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DECRETO Nº 1587/23 - Designación secretario de Obras y Servicios Públicos

DECRETO Nº 1587/23

VISTO:

  • El inicio del período de gestión de gobierno 2023-2027 en el Departamento Ejecutivo Municipal; y,

              

CONSIDERANDO:

  • Que la Ordenanza Nº 1690/23 establece el organigrama que tendrá la estructura municipal a partir del período de gobierno 2023-2027.
  • Que, además, la norma citada determina los lineamientos generales y las funciones a desempeñar por cada Secretaría y las diferentes áreas que conforman la estructura del D.E.M.
  • Que, en tal sentido, es necesario designar un funcionario al frente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Villa Ocampo.
  • Que a esta Secretaría le corresponde asistir al Intendente Municipal en todo lo inherente a la construcción y el mantenimiento de la infraestructura básica a cargo del municipio, sea para su uso propio o en beneficio de la comunidad, y en todo lo atinente a la prestación de servicios públicos municipales.
  • Que, en particular, debe entender en la planificación, diseño, ejecución y mantenimiento de todas las obras públicas necesarias y suficientes para el crecimiento armónico de la ciudad y el bienestar de sus habitantes.
  • Que, además, debe entender en los proyectos de modificaciones del plan regulador, del Código Urbano y del Reglamento de Edificación, estableciendo criterios que orienten un planeamiento estratégico y proyecten el crecimiento de la población y la localización y/o relocalización de asentamientos y/o barrios periurbanos y rurales.
  • Que también debe intervenir en la planificación, el diseño y la ejecución de planes de vivienda a través de la implementación de programas municipales, provinciales, nacionales o de carácter mixto que brinden respuestas a la demanda habitacional y aseguren las condiciones básicas de un hábitat saludable y confortable.
  • Que esta Secretaría de Obras y Servicios Públicos debe entender en el deslinde del dominio público y privado y del catastro parcelario municipal, incluyendo la tasación, mensura y división de inmuebles como asimismo en la inscripción y control de obras públicas y en el registro de Profesionales de la Construcción y Empresas constructoras.
  • Que debe entender en el mantenimiento, belleza, sanidad y seguridad municipal, barrido de calles, zanjeos y abovedamientos, recolección y disposición final de residuos domiciliarios, alumbrado público y servicio eléctrico domiciliario, conservación y arbolado de plazas y paseos y de la vía pública.
  • Que debe diseñar e implementar programas y acciones que permitan el mejoramiento de los espacios públicos, con la incorporación progresiva de juegos infantiles y elementos para espacios de recreación y convivencia.
  • Que corresponde designar como titular de esta Secretaría a una persona que acredite cualidades técnicas y profesionales que aseguren su idoneidad para el desempeño de la función.
  • Que, por sus antecedentes y su formación profesional, el Arquitecto Horacio Adolfo Schervinsky reúne las condiciones para desempeñar el cargo.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

  • Artículo 1º. Desígnase Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Villa Ocampo al Arquitecto Horacio Adolfo Schervinsky, D.N.I. Nº 28.335.947.
  • Artículo 2º. Remítase copia al Concejo Municipal para su conocimiento.
  • Artículo 3º. Entréguese copia a la funcionaria designada para su conocimiento y efectos.
  • Artículo 4º. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 07 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2023.

CRISTIAN MAREGA - JESÚS MERINO

  • Creado el

DECRETO Nº 1586/23 - Designación secretaria de Hacienda y Finanzas

DECRETO Nº 1586/23

VISTO:

  • El inicio del período de gestión de gobierno 2023-2027 en el Departamento Ejecutivo Municipal; y,

              

CONSIDERANDO:

  • Que la Ordenanza Nº 1690/23 establece el organigrama que tendrá la estructura municipal a partir del período de gobierno 2023-2027.
  • Que, además, la norma citada determina los lineamientos generales y las funciones a desempeñar por cada Secretaría y las diferentes áreas que conforman la estructura del D.E.M.
  • Que, en tal sentido, es necesario designar un funcionario al frente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad de Villa Ocampo.
  • Que a esta Secretaría le corresponde asistir al Intendente Municipal en todo lo atinente a la percepción de los recursos fiscales y el control e la ejecución del gasto público.
  • Que, en tal sentido, debe reunir la información pertinente y elaborar el Proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad para su remisión en tiempo y forma al Concejo Municipal.
  • Que, además, debe reunir la información pertinente para elaborar el Proyecto de Ordenanza Impositiva o Tributaria y proyectar las rendiciones de cuentas anuales del ejercicio vencido para su presentación al Concejo Municipal.
  • Que, además, debe proyectar normas y reformas y/o actualizaciones del Código Tributario Municipal y asegurar el cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza de Contabilidad.
  • Que debe proyectar, impulsar e implementar acciones que incentiven el pago de los tributos municipales de parte de los contribuyentes y una gestión de cobro eficiente que asegure su percepción en Tesorería municipal.
  • Que esta Secretaría debe participar en toda operación económico-financiera de la Municipalidad, concursos de precios y licitaciones, y en la elaboración de las políticas tributarias y de gastos e inversiones en general, además de iniciativas de fomento y/o promoción industrial, comercial o sectorial en el municipio.
  • Que corresponde designar como titular de esta Secretaría a una persona que acredite cualidades técnicas y profesionales que aseguren su idoneidad para el desempeño de la función.
  • Que, por sus antecedentes y su formación profesional, la C.P.N. Lorena Analía Masín reúne las condiciones para desempeñar el cargo.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

  • Artículo 1º. Desígnase Secretaria de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad de Villa Ocampo a la C.P.N. Lorena Analía Masín, D.N.I. Nº 31.677.108.
  • Artículo 2º. Remítase copia al Concejo Municipal para su conocimiento.
  • Artículo 3º. Entréguese copia a la funcionaria designada para su conocimiento y efectos.
  • Artículo 4º. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 07 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2023.

CRISTIAN MAREGA - JESÚS MERINO

  • Creado el

DECRETO Nº 1585/23 - Designación secretario de Gobierno y Participación Ciudadana

DECRETO Nº 1585/23

VISTO:
• El inicio del período de gestión de gobierno 2023-2027 en el Departamento Ejecutivo Municipal; y,

CONSIDERANDO:
• Que la Ordenanza Nº 1690/23 establece el organigrama que tendrá la estructura municipal a partir del período de gobierno 2023-2027.
• Que, además, la norma citada determina los lineamientos generales y las funciones a desempeñar por cada Secretaría y las diferentes áreas que conforman la estructura del D.E.M.
• Que, en tal sentido, es necesario designar un funcionario al frente de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Villa Ocampo.
• Que a esta Secretaría le corresponde asistir al Intendente Municipal en todo lo inherente al gobierno interno, el poder de policía, las relaciones con Municipios y Comunas y los Gobiernos Nacional y Provincial y la vinculación del DEM con el Concejo Municipal.
• Que, además, la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana debe entender en todo lo relativo al personal municipal y las relaciones gremiales y en las relaciones con las entidades intermedias, especialmente las de carácter vecinal y comunitario y de la Comisión administradora del F.A.E. de acuerdo con la normativa vigente.
• Que debe impulsar acciones para asegurar un adecuado funcionamiento y atención de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).
• Que le corresponde tener bajo su órbita a la Dirección Municipal de Inspectoría y Tránsito y entender en todo lo relativo a las faltas y su juzgamiento, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Infracciones y Penalidades vigente.
• Que la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana debe planificar y coordinar tareas conjuntas de prevención y control con las fuerzas de seguridad locales (Policía y Guardia Rural), regional o provincial (Agencia Provincial de Seguridad Vial) o federales (Gendarmería Nacional y Prefectura) que aseguren el cumplimiento de la normativa vigente y garanticen la seguridad y la buena convivencia de la comunidad.
• Que el titular de esta Secretaría debe contar con cualidades técnicas y profesionales que aseguren su idoneidad para el desempeño de la función.
• Que, por sus antecedentes y su formación, el Profesor Jesús Miguel Merino reúne las condiciones para desempeñar el cargo.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:
D E C R E T A
• Artículo 1º. Desígnase Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana de la Municipalidad de Villa Ocampo al Profesor Jesús Miguel Merino, D.N.I. Nº 29.351.916.
• Artículo 2º. Remítase copia al Concejo Municipal para su conocimiento.
• Artículo 3º. Entréguese copia al funcionario designado para su conocimiento y efectos.
• Artículo 4º. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 07 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2023.

CRISTIAN MAREGA

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar