024; y aplicada la fórmula establecida en el Art. 2º de la Ordenanza Nº 1749/24, el nuevo valor nominal de la UTM correspondiente al segundo cuatrimestre del presente año es de $80,66 (Pesos Ochenta con 66/100).

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

• Artículo 1º. Establézcase como nuevo valor nominal de la Unidad Tributaria Municipal (UTM) para el cuatrimestre Mayo a Agosto 2025 el importe de $80,66 (Pesos Ochenta con 66/100).
• Artículo 2º. Notifíquese al Concejo Municipal para su conocimiento y efecto.
• Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 6 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2025.

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar