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DECRETO Nº 1589/23 - Designación secretario de Desarrollo Humano

DECRETO Nº 1589/23

VISTO:

  • El inicio del período de gestión de gobierno 2023-2027 en el Departamento Ejecutivo Municipal; y,

              

CONSIDERANDO:

  • Que la Ordenanza Nº 1690/23 establece el organigrama que tendrá la estructura municipal a partir del período de gobierno 2023-2027.
  • Que, además, la norma citada determina los lineamientos generales y las funciones a desempeñar por cada Secretaría y las diferentes áreas que conforman la estructura del D.E.M.
  • Que, en tal sentido, es necesario designar un funcionario al frente de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Villa Ocampo.
  • Que a esta Secretaría le corresponde asistir al Intendente Municipal en todo lo inherente a la generación de espacios de encuentro que permitan articular acciones conformando redes de instituciones territoriales que posibiliten elaborar un proyecto comunitario que respete y valore las diversidades identitaria, sociales, culturales, de género y de discapacidades, entre otras.
  • Que le compete elaborar diferentes dispositivos de apoyo y acompañamiento que promuevan la creación de redes para abordar el consumo problemático de jóvenes y gestionar la aplicación y el desarrollo de programas de organismos provinciales y/o nacionales y Organizaciones no Gubernamentales (ONGs) relacionados con la prevención de adicciones y consumos problemáticos y de atención a la problemática de la salud mental.
  • Que debe diseñar estrategias y desarrollar acciones de intervención comunitaria vinculadas a la prevención de adicciones y consumos problemáticos con la participación de organizaciones y comisiones barriales en cuanto a la promoción de conductas saludables.
  • Que debe desarrollar y fomentar planes, programas y acciones referidos a las actividades relacionadas con la juventud, adultos mayores y discapacidad que favorezcan su inclusión e integración en la vida comunitaria.
  • Que debe garantizar la implementación efectiva del Programa Municipal de Equilibrio Poblacional de perros y gatos, establecido en la Ordenanza Nº 1571/20.
  • Que desde el área de Deportes debe programar y llevar a cabo eventos de recreación y deportes en barrios periurbanos y rurales incentivando a la comunidad en general a la práctica del deporte como hábito de una vida saludable.
  • Que debe acompañar a las instituciones y clubes deportivos en la gestión de aportes económicos y subvenciones en el marco de programas específicos de organismos provinciales y/o nacionales y de organizaciones no gubernamentales, asociaciones o asociaciones civiles.
  • Que se deben desarrollar e implementar programas deportivos y de recreación para adultos, personas con capacidades diferentes y personas de la tercera edad y articular e integrar los diferentes programas vigentes.
  • Que corresponde designar como titular de esta Secretaría a una persona que acredite cualidades técnicas y profesionales que aseguren su idoneidad para el desempeño de la función.
  • Que, por sus antecedentes y su formación profesional, el Profesor Ramón Alberto Domingorena reúne las condiciones para desempeñar el cargo.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A

  • Artículo 1º. Desígnase Secretario de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Villa Ocampo al Profesor Ramón Alberto Domingorena, D.N.I. Nº 32.583.325.
  • Artículo 2º. Remítase copia al Concejo Municipal para su conocimiento.
  • Artículo 3º. Entréguese copia a la funcionaria designada para su conocimiento y efectos.
  • Artículo 4º. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 07 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2023.

CRISTIAN MAREGA - JESÚS MERINO

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gov.ar